¿Se tomó la decisión de declarar el estado de alarma en el momento adecuado?

Esa es más una pregunta política que procedimental. Lo cierto es que, viendo lo que estaba pasando en Italia, perdimos tiempo. Había que haberlo hecho antes. ¿Era previsible? Probablemente sí. En mi opinión la medida se ha tomado tarde.

¿El hecho de que se anunciara un día antes de adoptarse la declaración pudo disminuir la eficacia de las medidas?

No lo creo. Lo que más modifica nuestra vida del decreto del estado de alarma son los límites a la libertad de circulación. Si eso no lo avisas se puede producir una estampida, una histeria de intentar salir de las ciudades y una situación de descontrol. Se suele avisar con 24 o 48 horas de antelación. Así dejas hacer algunos pequeños desplazamientos, que la gente se aprovisione, etc. Ahí no me parece que haya habido un error de cálculo en el Gobierno. Es cierto que se podía haber aplicado antes, pero es verdad que, con el antecedente que tuvimos en 2010 con la huelga de controladores aéreos [cuando se declaró por primera vez el estado de alarma], se quería impedir por todos los medios que hubiera flecos de dudosa legalidad. Por eso se dio entrada, como es preceptivo pero con especial interés, a la Abogacía del Estado para que preparara un decreto que se ajustara completamente a derecho, y eso ha retrasado un poco el procedimiento. Políticamente se tenía que haber actuado bastante antes, sobre todo porque tenemos un espejo muy cercano, que es Italia. Pero el mayor problema no es ese, sino la poca capacidad que han demostrado el Estado y la burocracia estatal y autonómica en la provisión de materiales necesarios para la sanidad. Es decir, máscaras, respiradores, lo que va a llevar a la muerte a mucha gente, y ahora compuestos y principios activos médicos. Aquí sí está haciendo aguas el Estado. La población en realidad vive dos estados de alarma: el legal y constitucional y el personal y cotidiano: que el 12% de los infectados son sanitarios, que la gente se está muriendo en los pasillos, la muerte de centenares de ancianos junto a otros que siguen vivos en residencias... El colapso es absoluto. También se está poniendo en tela de juicio el correcto funcionamiento de la vertebración entre la administración autonómica y del Estado. Ha habido tiras y aflojas, sobre todo por parte de Madrid y Cataluña, porque parece que algunas medidas han retenido en aduanas los componentes. Las autonomías se buscan la vida como pueden. Todo eso está pasando ahora en el orden político.

¿Las medidas contempladas en el real decreto ley se ajustan a lo que preceptúan la Constitución y la ley?

Sí. Son claramente constitucionales, porque el decreto se ajusta perfectamente a la Ley Orgánica 4/81 [que regula los estados de alarma, excepción y sitio]. La duda es si se tendría que haber incluido la suspensión total del trabajo, excepto de los esenciales para la comunidad. No sé si todo lo que prevé es suficiente, pero es legal y está bien aplicado. Llama mucho la atención que nos restrinjan tanto la libertad de circulación, pero en la Ley así se permite en caso de epidemias. El ajuste a derecho ha sido pleno. En todo esto está habiendo bastante pulcritud. Pero si vamos a la letra pequeña, se han abierto algunas dudas respecto al funcionamiento de la Mesa del Congreso. Cuando hay una situación de emergencia, el poder ejecutivo tiende a expandirse. El poder judicial sigue funcionando y actuando como contrapoder, no se han suspendido garantías procesales o los derechos fundamentales en los tribunales. El foco está ahora en el legislativo. Como la enfermedad ha llegado a un número importante de parlamentarios, las cámaras han decidido suspender actividad durante unos días, y ahora viene catalizada por la Mesa del Congreso. Han saltado chispas porque la presidenta del Congreso, con el apoyo de la mayoría de la Mesa, que es progubernamental, ha decidido que es ella quien debe tramitar los escritos que presente la oposición sin especificar a qué tipo de escritos se refiere. Parece que lo ambiguo del texto permitía entender que la tramitación del voto telemático por la Mesa se podía extender a cualquier iniciativa de la oposición. Pero creo que ha quedado claro con la nueva redacción. Ahí es donde tenemos que estar atentos. Esta es una situación excepcional, que concentra mucho poder en el ejecutivo, como no puede ser de otra manera, pero la separación de poderes, el control del ejecutivo por el legislativo, no puede quedar desprotegida o sin actividad. Las cámaras deben funcionar normalmente en cuanto se pueda. El ejecutivo tiende a expandirse y a gobernar sin control. Ese es un problema que podemos tener.

¿Qué implicaciones legales y jurídicas tiene la prórroga del estado de alarma y la ampliación de los cometidos asignados al Ejército?

El Ejército tiene un papel importante, aunque subsidiario. Está a las órdenes del Gobierno y tiene unos cometidos muy concretos. Es correcto que los tenga, porque hacen falta fuerzas especiales para manejar cadáveres, entrar en residencias, desinfectar zonas extensas... No se ha tomado, hoy por hoy, la medida de suspensión total de aquellos trabajos que no sean indispensables, porque el Gobierno opina que esto llevaría al paro a millones de personas y pondría más en peligro la estructura de producción. Este va a ser un segundo problema: primero el vírico y luego el económico y social, que será brutal en los próximos meses, con millones de autónomos parados, expedientes de regulación temporal de empleo, cierres, suspensiones de pagos.... Una situación social de emergencia. Quizá donde deban desarrollarse las medidas es en el ámbito socieconómico, pero hay que ver cómo se financia eso. La extensión del estado de alarma va a mejorar las medidas de control sobre la circulación de la gente, que sigue circulando bastante. El Gobierno va a poder intervenir en algunos focos de infección graves que están abandonados, como las residencias de ancianos. No va a cambiar gran cosa. Vamos a continuar en esta anormalidad. Aquí el miedo es que las medidas no sean suficientes para garantizar el abastecimiento de los servicios mínimos imprescindibles para la comunidad. Si no funcionaran bien, estaríamos antes otro escenario, que es el estado de excepción. Ojalá no lleguemos a eso.

¿Es factible la declaración del estado de excepción si las cosas continúan empeorando?

El estado de excepción sí afecta a derechos fundamentales, como reunión o huelga, no solo a la libre circulación, por lo que la Constitución y la Ley establecen que debe ser declarada por el Congreso, no por el Gobierno. Se podría declarar porque no funcionaran los servicios mínimos indispensables. Atención: la sanidad es uno de ellos, también los alimentos o la seguridad. Es un supuesto que podría abrir al estado de excepción. Este es un punto que queda abierto. Dios no lo quiera, pero imaginemos que en verano el virus no retrocede, que se producen desabastecimientos o que la sanidad definitivamente no funciona como debería... Eso podría dar paso a un estado de excepción, siempre controlado por el Congreso desde el origen.

Si se levantase el estado de alarma, ¿qué margen jurídico o legal tendría el Gobierno para mantener ciertas medidas de distanciamiento social o restricción de la movilidad?

Pues ninguno. Creo que el estado de alarma no se va a levantar. ¿Cuál es la causa? La epidemia. ¿Cuál es el efecto básico? La limitación de la socialización. Para eso está el estado de alarma. Por ello, esta prórroga parece cuidadosa, escrupulosa con la ley, que deja paso a que el Parlamento pueda hablar, pero a todas luces es insuficiente, teniendo en cuenta lo que está pasando en China y en Italia.

¿Cree entonces que vendrán otras prórrogas aunque las medidas se suavicen?

Creo que es lo lógico. Es una opinión, pero justificada, porque los hechos que han sucedido en otros países apuntan a eso. Si quitamos el estado de alarma es muy difícil obligar a la gente a que se quede en casa. Tenemos estado de alarma para rato.