El Gobierno autonómico y la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG-Canarias) coinciden en el diagnóstico: el recurso interpuesto por el Estado contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que establecen la compatibilidad de la bonificación fiscal por producción de bienes corporales en las Islas y las ayudas que reciben los agricultores tiene su origen en "una decisión política".

"Nos ha pillado a todos por sorpresa", admitió ayer la consejera de Hacienda del Ejecutivo regional, Rosa Dávila, para la que la impugnación planteada ante el Tribunal Supremo (TS) por la Agencia Tributaria estatal, a través de la Abogacía del Estado, es "de extrema gravedad", puesto que "pone en riesgo al sector platanero", el principal afectado por esta situación.

La también portavoz del Gobierno canario mostró su malestar por el hecho de que el Estado, después de "una batalla de casi dos años" mediante la que se consiguió dejar "meridianamente claro" que las ayudas forman parte de la base de cálculo de las deducciones fiscales, haya asestado "un golpe más en la frente" al campo isleño y, en concreto, a un "sector estratégico" como el platanero. "¿Así se apoya al sector primario en Canarias?", se preguntó Dávila.

Según Rafael Hernández, presidente de COAG-Canarias, el recurso "pone negro sobre blanco otra agresión del Estado al sector primario de Canarias". Hernández relacionó la medida adoptada por el ministerio a los problemas que están encontrando los agricultores y ganaderos del Archipiélago para que el Gobierno central dé respuesta a los compromisos con la región e, incluso, con las restricciones impuestas a la tractorada inicialmente prevista para mañana para protestar por el retraso en la transferencia de los 8 millones de euros para el agua de riego y que ha sido pospuesta a causa de lo que la organización considera una "limitación del derecho de manifestación".

"El Gobierno de Pedro Sánchez da la espalda a la agricultura", lamentó el dirigente agrario, quien expresó su desconcierto -"no lo alcanzo a entender", dijo- por este comportamiento cuando "el REF también fue aprobado por el Partido Socialista". Para Hernández, "las diferencias políticas no pueden resolverse con patadas en el trasero de los agricultores".

En la Asociación de Organizaciones de Productores de Plátanos de Canarias (Asprocan) impera la prudencia. "Tenemos conocimiento de esta circunstancia y la seguimos de cerca. Estamos trabajando con los servicios jurídicos para defender siempre la posición del sector", afirmó su presidente, Domingo Martín.

La posibilidad de incluir los importes de las ayudas del Posei y el REA en el cálculo de los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en Canarias ha estado rodeada de incertidumbre jurídica durante los últimos años, con pronunciamientos administrativos y judiciales contradictorios. La reforma del Régimen Económico y Fiscal (REF) aprobada en 2018 despejaba las dudas al establecer que deben ser tenidas en cuenta para el cómputo de las bonificaciones fiscales, algo que -según el Gobierno regional y los productores- ya estaba presente en el espíritu de la ley.

Tras la revisión del fuero canario han ido sucediéndose sentencias del TSJC, promovidas sobre todo por el sector platanero, que corroboran que el Posei y el REA deben incorporarse a la base de cálculo de las deducciones. Entonces -cuando "parecía que aquí terminaba la película", en palabras de Dávila- ha llegado el recurso de casación presentado por el Estado ante el Supremo, en el que argumenta que lo recogido en el REF solo es aplicable a partir del ejercicio 2019.

El abogado Santiago Vega Montesdeoca, que ha defendido los intereses de los productores en algunos de los procesos judiciales desarrollados ante el TSJC, aclara que la impugnación formulada por la Agencia Tributaria estatal -si es admitida a trámite por el TS- no afecta a los intereses de los beneficiarios de las sentencias ya ganadas en el tribunal autonómico, puesto que son firmes. Sí podría hacerlo en el caso de fallos posteriores a un futuro pronunciamiento del Supremo, si este se produce.

En cuanto a quienes no cuentan aún con una resolución definitiva o no hubiesen recurrido la denegación de la deducción por la Agencia Tributaria, pueden reclamar que se aplique la doctrina que ha sentado el TSJC y presentar una declaración complementaria de los cuatro años anteriores para que se les ingresen las cantidades que en su momento no se les dedujeron. En este caso habría que esperar a saber qué criterio aplica el fisco, aunque, según se deduce de su decisión de recurrir, la respuesta podría volver a ser negativa.

"Esta incertidumbre jurídica ha costado la ruina a muchos agricultores que, aplicando los criterios que establecía la Dirección General de Tributos, se acogieron a este beneficio fiscal, cuando si hubieran sabido que no podían se podrían haber acogido a otros que permitía la ley", destacó Vega.