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Los canarios pagarán 164 millones más en la Declaración de la Renta por la alta inflación

La tributación de muchos asalariados aumentará, pese a perder poder adquisitivo, al no adaptar el Gobierno el impuesto a la subida de precios

Interior de una oficina de la Agencia Tributaria.

Se disparan los precios y, de forma encubierta, también suben los tributos. La inflación provoca que los canarios paguen 164 millones de euros más en la campaña del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) del ejercicio de 2021 que arrancó este miércoles. Sucede así porque de media sus salarios han crecido, si bien se han devaluado por una subida aún mayor de los precios. El contribuyente pierde poder adquisitivo pero, como la presión fiscal sigue siendo la misma al no adaptar el Gobierno los tipos impositivos, acabará abonando más impuestos más altos.

Este fenómeno de “sobrecoste” en el IRPF se conoce como progresión fría o rémora fiscal. José Félix Sanz, catedrático de Economía Aplicada de la Universidad Complutense de Madrid, elaboró recientemente un trabajo para la Fundación Disenso en el que cuantifica en 4.110 millones de euros el aumento de la factura impositiva que provocará el 6,5% de inflación estatal -5,8% en las Islas- en el IRPF del pasado ejercicio. Sanz también presentó desagregados los cálculos por comunidades autónomas y cifra en 164,06 millones de euros esa rémora fiscal asociada a la inflación de 2021 en el Archipiélago.

La actual estructura del IRPF data de 2007 y no ha sido ajustada a la inflación en ningún momento. Por ello, según el catedrático Sanz, a la rémora de 2021 habría que sumarle la acumulada entre 2008 y 2020. El resultado asciende a 14.379 millones de euros en toda España y 558,3 millones en el caso de Canarias. En dicho periodo, cada ciudadano de las Islas abonó en ese periodo 629 euros de más, cantidad que se sitúa ligeramente por debajo de la media del país, que asciende a 698 euros.

Desde 2007 los contribuyentes de toda España han pagado 14.379 millones de euros de más; 558,3 millones, en Canarias.

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De no producirse ajustes en la estructura del IRPF, la rémora será mucho mayor en la campaña del impuesto sobre la renta de 2022, ya que la inflación, lejos de reducir su ritmo de crecimiento, se situó en marzo en el 9,8% (índice adelantado para todo el país), la tasa más alta desde la crisis del petróleo de 1985. Al inicio de esta misma semana, el Banco de España calculó que este indicador cerrará el año en el 7,5%.

El Gobierno no tiene intención de ajustar el IRPF a la inflación a pesar de que muchos contribuyentes ascenderán de tramo –y con ello aumentará el tipo impositivo–, aunque su salario real –descontada la inflación– sea el mismo o incluso inferior. Al no modificar la estructura del impuesto y no indexarlo a la inflación, el Ministerio de Hacienda ya está aplicando una medida tributaria que tiene como resultado una subida “en frío” del impuesto. Un alza encubierto.

Además, el Libro Blanco sobre la Reforma Tributaria que presentó el pasado mes el grupo de expertos designado por el Ministerio de Hacienda tampoco incluye medidas en este sentido, lo que provocó que algunos miembros abandonaran el colectivo antes de hacer públicas sus conclusiones.

Este miércoles arrancó el plazo de presentación de las declaraciones por internet. La campaña volverá a estar marcada por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) como sucedió el año pasado y por las ayudas públicas vinculadas al Covid, los planes de pensiones o las criptomonedas. Los cálculos estiman que el número de contribuyentes que tendrá que declarar al fisco en Canarias aumentará entre un 4% y un 6% con respecto a 2021, lo que supone casi un millón de declarantes, ya que el año pasado fueron cerca de 960.000.

El Gobierno central no tiene intención de ajustar el IRPF a la evolución de la inflación

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En términos generales, no están obligados a realizar la declaración quienes acumularon rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, el límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales. Ambos límites siguen siendo válidos si el contribuyente cuenta con dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros. También en el caso de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.s patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.

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