La abogada contra el ruido de Las Palmas advierte del mismo mal en el Carnaval de Santa Cruz de Tenerife
Yomara García viene el sábado a la capital a dar una conferencia: «el Carnaval solo será una diapositiva» de toda su exposición, dice

Yomara García Viera, abogado que ha logrado la suspensión del Carnaval en la calle en Las Palmas de Gran Canaria. / El Día

Basta la denuncia de un solo vecino para poner en jaque la celebración del Carnaval en la calle, máxime cuando existe una sentencia en firme dictada en 2007 cuya ejecución nunca se solicitó, al margen de que haya expirado el plazo para instarla. Estas son algunas de las claves que adelanta Yomara García, más conocida como la abogada contra el ruido, que en Las Palmas de Gran Canaria ha logrado la suspensión de los bailes en la calle.
Mientras se desarrolla la segunda fase del concurso de murgas infantiles en el Recinto Ferial de la capital tinerfeña, la letrada pronunciará una conferencia en el hotel Príncipe Paz, en Santa Cruz, centrada en el derecho a la intimidad del hogar y la convivencia vecinal. Ni la declaración del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife como Fiesta de Interés Turístico Internacional desde 1980 ni su arraigo histórico avalan, según subraya, la vulneración del derecho al descanso.
El recuerdo de 2006 vuelve a planear
Aunque por ahora no tiene encargo para presentar una demanda contra el Carnaval por incumplimiento de la ley del ruido, la coincidencia de la conferencia con el inicio de los actos carnavaleros, y además en la capital de la fiesta, reaviva el temor a la reapertura de la vía judicial. Un escenario que remite a 2006, cuando una suspensión cautelar estuvo a punto de paralizar el Carnaval y solo se evitó en el último minuto.
Invitada por la Asociación de Vecinos del Perenquén, García aclara que el objetivo de su intervención no es promover denuncias, sino informar, concienciar y dotar de herramientas jurídicas a vecinos, asociaciones, técnicos municipales y cualquier persona interesada en conocer cómo afecta el ruido a la salud y qué vías existen para protegerse frente a este contaminante.
Más allá del Carnaval
Aunque el Carnaval aparece inevitablemente en el debate público por su impacto sonoro, la letrada subraya que su ponencia no se centra exclusivamente en esta fiesta, sino en todas las fuentes de ruido que afectan al día a día de las ciudades. No obstante, deja claro que «el Carnaval es un emisor importante, pero no el único. Hay contaminación acústica, lumínica y otros efectos indirectos que también deben analizarse».
Preguntada por la diferencia entre la situación de Las Palmas de Gran Canaria y la de Santa Cruz de Tenerife, García es tajante: la clave está en que en un caso hubo reclamaciones judiciales sostenidas en el tiempo y en el otro no. En Las Palmas, los vecinos acudieron a los tribunales, aportaron pruebas y solicitaron incluso la ejecución de las sentencias, lo que derivó en la suspensión del Carnaval en la calle tal y como se celebraba.
La clave no es legal, sino procesal
En Tenerife, recuerda, existe una sentencia de 2007 que fija límites y medidas correctoras, pero cuya ejecución no se impulsó posteriormente. «La diferencia no es legal, es procesal: reclamar, probar y perseverar», resume.
Uno de los mensajes centrales de García es que ni la tradición ni la declaración de fiesta de interés turístico internacional amparan el incumplimiento de la ley. La jurisprudencia, tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ha dejado claro que los derechos fundamentales —intimidad personal, inviolabilidad del domicilio y descanso— prevalecen jerárquicamente sobre el ocio.
“No vale todo en nombre del Carnaval”
«Ser una fiesta tradicional no suspende derechos fundamentales. No vale todo en nombre del Carnaval», afirma, desmontando ideas arraigadas como que el Carnaval estaba antes que los vecinos o que una licencia administrativa legitima la contaminación acústica. «Las licencias no son títulos para contaminar», ejemplifica.
García no habla de amenazas, pero sí de posibilidades jurídicas reales. Si se acredita la superación de los límites legales de ruido y la afectación a derechos fundamentales, los tribunales pueden imponer medidas correctoras, reubicaciones o incluso suspensiones, como ya ha ocurrido en otros puntos del país.
Un escenario posible
«Hay base jurídica y hay precedentes», incide, recordando que estos procesos requieren estudio, pruebas periciales y un análisis caso por caso. En ese escenario, Santa Cruz de Tenerife no sería una excepción, incluso si un solo vecino presentara una demanda.
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