CD Tenerife
Así es el contrato que bloquea al CD Tenerife hasta 2028
El acuerdo que rubricaron Concepción, Achi y González Bacallado otorga a Garrido el 100%de los poderes deportivos del Tenerife por cinco años
El documento firmado en 2022 establece una penalización de «un millón por cada incumplimiento»
El contrato privado suscrito por los empresarios Miguel Concepción, Amid Achi y Carmen María González –es hermana del consejero Conrado González Bacallado y firma como representante de la entidad mercantil Glez & Bacall Inversiones, S.L.– con José Miguel Garrido Cristo el 19 de septiembre de 2022 otorga poderes para tomar el 100% de las decisiones en la parcela deportiva del CD Tenerife al inversor madrileño de nacionalidad inglesa; y bloquea cualquier opción de cambio en la gestión o administración del representativo hasta el 5 de enero de 2028, fecha de caducidad de un contrato que hoy revela EL DÍA en exclusiva.
El denominado «acuerdo de sindicación de acciones del Club Deportivo Tenerife SAD» descubre cuál es el total de acciones que Concepción, Achi y González Bacallado transmitieron a Garrido hasta convertirle en máximo accionista del club blanquiazul (fueron más de 30.000)y destapa que le nombraron «sindicado principal», un detalle que hasta la fecha se desconocía. De este modo, los empresarios locales permiten que sea el inversor madrileño quien establezca la dirección del voto de todos ellos en las juntas generales de la entidad, como la que tendrá lugar el próximo martes 17 de diciembre en la sala de prensa del Heliodoro Rodríguez López; y de paso convierten el consejo de administración blanquiazul en un órgano prácticamente vacío de atribuciones, por cuanto todas sus determinaciones las controla y maneja de facto Garrido en la distancia. Así se lo garantizaron por escrito en este documento que deja atrapado al club en una situación de difícil arreglo, salvo que el propio mandamás inglés acceda a revocar lo dispuesto en el acuerdo.
Una escritura determinante
El documento es crucial para entender algunas de las decisiones que se han tomado en la institución a lo largo de los últimos dos años. En un total de 51 páginas, recoge que «las partes comparten un mismo proyecto deportivo e institucional de futuro para el CD Tenerife, y aspiran a desplegar en común los mejores esfuerzos para hacerlo realidad en el corto y medio plazo». La escritura fue rubricada hace dos años en Adeje ante la notaria local Alba Aula Méndez, que posteriormente fue nombrada miembro del consejo de administración del representativo y que ya ha dimitido de este cargo. Según la versión oficial, fue por motivos personales.
La firma del documento por parte de todos los protagonistas se produjo cuando ya había comenzado la temporada deportiva 2022/23, la cual arrancó apenas unas semanas más tarde de la visita institucional del club al Vaticano. Fue en un céntrico hotel de Roma donde se alcanzó el complejo acuerdo, que aupó a Garrido a una posición plenipotenciaria, de poder casi absoluto; y salvó a Concepción de sus millonarios compromisos para evitar la cárcel (por la adversa sentencia del caso Islas, que además iba a inhabilitarle para ejercer la presidencia).
Las partes implicadas en el proceso aceptaron ante la notaria que «los pactos que forman parte del acuerdo tienen fuerza de ley para todos los comparecientes», exponiéndose además «a cumplirlos fielmente». En especial y de forma expresa, se comprometieron a respetar el régimen acordado en relación a la transmisión de acciones y a su posterior participación en los órganos del club; y a «garantizar que sus representantes» [en el consejo de administración del club] designados a propuesta de cada uno actúen de la forma precisa para el pleno cumplimiento del acuerdo. Dicho de otro modo, este contrato condiciona los votos en las reuniones del principal órgano rector del CD Tenerife, que desde diciembre de 2022 preside Paulino Rivero con un perfil institucional, no ejecutivo. El contrato anticipa y detalla, punto por punto, todos los acontecimientos que iban a producirse y efectivamente acontecieron en el Tenerife desde diciembre de 2022 . En primer lugar, el pacto obligaba a sus participantes a aceptar la renuncia o votar a favor del cese del entonces máximo mandatario Miguel Concepción; y a continuación ir incorporando a otros miembros al consejo hasta completar la cifra de seis. El documento ponía como fecha tope para el relevo en la cúpula blanquiazul el 31 de diciembre de 2022 (el nombramiento de Rivero se produjo dos semanas antes, concretamente el 14 del mismo mes en una Junta General Extraordinaria). Uno de los puntos nucleares del acuerdo está en su página 31. «Las partes reconocen que es atribución exclusiva de Eolus [la empresa de Garrido], como accionista sindicado principal, la de fijar la política deportiva de fichajes». Dicho de otro modo, los accionistas participantes del acuerdo dejaron en manos del inversor foráneo –y con plenos poderes– el control absoluto de las determinaciones que se adoptasen (desde entonces y hasta enero de 2028) en relación al primer equipo blanquiazul y también a su cantera.
Los cláusulas
Aunque las partes se comprometen a hacer «los mejores esfuerzos para que las decisiones» sobre el nombramiento de los consejeros estén presididas «por el necesario consenso», el documento establece que cada parte será responsable de una cuota o cupo del consejo de administración. Garrido se quedó con tres sillones en este órgano rector, Achi con uno, Conrado González con la suya y Concepción, con otro representante de los seis (ahora son solo cinco) que componen la directiva blanquiazul.
En el capítulo V del acuerdo lleva por nombre Incumplimiento y terminación del acuerdo. En este epígrafe, la cláusula undécima se refiere a una posible «penalización» por una eventual ruptura. Y dice lo siguiente: «En caso de producirse cualquier incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en este acuerdo, la parte incumplidora deberá de indemnizar al resto de accionistas sindicados con un importe de 1.000.000 (un millón de euros) por cada incumplimiento, que se atribuirá o distribuirá a la parte o entre las partes cumplidoras en proporción a sus respectivas acciones sindicadas». En la redacción, hay un matiz importante. Quien traicione el acuerdo deberá pagar un millón cada vez que incurra en un «incumplimiento». Es ésta una cuestión fundamental y sobre la que los accionistas partícipes del sindicado han consultado a diferentes bufetes de abogados para estudiar la viabilidad de una ruptura. La redacción del acuerdo convierte esta hipótesis casi en un imposible.
La duodécima cláusula fija que la duración del acuerdo «se extenderá desde la fecha de la firma hasta el 5 de enero de 2028», confirmando así el momento de terminación del contrato que había avanzado EL DÍA. «No obstante lo anterior, el acuerdo también se extinguirá por acuerdo de todos los accionistas (sin excepción) o por el pago del total de los componentes fijos y variables de las compraventas de las acciones». Esto es, cuando se haya traspasado el 100% del lote de acciones que atesoran. Este paquete supone una cuota más que suficiente como para sacar adelante –se supone que sin sobresaltos– los cuatro puntos del orden del día que contempla la Junta General del día 17. El último de ellos irá referido a la retribución de los consejeros.
El acuerdo fija otras cuestiones más anecdóticas, tales como que «cualquier notificación [entre los accionistas] deberá realizarse por escrito, en español, y deberá entregarse en mano (por mensajero), correo urgente con franqueo pagado o mediante correo electrónico». Asimismo, se establece que ninguna de las partes podrá ceder sus derechos y obligaciones derivadas de este acuerdo «sin el previo consentimiento por escrito» del resto de comparecientes.
Los pormenores
En el documento, los empresarios firmantes acuerdan formar «un todo causalmente inseparable» y establecen que cualquier disputa entre las partes se dirimirá por parte de «los jueces y tribunales de Santa Cruz de Tenerife», que tendrán la jurisdicción exclusiva respecto a los efectos, interpretación o ejecución de las relaciones establecidas por el documento. «Cada una de las partes renuncia al fuero propio o a cualquier otro que por Ley les pueda corresponder, para someterse a los juzgados y tribunales» de la capital tinerfeña.
Uno de los pormenores que sorprende del extenso acuerdo es que desde la notaría detectan que José Miguel Garrido, en nombre de la entidad Eolus Capital Ltd., tiene nacionalidad británica y domicilio social en Londres. El empresario «tiene pendiente de obtener NIF español, cuyos trámites se están realizando». Así lo recoge el documento de forma literal, para añadir a continuación un aviso del notario: «Advierto de la necesidad de incorporar [el NIF de Garrido] en el plazo más breve posible».
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