«Se trata de una medida histórica»

El tesorero de la Unión de Artistas Contemporáneos, Alberto González, aclara que ha habido un gran esfuerzo entre varios ministerios para aprobar esta ley

Alberto González Pulido

Alberto González Pulido / Nacho Gonzalez Oramas

El tesorero de la Unión de Artistas Contemporáneos de España, el gestor cultural y abogado grancanario Alberto González Pulido, opina que esta nueva ley «es histórica, en primer lugar, porque procede a la regularización de muchísima gente». En segundo lugar, porque procede a «la profesionalización del sector a un nivel que no se había visto nunca». Y en tercer lugar porque se ha producido un esfuerzo entre varios ministerios para que se lograra aprobar.

González intervino en la comisión interministerial para el desarrollo del Estatuto del Artista, de la que forman parte el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Ministerio de Cultura y Deportes y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Para González, los tres avances más significativos que muestra la ley son «el contrato de duración determinada para las actividades culturales, una nueva prestación por desempleo estructural sujeta a menores requisitos que busca una mejor adaptación a la intermitencia del sector, y una compatibilidad más amplia de la actividad creativa y la jubilación».

El tesorero subraya que se trata de «la primera rebaja a las exigencias para cobrar el paro: ya no será necesario haber cotizado 360 días en los últimos seis años, bastarán 120 días, menos de la mitad». Pero para ello los requisitos son, en primer lugar, «acreditar estar en situación legal de desempleo y 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses». O «acreditar 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística o regularizaciones anuales ya efectuadas en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente». Otro punto importante que González destaca es que «las personas trabajadoras, además, no deberán tener derecho a una prestación contributiva ordinaria, aunque, en el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa que una prestación previa, pendiente de reanudar, sí podrán optar por recibir la nueva prestación especial». La duración de la prestación es de cuatro meses y está dotada con una cuantía de hasta el 100% del Iprem para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros. Por debajo de ese nivel, corresponderá una prestación del 80%. La prestación es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen. «Se ha logrado compatibilizar la jubilación con la percepción por propiedad intelectual que se cambia de rendimientos del trabajo al de actividades económicas».

Alberto González insiste en la importancia de dicha ley porque «estamos hablando de una lucha que lleva realizando la gente desde el año 85 y yo he tenido la suerte de llegar al final cuando se va a cumplir». Y, sobre todo, destaca la creación de dos comisiones a partir de ahora, siendo especial una de ellas que afecta de forma directa a los autónomos.

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