La Agencia Tributaria estatal pierde algo más de la mitad de las reclamaciones que presentan los contribuyentes en contra de sus resoluciones por incumplimientos o irregularidades en el pago de impuestos, fundamentalmente IRPF e Impuesto de Sociedades. Esto significa que uno de cada dos actos dictados por Hacienda que se cuestionan en la vía administrativa por parte de ciudadanos y empresas se estiman, según reflejan los datos de los tribunales económico-administrativos, que son los órganos ante los cuales se recurren las inspecciones y resoluciones de la Agencia Tributaria. En Canarias la situación es similar ya que las últimas cifras conocidas reflejan también que más del 50% de los recursos que se presentan terminan siendo favorables a los contribuyentes, aunque con retrasos de entre dos y tres años.

La última memoria de los tribunales económico-administrativos, correspondiente al año 2019, recoge que el 45,3% de las reclamaciones a las resoluciones de Hacienda fueron estimadas, mientras que el 44,3% se desestimaron. En el último año analizado se presentaron a nivel nacional 180.916 recursos y se resolvieron 212.078 ya que se contabilizan la acumulación de reclamaciones de ejercicios anteriores. En teoría el plazo para resolver una reclamación es de un año, pero se está tardando hasta tres años debido al colapso que existe por la falta de personal y de medios. Se aceptaron 96.209 reclamaciones y se rechazaron 93.951, mientras que otras 21.919 tuvieron otro tipo de respuesta o se derivaron a otros órganos.

En el caso de Canarias, el Tribunal Económico-Administrativo regional refleja que en 2019 se presentaron 5.375 reclamaciones, mientras que se resolvieron un total de 11.834. El órgano falló a favor de los contribuyentes 3.759 solicitudes, mientras que denegaron 3.215. Otras 4.860 tuvieron otro tipo de procedimientos porque se acumularon 4.393 en concepto de tasas y tributos parafiscales. En cifras relativas el 53,9% de las reclamaciones fueron aceptadas en el Archipiélago.

Los dos impuestos son más reclamaciones y estimaciones son los principales tributos competencia del Estado, es decir, IRPF e Impuesto de Sociedades. En el caso del Impuesto sobre la Renta en Canarias se presentaron 2.101 recursos y se resolvieron 3.272, mientras que se estimaron 1.974 y se rechazaron 1.030. En Sociedades, se reclamaron 477 resoluciones de la Agencia Tributaria y se resolvieron durante 2019 1.002. En total se estimaron total o parcialmente 514 y se desestimaron 452.

Los datos de esta última memoria marcan una tendencia que se viene repitiendo en los últimos años y es que casi el 50 % de las reclamaciones que interponen los contribuyentes contra actos tributarios son estimados por los tribunales económico-administrativos. Los contribuyentes que deciden discutir ante este órgano actuaciones de comprobación e investigación de Hacienda comprueban como el margen de error de la Administración es elevado, lo que deteriora la percepción social de un organismo como es la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Seguridad jurídica

El abogado especialista en Derecho Tributario Pablo Tejedor, de Hublo Legal, cree que la elevada desestimación de los actos de inspección de la Agencia Tributaria supone “una falta de seguridad jurídica” hacia los contribuyentes, sean personas físicas o empresas. En su opinión, el objetivo recaudatorio que persigue Hacienda en sus resoluciones provoca en ocasiones “que se pierda calidad en las actuaciones que se dictan”.

Tejedor considera que las causas de esa litigiosidad se pueden resumir en tres aspectos: la complejidad de la normativa fiscal; los objetivos recaudatorios de la propia AEAT, admitidos en sus propios planes estratégicos, y la falta de medios materiales en la propia Agencia Tributaria que comprometen, en ocasiones, la calidad técnica de sus actos. Para Tejedor los efectos de las elevadas estimaciones a favor a los contribuyentes también son cuantificables, pues para el Estado le supone la retención de un crédito tributario de aproximadamente 15.000 millones de euros hasta la resolución de los recursos administrativos (o, en su caso judiciales), la utilización de medios materiales y humanos en actuaciones que luego son reconocidos como ilegales y la indemnización a los contribuyentes, vía intereses de demora, en aquellos casos que los contribuyentes hubiesen ingresado las deudas recurridas.

“Obviamente a los contribuyentes les produce un daño patrimonial y moral el aventurarse en unos procedimientos que, a pesar de tener que resolverse en el plazo de un año, por la falta de recursos humanos en los propios tribunales económico-administrativos, se dilatan entre tres y cuatro años, lo que produce cierta indefensión en los contribuyentes”, advierte el abogado tributario.

En 2019 se produjo un descenso en el número de reclamaciones presentadas, según recoge el tribunal económico-administrativo central en su memoria publicada por el Ministerio de Hacienda, hasta un total de 180.916, lo que supone un decremento del 9,8% con respecto a las presentadas en 2018. El número medio de reclamaciones presentadas en los Tribunales en los últimos cinco años asciende a 194.492, correspondiendo al año 2019 el de menor número, con 180.916, y el de mayor entrada al año 2015, con 204.698 reclamaciones.

Según los datos oficiales, el número medio de reclamaciones presentadas en los tribunales en los últimos cinco años asciende a 194.492, correspondiendo al año 2019 el de menor número, con 180.916, y el de mayor entrada al año 2015, con 204.698 reclamaciones.

Según explica Pablo Tejedor, una vez agotada la vía administrativa los contribuyentes a los que se les deniegan las reclamaciones por estar en contra de las actas de Hacienda pueden acudir a la vía judicial, más engorrosa si cabe y más costosa. La experiencia de Tejedor le indica que hay un porcentaje destacado de recursos judiciales por inspecciones de Hacienda que también les son favorables a los afectados, entre el 25% y el 30% aproximadamente.