El Estado justifica el retraso de los traslados por la "tardanza" de Canarias en enviar los expedientes
El Ejecutivo central sostiene que el Gobierno canario debía haber remitido todos los informes en noviembre, cuatro meses antes de la fecha límite para efectuar las derivaciones por la vía ordinaria, pese a que el real decreto no fija ningún plazo para el envío de los expedientes

Migrantes llegados este martes a El Hierro / EFE
El Estado justifica el incumplimiento del traslado de los menores migrantes no acompañados que debían ser derivados por el mecanismo ordinario antes del 19 de marzo - plazo fijado por el real decreto - en la tardanza de Canarias a la hora de remitir los expedientes de los menores. A menos de un mes de que expire el plazo establecido por esta norma —concebida para reubicar a los niños que ya se encontraban en las Islas antes de la declaración de la contingencia migratoria—, el grado de cumplimiento ha sido limitado. La Administración central atribuye esta situación a la Comunidad Autónoma, a la que acusa de no haber remitido en tiempo y forma los expedientes de los menores que debían salir por esta vía ordinaria, así como de haber enviado una cantidad "insuficiente" de informes.
Mientras la Comunidad Autónoma sostiene haber remitido 1.108 expedientes —de los cuales solo 158 traslados se han materializado en viajes, 69 menores continúan pendientes de derivación, 30 esperan iniciar su traslado a la Península a lo largo de esta semana y 213 han sido archivados por arraigo o mayoría de edad—, el Ejecutivo central afirma que el Estado no es el "responsable último" de las reubicaciones, pues una vez la Delegación del Gobierno resuelve cada informe, corresponde al Gobierno canario contactar con la comunidad de destino para hacer efectiva la derivación.
En este sentido, desde la Administración central se escudan en que disponen de un plazo de cuatro meses para gestionar los expedientes de los menores. Por ello, sostienen que aquellos remitidos por la Comunidad Autónoma después del 21 de noviembre —cuatro meses antes de marzo, una fecha en la que Canarias había enviado 432 expedientes — estarían, a su juicio, "fuera de plazo".Un argumento que el Ejecutivo regional desmiente de forma contundente, al insistir en que el decreto no fija ninguna fecha límite para la remisión de los expedientes.
Y lo cierto es que la normativa —aunque sí fija un plazo máximo de cuatro meses para resolver individualmente cada expediente, una vez iniciado el procedimiento por la subdelegación del Gobierno— no establece una fecha límite para que las comunidades autónomas remitan la totalidad de los expedientes. Más allá del cruce de reproches entre administraciones, la disposición adicional primera del real decreto sí deja claro que "las reubicaciones que resulten necesarias como consecuencia de la contingencia deberán llevarse a cabo en un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor del real decreto-ley". En el caso de Canarias, ese objetivo implicaba reducir el número de menores en los centros de acogida hasta 2.211, pero en la actualidad la cifra asciende a 3.544, más de un millar por encima de lo previsto.
¿Qué pasará después del 19 de marzo?
La situación se aleja de ser alentadora. En este escenario, resulta inviable cumplir con los plazos legales y garantizar que la Comunidad Autónoma pueda tutelar a los menores que le corresponden conforme a la normativa vigente. Por su parte, la Administración central sostiene que antes del 19 de marzo se habrá dado respuesta a los 432 expedientes remitidos hasta noviembre. En cuanto al resto, asegura que, aunque se sigue trabajando en su tramitación, se harán "todos los esfuerzos necesarios" para que los menores sean reubicados, aun cuando los traslados se produzcan fuera de plazo.
Sin embargo, este argumento no convence a la Comunidad Autónoma, que recuerda que durante la tramitación de estos procedimientos muchos menores han alcanzado la mayoría de edad, con las consecuencias que ello conlleva. Al cumplir los 18 años, deben continuar su proceso migratorio por la vía previsto para personas adultas, un itinerario sensiblemente menos garantista. En este contexto, Canarias insiste en que no se puede seguir demorando la atención y la reubicación de los menores hasta que alcancen la mayoría de edad, privándolos así de la protección a la que tienen derecho mientras son menores.
Otro de los principales desafíos a los que se enfrenta este mecanismo ordinario es la respuesta por parte de las comunidades autónomas de destino. Muchas de ellas han alegado en reiteradas ocasiones no disponer de plazas suficientes ni de los recursos necesarios para atender a los jóvenes que salen del Archipiélago. No obstante, en este contexto, tanto el Gobierno de Canarias como el Ejecutivo central coinciden en que se trata de una obligación legal que, más allá de la oposición expresada por algunas de las regiones, debe cumplirse.
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