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Luz verde a la fijeza de los interinos con más de cinco años de antigüedad

El Senado aprueba la ley que pretende reducir la temporalidad en el sector

público hasta el 8% | La norma afecta a más de 40.000 empleados en Canarias

Protesta reciente del personal interino de la Administración autonómica. Juan Carlos Castro

En el límite del año y a toda prisa el Senado dio ayer carpetazo a la ley estatal que tiene como objetivo reducir la temporalidad en el empleo público hasta el 8% con varios preceptos que generan polémica y dudas legales. En los próximo días el texto se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que entre en vigor desde el 1 de enero, ya que las administraciones públicas tienen hasta el 1 de junio de 2022 para que convoquen las ofertas de las plazas de trabajadores temporales que están ocupadas en la actualidad. En Canarias esta medida afecta a más de 25.000 empleados de la Comunidad Autónoma, pero también a los cabildos, ayuntamientos y Administración del Estado, por lo que esta cifra superaría los 40.000 trabajadores en las Islas.

La medida que contempla la ley que ha generado más debate y dudas es el proceso excepcional que se abre para todos aquellos interinos que lleven más de cinco años consecutivos ocupando la misma plaza –desde antes del 1 de enero de 2016– y que accederán a la fijeza en la Administración por concurso de méritos, por lo que quedarán exentos de oposición. Esto quiere decir que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización. El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

Los temporales podrán estabilizar su puesto de trabajo solo por concurso y sin oposición

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Por otro lado, la reforma, aprobada como decreto ley en julio pasado tras el acuerdo alcanzado con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, contempla un último proceso de estabilización de todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Este proceso podría afectar a más de 300.000 plazas en todo el país, que deberán ser fijas antes del 31 de diciembre de 2024, para lo cual todos los procesos deberán estar aprobados y publicados antes del 1 de junio de 2022 y convocados antes del 31 de diciembre de 2022.

En este proceso de concurso-oposición la fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración. Los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios. Asimismo, las diferentes administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito. El proceso se negociará en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, comunidades autónomas y corporaciones locales, según recoge la ley.

Una de las novedades introducidas en la ley a su paso por el Congreso ha sido que en estos procesos extraordinarios de consolidación se beneficiarán tanto los funcionarios interinos como el personal laboral, siempre y cuando cumplan con los requisitos estipulados por la norma. Asimismo, afectará a todos los niveles de la Administración incluidas empresas públicas, fundaciones y consorcios. También sanidad y educación, ámbitos que engrosan la mayor parte de los interinos y temporales de la Administración autonómica, adaptarán sus normas y estatutos a esta ley para abrir procesos de consolidación y estabilización y disponen de un plazo de un año para realizar los cambios pertinentes.

Las prisas para aprobar la norma vienen por la exigencia de la Unión Europea para reducir la excesiva temporalidad del empleo público, que a nivel nacional ronda el 30% pero que en comunidades como Canarias supera el 40%. El Gobierno central se ha comprometido a reducir la temporalidad al 8% antes del 31 de diciembre de 2024 para seguir recibiendo los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

El personal que lleve hasta tres años sí tendrá examen, pero la prueba no será eliminatoria

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La ley ha sido pactada por el PSOE con sus socios de Podemos, ERC y el PNV y en el Senado se ha mantenido sin cambios ya que todas las enmiendas fueron pactadas en el Congreso. A partir de su entrada en vigor serán las comunidades autónomas las que tendrán que desarrollar todo el proceso previo para la convocatoria de las plazas previa negociación con las centrales sindicales, algo que en Canarias se torna más complicado por la división sindical existente después de un año de conflicto laboral protagonizado por los interinos de la Administración General de la Comunidad Autónoma.

Desde mediados de año la Dirección General de Función Pública y el comité de huelga negocian en mesas de trabajo sin que hasta el momento hayan llegado a algún acuerdo concreto para desconvocar el conflicto.

Medidas para frenar la elevada interinidad

El reto de la nueva ley no es solo reducir la temporalidad en el sector público hasta el 8%, sino que no se vuelva a repetir esta situación que ha sido como una espada de Damocles en todas las administraciones públicas desde que se inició la crisis económica de 2008. Para que no se vuelva a acumular una tasa elevada del temporalidad en las administraciones la ley establece que las vacantes solo se cubrirán con personal interino cuando no sea posible hacerlo con funcionarios de carrera y por un plazo máximos de tres años. También se podrá recurrir a empleados temporales por sustitución transitoria de los titulares por el tiempo estrictamente necesario, por acumulación de tareas por un plazo máximo de nueve meses y para ejecución de programas de carácter temporal sin superar los tres años, ampliables por 12 meses más. Asimismo, las administraciones están obligadas a convocar ofertas públicas de empleo (OPE) como máximo cada tres años para evitar que se incrementen los interinos, como ya sucedió en el pasado, y éstos seguirán ocupando la plaza hasta que el titular que apruebe el concurso oposición acceda a ella. La norma contempla sanciones para aquellas administraciones que no cumplan estos preceptos.

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