La ley rider ultima su tramitación tras el visto bueno que recibió esta semana en el Congreso de los Diputados para que pueda entrar en vigor el próximo 12 de agosto. La normativa, que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio que trabajan para plataformas digitales, afectará a unos mil riders en Canarias, mitad de ellos en la provincia de Las Palmas y el resto en la de Santa Cruz de Tenerife, que trabajan principalmente para empresas como Glovo y UberEats.

La ley pretende acabar con la figura del falso autónomo que experimentaban estos profesionales tal y como han avalado diferentes sentencias. Una de ellas es del Tribunal Supremo que dictaminó en septiembre de 2020 que las plataformas de reparto no eran simples intermediarios en la contratación del servicio entre los locales de restauración y los repartidores, sino una empresa que presta servicios de reparto y que mantiene una relación laboral con los riders.

En Canarias este tipo de plataformas tienen cada vez más presencia y la irrupción de la pandemia y las restricciones de movilidad que se han producido durante la emergencia sanitaria no han hecho sino incrementar su actividad. Los repartidores se han vuelto algo ya habitual en las capitales y áreas metropolitanas y se prevé que su expansión se haga mayor en las zonas turísticas cuando se consolide la recuperación. Los ciudadanos recurren cada vez más a este tipo de servicios y los riders reparten ya en bici, moto o incluso patinete eléctrico.

Los sindicatos advierten de que la situación de estos trabajadores en Canarias es muy similar a la que experimenta el colectivo en el resto del país. Son, en su mayor parte, autónomos que trabajan para plataformas digitales de reparto a domicilio. «Son falsos autónomos, ganan un dinero ínfimo por cada reparto y se juegan la vida en cada servicio», indica Borja Suárez, secretario general de la Federación de Servicios de CCOO Canarias.

«Las plataformas nacen en un momento en el que legislativamente no estábamos preparados para esta nueva vía de negocio, nos pilló con el pie cambiado», explica Héctor Fajardo, secretario de Organización, Comunicación y Relaciones Institucionales de UGT Canarias. Pero asegura que tras unos años desarrollando su actividad «se va viendo que son empresas normales y su situación es igual que la de cualquier otra» y deben cumplir con la legislación.

Con la aprobación de esta ley se reconoce la relación laboral entre estas empresas y los repartidores, ya que hasta ahora el colectivo trabajaba como autónomo, una figura que restaba derechos a estos trabajadores. «Al no haber una relación laboral normal las plataformas no tenían que garantizar, por ejemplo, la prevención de riesgos ni prestar los equipos de protección necesarios», señala Fajardo. Pero además, al considerar a los riders trabajadores por cuenta ajena tendrán los mismos derechos que cualquier asalariado: vacaciones pagadas y permisos retribuidos, lactancias, reducciones de jornada y salario mínimo.

Conocer el algoritmo

La ley rider permitirá también conocer mejor el algoritmo con el que trabajan estas plataformas y que se encarga de distribuir el trabajo entre los repartidores. El texto incide en que sus representantes legales tendrán derecho a disponer de información sobre las reglas que encierran estos sistemas, con el objetivo de evitar sesgos y penalizaciones en el reparto de los servicios.

Hasta ahora, la información acerca del funcionamiento de estos algoritmos era escasa, a pesar de que incide mucho en las condiciones de los riders. «Pagan su autónomo, pero la aplicación juega con ellos, si rechazaban un pedido tenían menos posibilidades de que le llegara uno nuevo y podían escalar posiciones si eran más rápidos», expone Borja Suárez de CCOO, quien ve positivo que a partir de ahora «podamos conocer las reglas y se eliminen las discriminaciones».

Sin embargo, esta ley no ha gustado por igual a todo el colectivo de riders. Varias plataformas de trabajadores protestan contra la normativa y argumentan su interés en seguir siendo autónomos por la flexibilidad que les otorga esta figura, algo que aseguran les permite incrementar sus ingresos. Unos 2.000 de ellos, medio centenar en Tenerife, salieron el pasado mes de marzo a la calle para reivindicar que quieren seguir siendo trabajadores por cuenta propia.

Aún así, Héctor Fajardo de UGT, advierte de que la entrada en vigor de esta ley no impide continuar siendo autónomos a los que prefieren este modelo, eso si, deben darse una serie de condicionantes. «La ley no lo prohíbe, pero si solo tienes un vínculo con una plataforma, te ponen el trabajo y estas sujeto a unas normas, tienes que estar contratado porque hay una relación laboral», explica, pero aquellos que prefieran seguir trabajando para varias plataformas y dispongan de su tiempo pueden seguir haciéndolo.

Tal y como han publicado numerosos medios, las plataformas digitales de reparto a domicilio ya han comenzado a buscar fórmulas para cumplir con la normativa, pero esquivando integrar a los trabajadores en plantilla.

El sindicato UGT y asociaciones que integran a profesionales de este sector prevén que estas compañías recurran a la subcontratación del servicio de reparto con empresas de mensajería, tiren de empresas de trabajo temporal o de cooperativas de riders autónomos.

Tramitación de la ley

La conocida como ley rider ha sido uno de los principales caballos de batalla de la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Tras la sentencia del Tribunal Supremo en otoño del año pasado, Díaz sentó a sindicatos y patronal para negociar el futuro texto de esta norma. En marzo alcanzaron un acuerdo para modificar el Estatuto de los Trabajadores a través de un decreto ley y fijar de esta manera la presunción de laboralidad en el sector de las plataformas digitales de reparto.

El decreto fue aprobado por el Consejo de Ministros en mayo, momento en el que se otorgó tres meses a las plataformas para regularizar la situación de los trabajadores. El Congreso de los Diputados convalidó el texto en junio, pero en este trámite se habilitó que los grupos parlamentarios pudieran presentar enmiendas al texto originario.

Sin embargo, la Cámara Baja rechazó esta semana todas las propuestas de modificación presentadas por los grupos parlamentarios. Entre ellas se encontraban las del Partido Popular (PP) y el Partido Demócrata Europeo Catalán (PDECat) que querían amnistiar a las plataformas digitales de reparto, para que no tuvieran que abonar las cuantías atrasadas en conceptos de cuotas a la Seguridad Social que deberían haber pagado por sus repartidores, que trabajan desde hace años como autónomos sin serlo. Una deuda que podría sumar unos 30 millones de euros.

De esta manera, la redacción final del texto quedará igual que el aprobado por el Gobierno y proseguirá ahora su tramitación en el Senado para entrar en vigor el próximo 12 de agosto.