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Fiscalidad

¿Para qué sirve el REF?

Desde encender la luz hasta echar gasolina, el REF está presente en la vida de unos ciudadanos, los canarios, que sin él no podrían vivir en el Archipiélago.

Una conductora pone gasolina en su vehículo.

Una conductora pone gasolina en su vehículo. / ANDRÉS CRUZ

Julio Gutiérrez

Julio Gutiérrez

Las Palmas de Gran Canaria

El REF nació en 1972 (Ley 30/1972). No obstante, el primer embrión del fuero canario se gestó mucho antes, en 1507, en el momento en que las exenciones que ya estaban operativas para Gran Canaria 20 años antes recibieron la condición de «perpetuas». Eso significó en la práctica que la Isla no tenía que pagar la mayor parte de los tributos que cobraba la Hacienda real castellana.

El mismo año (1507) Tenerife y La Palma ya contaban con un régimen propio y especial, más beneficioso incluso que el conseguido por Gran Canaria. Tuvieron que pasar tres años hasta que la Corona de Castilla lo ratificara. La unificación del sistema tributario de las tres islas se produjo en la década posterior. La única figura fiscal fue el pago a la Hacienda real de Castilla de un impuesto por las exportaciones e importaciones.

Desde aquellos tiempos y hasta 1972 se produjo una evolución del especial tratamiento que recibieron las Islas. Aunque los modos fueran unos u otros el espíritu siempre fue el de reducir las desventajas a las que se enfrentan los canarios por el hecho de vivir en un territorio alejado del resto del Estado español y, además, dividido en islas.

Una evidencia fácil de corroborar es el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Es el gravamen que el REF impone al consumo y es menos severo que el IVA que opera en el conjunto de la Europa continental. En el caso de España, el tipo general de este último es del 21%, mientras que en el Archipiélago el del IGIC es del 7%, tres veces menos. Además, con particularidades aplicadas a productos como la ropa, gravada con solo un 3% de IGIC.

¿Significa eso que los canarios pagan menos? No necesariamente. Lo que significa es que traer hasta el Archipiélago manufacturas e insumos tiene un precio y, por lo tanto, o se atenúa ese sobrecoste, o los ciudadanos de las Islas tendrían que hacer las maletas en busca de un lugar en el que poder desarrollar un proyecto de vida. Es más, no es solo el IGIC la herramienta del REF que iguala las condiciones de los canarios con el resto de españoles, el fuero también contiene ayudas para el transporte aéreo y marítimo de las mercancías que se consumen.

Esas subvenciones al transporte también operan en sentido contrario con el fin de que las empresas de la comunidad autónoma puedan colocar a precio competitivo sus producciones en la Península. De lo contrario, esos negocios tendrían que cerrar sus puertas, con lo que eso significaría en términos de destrucción de puestos de trabajo.

Otro ejemplo rotundo: si los canarios tuvieran que pagar lo que cuesta generar la energía eléctrica realmente en las Islas, poco les sobraría de sus salarios; el REF, sin embargo, vuelve a ejercer como escudo protector y determina que paguen lo mismo que cualquier español por la energía.

Es también el REF el que consagra el descuento del 75% para los residentes en el Archipiélago cuando adquieren un billete de tren o barco para desplazarse a otro punto del Estado. Quien vive en la Península puede elegir si sacar el coche del garaje, viajar en guagua, en tren...; los canarios, no. Cogen el avión en la mayor parte de las ocasiones y no es una elección, sino prácticamente obligatorio que lo hagan así, porque no solo hay que pensar en un viaje de ocio, que también tienen derecho los isleños a no pagar más que el resto de los españoles para disfrutar de su tiempo libre, sino en una consulta médica, un desplazamiento a otra región por estudios o para la atención de alguna circunstancia familiar. Sin REF, tampoco los canarios tendrían renta disponible sobrante porque habrían de abonar el coste de cada billete en su totalidad.

Si importante es la inclusión de las especiales condiciones que tiene la generación eléctrica en Canarias, ¿qué decir del agua? Un bien irrenunciable que escasea, lo que obliga a desalar la del mar. De más está decir que eso la encarece y de nuevo el REF viene a establecer que los canarios no paguen más por ella. Ya no solo por abrir el grifo para lavarse la cara, es que los agricultores tienen que regar los campos para poder hallar fruta y verdura local en los mercados y supemercados.

Es también el REF la herramienta que permite llenar el depósito del coche a un precio menor del que pagan los españoles y la mayor parte de los europeos. Al combustible se le aplica en Canarias un IGIC del 0%, mientras que los españoles peninsulares abonan un 21% de IVA. Pero es que, además, el fuero canario es también el que permite no pagar ni un solo euro por otra de las figuras fiscales que sí opera en la España continental: el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos. En su lugar, existe el Impuesto sobre Combustibles Derivados del Petróleo, de mucha menor intensidad.

En resumen, el REF se creó y sigue operando para que los canarios puedan contar con unas condiciones de vida similares a las del resto de españoles. Por eso no admite ninguna cuenta en la que se le utilice para señalar a Canarias como un lugar al que llega mucho dinero o cuenta con tantas ventajas. Pone a los isleños cerca del resto; solo a partir de ahí debe iniciarse la suma de fondos para financiar los servicios esenciales.

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