Las comunidades de propietarios podrán celebrar sus juntas de forma telemática, –por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple– a partir del 9 de mayo, siempre que todos los asistentes dispongan de los medios necesarios para hacerlo. La decisión del Gobierno, adoptada en el último Consejo de Ministros, fue aplaudida por el colectivo de administradores de fincas, que recuerda que la pandemia ha impedido las juntas presenciales cuando en un año normal se habrían celebrado aproximadamente un millón de reuniones en todo el país. El real decreto-ley prevé también la suspensión, hasta el próximo 31 de diciembre, de la obligación de convocar y celebrar juntas en las comunidades sujetas a la ley de Propiedad Horizontal. | E.D.