La pesca turismo naufraga en el Archipiélago. La regulación de actividades complementarias en el sector pesquero, vinculadas tanto a la pesca como a la acuicultura, no ha surtido efecto pese a haber pasado cuatro meses desde la entrada en vigor de la ley que las contempla. Los exigentes requisitos que deben cumplir los pescadores, junto a la necesidad de eliminar duplicidades e incompatibilidades con la normativa estatal, han conducido a que la actividad destinada a revolucionar al sector pesquero esté paralizada por completo.

La norma, que salió adelante al final de la anterior legislatura y supuso la modificación de la Ley 17/2003 de Pesca de Canarias, nació para abrir una nueva vía que permita a los pescadores y acuicultores complementar sus rentas. No ha sido así. A diferencia de otras comunidades españolas costeras, donde esta actividad camina por sí sola desde hace años, en las Islas han surgido numerosos obstáculos que hacen casi imposible que la flota pesquera canaria, en su mayoría polivalente y de pequeño porte, no pueda adaptarse a las condiciones de seguridad y habitabilidad exigidas para integrar el turismo en su día a día.

Cataluña fue pionera en la regulación de la pesca turismo. En 2012 se convirtió en la primera región del país en zambullirse en esta actividad y hasta 2016 ninguna otra autonomía se animó a regularla. Fue Baleares, donde de momento una sola empresa ejerce dicha actividad. Precisamente hasta esa comunidad se desplazaron a principios del mes pasado pescadores canarios, interesados en conocer la experiencia balear en este segmento. Galicia, País Vasco, Cantabria y Asturias también se han sumado al carro -si no al de la pesca turismo, sí al del turismo marinero- mientras que Andalucía y Murcia trabajan en su regulación.

Más allá de los choques con la ley estatal, referidos en buena medida a la duplicidad o incompatibilidades a la hora de tramitar el papeleo necesario para iniciar esta actividad, el sector se topa con un listado de requisitos relativos a la seguridad y distribución de espacios en las embarcaciones de difícil cumplimiento. "Sería una fuente de ayuda para el sector, sí, pero va ser muy complicado", apunta Gabriel Jiménez, presidente de la Federación de Cofradías de Pescadores de Las Palmas.

Tres tipos de actividad

La ley canaria contempla tres tipos de actividades complementarias. De un lado, la pesca turismo y el turismo acuícola, en la que los turistas, subidos en las embarcaciones de los profesionales, serían testigos de las labores que desarrollan. De otro, el turismo marino, que pone en valor las tradiciones y costumbres del sector, por lo que va más allá de la actividad extractiva y comercial.

El volumen de ingresos que reporten estas actividades, según recoge la ley, no puede superar el 40% de los ingresos totales que perciban los pescadores, si bien el Ministerio de Agricultura y Pesca, dirigido en funciones por Luis Planas, entiende que no existe ninguna razón fundada para establecer un límite económico. "No ha habido movimiento a día de hoy y habrá que analizar hasta dónde se puede llevar", indica Jiménez.

Las condiciones de seguridad y habitabilidad que tienen que cumplir los buques para que los pescadores puedan hacerse con los permisos, incluidas en la ley estatal, obligan a la flota canaria a tener que realizar cambios de calado. Los turistas no pueden acceder a las zonas del buque en las que se desarrollan las maniobras de pesca, por lo que es necesario que existan espacios delimitados que separen con claridad la zona de faena con la del turismo. Las embarcaciones deben contar, asimismo, con barandillas y suelo antideslizante.

La Consejería de Pesca del Ejecutivo regional trabaja con el Ministerio para destrabar lo antes posible esta ley. Hace unas semanas se celebraron unas jornadas sobre pesca y turismo en diferentes islas en las que participaron un representante del Gobierno canario, la Capitanía Marítima -que es quien verifica que el buque cumple los requisitos exigidos para desarrollar la actividad- y un ponente de la Península.

Requisitos

Seguro

Responsabilidad civil

El decreto estatal 239/2019, de 5 de abril, dispone que para el ejercicio de la actividad de pesca turismo es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños personales de todos los turistas.

Chalecos

Uno por cada turista

Para cada uno de los turistas a bordo, el buque tiene que tener un chaleco salvavidas, correspondiente a la edad de la persona, excepto en buques de eslora igual o menor de 12 metros en los que el turista puede llevar únicamente el chaleco de inflado automático, así como contar con una plaza en una balsa salvavidas.

Radiobaliza

Frecuencia de 121.5 MHz

Los chalecos salvavidas llevarán incorporada una radiobaliza personal que debe funcionar en la frecuencia de 121.5 MHz que se activará de forma automática en caso de caída de la persona al agua.

Espacios diferenciados

Pesca y turismo

La ley obliga a habilitar espacios a bordo, adaptados para personas con discapacidad, en su caso, en los que los turistas se encuentren libres de peligro. Prohíbe, a su vez, el acceso a determinadas zonas del buque durante las maniobras que entrañen riesgo.

Asideros y piso antideslizante

Para evitar caídas

El piso de la embarcación debe ser antideslizante para evitar caídas y los barcos tienen que estar provistos, a su vez, de asideros donde puedan sujetarse los turistas.

Habitabilidad

Faenas de más de 16 horas

Si la actividad de pesca turismo se prolonga durante más de 16 horas, el buque debe disponer de la habitabilidad adecuada a tal fin. Este punto también será verificado por Capitanía Marítima.