Ryanair no tendrá que volver a abrir las bases aéreas que cerró a principios de 2020 en Canarias. La Audiencia Nacional ha avalado que la compañía, amparada por el derecho a la libre empresa recogido en el artículo 38 de la Constitución española, no tiene por qué retomar la operativa que hasta ese momento llevaba a cabo en los aeropuertos de Tenerife Sur, Gran Canaria y Lanzarote y cuyo cierre supuso el despido de más de 200 trabajadores de la aerolínea irlandesa. 

Así lo determina un auto de la sala de lo social de la Audiencia Nacional, en el que se admite que la reapertura depende de una decisión “que ha de adoptar Ryanair en el libre ejercicio de libertad de empresa y de establecimiento”. En este sentido, también dictamina que existe la “imposibilidad legal de readmitir a los trabajadores”, ante el cierre de los centros de trabajo, ya que no se puede obligar a la compañía a operar en un lugar donde no quiere trabajar.

Sin embargo, el auto, –a través del que se resuelve una demanda de los sindicatos USO, Sitcpla y Sepla relativa a la ejecución de la sentencia–, sí reconoce como improcedentes los despidos y Ryanair tendrá que indemnizar a 174 trabajadores afectados por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que la compañía aplicó unilateralmente en enero de 2020.

El auto de la Audiencia Nacional cierra así un conflicto laboral que se inició en el verano de 2019, cuando la aerolínea anunció su intención de cerrar las bases de los tres aeropuertos canarios, además de la de Girona, aunque esta última continúa operando después de que llegara a un acuerdo con las autoridades de la región.

La empresa alegó que los motivos eran la ineficiencia de estas sedes, el retraso de los Boeing 737-MAX, el elevado coste de operaciones, y la incertidumbre ante el Brexit y su impacto en el territorio insular. Unos argumentos que fueron desmentidos por los sindicatos.

Se inició entonces una escalada de preocupación en las administraciones canarias ante la pérdida de conectividad aérea que iba a suponer para el Archipiélago la marcha de la compañía irlandesa.

El 8 de enero de 2020, Ryanair cierra sus bases de Gran Canaria, Lanzarote y Tenerife Sur. Con su marcha lo hacen también los nueve aviones que tenía apostados en Canarias, que dejan de operar 36 vuelos al día en unas 40 rutas, como las que unían las Islas con destinos como Vitoria, Milán, Cracovia y Oslo. Este cierre supuso para el Archipiélago una pérdida de 7.000 plazas aéreas al día y más de 204.000 al mes.

Además, la compañía en ese momento no había entregado a los empleados ninguna carta de despido, un trámite que debió hacer con al menos 15 días de antelación, y los mantuvo dados de alta en la Seguridad Social, por lo que no pudieron solicitar su incorporación como nuevos demandantes de empleo.

Los sindicatos USO, Sictpla y Sepla denunciaron el ERE en los tribunales y en abril del año pasado la Audiencia Nacional la estimó íntegramente y declaró nulo el despido colectivo. En esta sentencia obligaba además a la aerolínea a readmitir en las mismas condiciones que desempeñaban y de forma inmediata a los trabajadores que había sido despedidos, además de abonarles los salarios que habían dejado de percibir. Una sentencia, que en junio de 2020, la Audiencia Nacional declara firme.

Sin embargo, a finales del año pasado la aerolínea continúa negándose a readmitir a los trabajadores despedidos y tampoco les ha abonado los salarios. Una situación que obliga a los sindicatos a volver a demandar para reclamar la ejecución de la sentencia.

Es precisamente el auto referido a esta última denuncia, que les fue notificado recientemente a las partes, en el que se reconocen los despidos como improcedentes, pero que avala el cierre de las bases de Ryanair en los aeropuertos canarios.

Aunque la Audiencia Nacional reconoce el derecho de la aerolínea a no reabrir estos centros de trabajo por la libertad de empresa, sí admite que hubo “mala fe” en la actuación de la empresa. Además de que se negó a ejecutar la sentencia firme en numerosas ocasiones y a recurrirla, con la llegada de la pandemia trató de incluir a los trabajadores afectados en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de fuerza mayor, con la intención de que fuese el Estado el que se hiciera cargo de pagar sus salarios. Una estrategia que fue denegada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por la propia Audiencia Nacional.

De esta manera, el auto condena a Ryanair a pagar 45 días de salario por año trabajado para el periodo de vida laboral hasta 2012 y 33 días de indemnización por año desde ese momento hasta la actualidad, además de 15 días extra por año trabajado, la máxima cantidad contemplada en la ley, que tienen el objetivo d