Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Nuevas exigencias de transparencia institucional en Canarias: la entrada en vigor de la Ley 3/2026 amplía el catálogo de obligaciones públicas

El Comisionado ha facilitado a las administraciones locales las relaciones actualizadas vigentes desde el 30 de junio para adaptar sus portales web

Fachada del Cabildo Insular de Tenerife. | | CARSTEN W, LAURITSEN

Fachada del Cabildo Insular de Tenerife. | | CARSTEN W, LAURITSEN / José Domingo Méndez

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
El Día

El Día

Santa Cruz de Tenerife

El Comisionado de Transparencia de Canarias ha trasladado a los cabildos insulares y ayuntamientos del archipiélago las modificaciones que afectan a sus obligaciones de publicidad activa, tras la entrada en vigor de la Ley 3/2026, de 16 de junio, de cabildos insulares. La normativa modifica los mapas de obligaciones de las corporaciones locales y sus entidades dependientes, al estar diseñados estos tomando como base el régimen general autonómico.

Como consecuencia de esta unificación normativa, en los cabildos insulares un total de 15 obligaciones específicas pasan a ser recomendaciones de transparencia voluntaria, al tiempo que se incorporan 18 nuevas obligaciones, fijando un saldo neto de tres obligaciones adicionales. Por su parte, los ayuntamientos canarios adquieren 20 nuevas obligaciones y pasan 18 a ser de cumplimiento voluntario, con un incremento neto de dos nuevas exigencias legalmente vinculantes.

Principales novedades en materia de publicidad activa

Entre las nuevas informaciones que tanto ayuntamientos como cabildos deberán publicar de manera obligatoria en sus respectivos portales de transparencia destacan:

  • Gestión de personal y acuerdos sociales: Publicación de acuerdos suscritos con sindicatos y agentes sociales, listas de contratación de personal e indemnizaciones por dietas y gastos de viaje de cargos públicos y directivos.
  • Contratación y patrimonio: Publicación de prórrogas y modificaciones contractuales, contratos de campañas publicitarias y planes de medios, inventario de bienes y derechos, e información detallada sobre operaciones patrimoniales.
  • Convenios y encargos: Inscripción detallada de convenios y sus adendas, junto a un mayor nivel de desglose en las encomiendas de gestión y encargos a medios propios.
  • Finanzas, territorio y ayudas: Límite de gasto no financiero, concesión de subvenciones sin concurrencia pública, y documentación completa sobre instrumentos de ordenación territorial.
  • Evaluación y derecho de acceso: Programas legislativos con informes de seguimiento, cartas de servicios con compromisos de calidad, estadísticas autonómicas y la difusión de la información más frecuentemente solicitada por la ciudadanía.

Coordinación y competencia en el ámbito insular

Con el fin de facilitar la adaptación técnica al nuevo marco normativo, el órgano autonómico ha remitido a todas las entidades locales las relaciones actualizadas con las exigencias vigentes desde el 30 de junio de 2026.

Asimismo, el Comisionado ha recordado a las corporaciones insulares la trascendencia de ejercer adecuadamente su competencia en la creación y mantenimiento del portal de transparencia insular, así como el deber de impulsar las actuaciones oportunas para asegurar el cumplimiento estricto de la publicidad activa en la totalidad de sus organismos y entidades dependientes.

Tracking Pixel Contents