El CD Tenerife es condenado a pagar una compensación a un exfutbolista por los recortes durante la pandemia
El jugador en cuestión fichó en enero de 2020 y estuvo en la disciplina blanquiazul hasta finales de 2023

Presentación de los jugadores Joselu y Lasure junto a Víctor Moreno / María Pisaca
La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) reconoce a un exjugador del Club Deportivo Tenerife el derecho a recibir casi 30.000 euros más intereses, como compensación por los recortes del 70% que sufrieron sus ingresos a raíz de la pandemia y el consiguiente Expediente de Regulación de Empleo Temporal (Erte).
Ni el abogado de la defensa del jugador ni el club han querido dar a conocer la identidad del deportista alegando la Ley de Protección de Datos.
El futbolista fichó por el club desde enero de 2020 hasta finales de 2023, estableciéndose que iba recibir por la primera temporada una cantidad fija de 160.000 euros, más una variable según el tiempo que jugase, por goles y ayudas para vivienda y vehículo.
El club se comprometía a abonar tanto el viaje para el traslado a Tenerife como el de vuelta, y concretaron la llamada prima de fichaje en 100.000 euros, que se abonaría al final de la temporada.
Debido a la pandemia, la entidad tinerfeñista acordó un erte desde el 15 de marzo hasta el 17 de mayo que implicó una reducción en el salario, consecuencia de que también se limitaron sus horas de trabajo.
El club acordó pagar de forma progresiva hasta el 31 de enero de 2021 las cantidades adeudadas, pero el jugador consideró que aún le debían casi 30.000 euros, más el 10% de interés, tal y como se reconoció en primera instancia en su momento y ahora lo hace el TSJC.
El club alegó que el demandante conocía que su retribución iba a quedar mermadas en un 70%, tal y como aceptó toda la plantilla, y que el resto se iba a pagar en dos plazos, sin mostrar oposición alguna, conscientes los jugadores de la situación extraordinaria que tuvo lugar.
El club mantuvo que entre los conceptos salariales estaba incluida la prima de fichaje y, si se extingue el contrato o se reduce su período se puede también hacer lo propio con el salario, mientras que ahora se le obligaba a pagar por el tiempo completo.
El TSJC, sin embargo, concluye que el acuerdo adoptado el 15 de mayo no se acordó la reducción del importe, sino el fraccionamiento en dos plazos, el 30 de junio el 30% y el 70% en enero de 2021, dejándose a adeudar la mencionada cantidad que ahora se reconoce.
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