Los niveles de endeudamiento de los trabajadores por cuenta ajena, pensionistas, desempleados y autónomos en Canarias se han visto incrementados por las consecuencias económicas de la pandemia y el alza de la inflación. En este contexto, existe un mecanismo legal que permite a las familias cancelar sus deudas y empezar desde cero, es La Ley de Segunda Oportunidad.

Desde 2015, este mecanismo legal permite pedir y conseguir la liberación de las deudas y evitar la entrada en una espiral de endeudamiento a las personas en situación de insolvencia económica. 

 

El despacho de abogados Canarias Sin Deuda, se especializa en la tramitación de estos casos, acompañando y asesorando para hacer frente al sobreendeudamiento y la incapacidad para afrontarlo.  

 

La Directora Legal de Canarias Sin Deuda, Celenia Gil, explica que "La Ley de Segunda Oportunidad supone para muchas personas y familias en situación de vulnerabilidad, la última posibilidad de salir adelante".

España fue uno de los países que más tardó en incorporar a su sistema judicial la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo pensado para que las personas físicas, incluyendo a los autónomos, puedan cancelar sus deudas, cumpliendo así con la recomendación de la Comisión Europea del año 2014. 

 

Los últimos cambios en la Ley simplifica los trámites

 

A finales de septiembre, según explican los expertos de Canarias Sin Deuda, ha sido aprobada la reforma de la Ley Concursal y esta afecta en algunos sentidos a la Segunda Oportunidad. Estos cambios se producen siete años después de su entrada en vigor y vienen dados por los daños económicos surgidos por la pandemia, y la petición de la Unión Europea a los países miembros de reformar esta normativa de insolvencia para hacerlos frente. 

 

Los nuevos cambios simplifican los trámites, acortan los plazos en el procedimiento, y se eliminan ciertos requisitos, como el plazo mínimo de diez años para poder volver a pedir una nueva exoneración de pagos, que se queda en cinco años, así como que el deudor no haya rechazado ofertas de empleo en los cuatro años anteriores a la declaración del concurso para obtener la exoneración.