El Gobierno de Canarias ha aprobado este jueves la propuesta de autorización administrativa previa al proyecto de construcción de un hotel de cuatro estrellas, con 146 unidades de alojamiento y 292 camas, en el municipio tinerfeño de San Miguel de Abona.

Se trata de un trámite preceptivo a instancia de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio y que, con carácter previo a la autorización por parte del Cabildo de Tenerife, debe valorar si el proyecto hotelero cumple con los estándares de calidad edificatoria y de suficiencia energética, así como garantizar el mínimo impacto medioambiental, conforme a los supuestos y condiciones establecidas en la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias.

Según la documentación presentada, la parcela sobre la que se proyecta el establecimiento se sitúa en la avenida Jose M. Galván Bello y tiene una superficie de 17.635 metros cuadrados.

Sobre ella se pretende desarrollar un hotel de 4 estrellas completado por zonas de uso general como recepción, área de restauración, gimnasio, piscinas colectivas, espacio para juego exterior infantil e instalaciones y servicios necesarios para la actividad del hotel, según la nota del Gobierno.

Conforme al proyecto, en el extremo este de la parcela se contempla alojar un spa accesible desde el exterior del complejo, equipado con hall de acceso, zona de piscina, cabinas de masaje, jacuzzi, sauna, baño turco y duchas de hidroterapia.

En cuanto a la eficiencia energética, según la documentación presentada, el edificio combina un elevado confort interior con un bajo consumo de energía mediante un excelente grado de aislamiento. Con en el fin de reducir el consumo energético, se ha procurado maximizar la iluminación y ventilación natural. Asimismo, el proyecto contará con un doble control frente a la radiación solar.

La Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias prevé que solo serán otorgadas autorizaciones previas para plazas de alojamiento turístico en Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife, como requisito necesario para las consiguientes licencias urbanísticas, cuando tengan por objeto la nueva implantación de establecimientos alojativos hoteleros y extrahoteleros y cuando el planeamiento territorial no los prohíba expresamente. Deberán cumplir unos estándares de calidad edificatoria y del servicio ofrecido.

Estos estándares deben garantizar el mínimo impacto medioambiental en términos de, al menos, ahorro de agua, contaminación acústica y lumínica, y gestión de residuos, así como reunir las condiciones de densidad, equipamiento, infraestructuras y servicios establecidas reglamentariamente para configurar un modelo de excelencia y ecoeficiencia, aparte de para obtener certificaciones de calidad y gestión medioambiental turística y de máxima eficiencia energética.