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Nuevas condiciones de trabajo

Los nuevos contratos de la reforma laboral entran en vigor el jueves

Aumentan las sanciones por fraude y las empresas no podrán firmar más contratos por obra y servicio, la modalidad mayoritaria hasta ahora

Un camarero en una restaurante de Barcelona.

La última fase de la nueva reforma laboral entra en vigor este 31 de marzo. Diseñada para atajar la elevada temporalidad en el mercado de trabajo español –la más elevada de la UE-, este jueves comienzan a operar los nuevos formatos de contratación. También se endurecen las sanciones de Inspección de Trabajo en caso de fraude y todo ello coincide con el fin de los ertes covid, que empujan a las compañías a los nuevos modelos consensuados entre el Gobierno, la patronal y los sindicatos.

"Nos hemos inflado a mandar circulares. Hay mucha incertidumbre entre las empresas", explica la portavoz del Col·legi de Gestors Administratius de Catalunya Aurora Rodés. "Estamos recibiendo muchas consultas, muchas compañías no tienen claro cómo adaptar los contratos y el incremento de las sanciones preocupa mucho", coincide el director de relaciones laborales de Foment del Treball, Javier Ibars. Toda transición incorpora elementos de incertidumbre y la primera reforma laboral que reestructura la contratación temporal desde el 1984 no iba a ser menos. 

La principal novedad es que el contrato de obra y servicio, que hasta ahora representaba el 40% de la contratación temporal en España, desaparece y las empresas deberán derivar todo ese flujo de contratación hacia otros formatos. “Ante la duda, fijo discontinuo”, es la instrucción que desde el colegio de los gestores a sus asociados. Este modelo consiste en un contrato indefinido, pero con el que el empleado solo trabaja cuando la empresa lo llama ante un pico de faena.

Hasta ahora era un clásico en los hoteles, que funcionaban durante el año con una plantilla mínima y luego en campañas ampliaba plantilla llamando a filas a los fijos discontinuos. “Es una norma que refuerza mucho la causalidad. El fijo discontinuo ganará peso, pero no todo ha de ir ahí”, apunta el director del Adecco Group Institute, Javier Blasco. En este sentido, otra novedad es que las empresas de trabajo temporal (ETT) podrán hacer fijos discontinuo para la puesta a disposición, cosa que antes no podían hacer.

El catálogo de contratos temporales queda definido de la siguiente manera: se mantiene el contrato para cubrir bajas y se incorporan dos tipos de contratos temporales. Uno por causas imprevistas, que permiten firmar a alguien por un tiempo no superior de seis meses, y otro por causas imprevistas, que no puede alargarse de seguido 90 días consecutivos. Esta última está especialmente pensada para que sectores concretos se refuercen en determinados periodos del año, como el comercio ante las campañas de invierno o verano. Y en el caso de la construcción se habilita un contrato nuevo, similar al de obra y servicio pero con la consideración de indefinido y con una indemnización reforzada, así como un derecho a recolocación. 

Aumentan las sanciones por fraude

"Las empresas ya se están adaptando y el aumento de las sanciones explica el aumento de la contratación indefinida que estamos viendo desde enero", apunta la secretaria de acción sindical de CCOO de Cataluña, Cristina Torre. A partir de esta semana si un inspector de Trabajo se persona en una empresa y detecta 50 contratos en fraude puede imponer una sanción por cada uno de esos contratos en fraude. Antes solo podía poner una única multa lo que multiplica sustancialmente el importe. "Una cierta inseguridad jurídica va a persistir hasta que no veamos cómo interpreta la norma la Inspección y los tribunales", afirman desde Foment, la patronal catalana.

Aunque desde los sindicatos explican que ya han detectado las primeras picarescas por parte de algunas empresas e incluso desde la Administración, donde el uso del contrato de obra y servicio era una práctica masiva y habitual entre determinados perfiles, como investigadores, profesores universitarios o técnicos municipales para programas de empleo, entre muchos otros. "Nos han llegado contratos indefinidos, pero que incorporaban una cláusula que justificaba poder despedir al trabajador una vez se acabara una subvención o programa. Algo absolutamente ilegal", explica la responsable de CCOO. “Hay empresas, no todas, que están malacostumbradas a determinadas modalidades”, reconoce Rodés, en referencia al contrato de obra y servicio, que apenas requería justificación. 

Nuevos ertes

Si bien las nuevas modalidades de erte llevan formalmente en vigor desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la reforma, de facto empezarán a aplicar desde esta semana. El 31 de marzo vence la última y definitiva prórroga de los ertes covid, en los que siguen unos 102.384 trabajadores suspendidos, según los últimos datos de la Seguridad Social. Cuando estos acaben, las compañías que sigan precisando de expedientes para ajustar sus plantillas podrán acceder a las modalidades de la reforma laboral. 

Por un lado los ertes por causas organizativas o productivas, que tienen una exoneración del 20% sobre las cotizaciones de los empleados. Por otro, los de causas de fuerza mayor, para los que se incorporan los supuestos de limitación total o parcial de la actividad por cuestiones de salud pública. Y a los que se añaden los ertes del Mecanismo RED, tanto cíclicos como sectoriales, para los que el Gobierno ya ha habilitado un fondo y que en el Consejo de Ministros del 29 de marzo puede aprobar ayudas extraordinarias para empresas especialmente afectadas por la crisis energética.

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