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Empleo público

Centenares de plazas en el aire por la caducidad de las oposiciones

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo obliga a cerrar los procesos selectivos a los tres años de la convocatoria

Opositores en una prueba en Canarias.

Opositores en una prueba en Canarias. / LP/DLP

Las Palmas de Gran Canaria

La caducidad de las ofertas de empleo público (OPE) se cierne sobre las administraciones públicas tras una reciente sentencia del Tribunal Supremo que deja claro que los procesos selectivos para cubrir puestos de funcionarios y de personal laboral tienen que finalizar como máximo a los tres años de la convocatoria y, si no es así, caducan aunque los opositores hayan realizado las pruebas. Esta situación afecta a la Administración autonómica porque están en el aire varias ofertas, entre ellas la de 2022, de la que se cumplen tres años este mes sin que haya finalizado y con varios centenares de plazas pendientes de que finalicen los procesos selectivos. El alcance jurídico y legal de esta situación está aún por determinar y Función Pública realiza consultas a los servicios jurídicos y al Estado para clarificar los pasos a seguir y evitar impugnaciones y recursos de los afectados.

El fallo del Supremo ratifica lo estipulado en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, que tiene rango de ley, en el que se recoge que «la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años». Sin embargo este precepto ha tenido diferentes interpretaciones y muchas administraciones lo han incumplido sistemáticamente, alargando la finalización de los procesos selectivos. Ahora el Alto Tribunal da una vuelta de tuerca y pone límites temporales para que las oposiciones no se eternicen: tienen que finalizarse como máximo en los tres años siguientes a la fecha de publicación de las convocatorias en los boletines oficiales. Para el Supremo se trata de dar eficacia y celeridad a los procesos selectivos para cubrir puestos en la Administración y no dilatarlos como suele ser la norma general.

Primera sentencia

Los sindicatos han puesto sobre aviso de los problemas que puede ocasionar este fallo judicial en la oferta de empleo público de 2022. Desde Función Pública por ahora no se dan por aludidos ya que, según fuentes del departamento, se trata de la primera sentencia sobre este asunto por un recurso concreto, con lo que no genera jurisprudencia. El Supremo establece como doctrina general que no basta con que se publique la convocatoria y que un proceso normal tiene que durar como máximo tres años, con lo que se interpreta que pueden haber excepciones a esta regla general, un extremo que se está valorando.

La OPE de 2022 se convocó por el anterior Gobierno del pacto de las flores y se cumplen ahora tres años sin que se haya desarrollado íntegramente. La oferta de personal funcionario fue de 503 plazas distribuidas en 377 de acceso libre y 126 de promoción interna. Según las estimaciones del CSIF hay una parte de esta convocatoria que caducado y afecta en primer término a 173 plazas del cuerpo administrativo, que representa un tercio de las vacantes convocadas en 2022.

Plazo legal

Además, también se convocó una oferta adicional para personal laboral de 783 plazas en diferentes grupos y categorías profesionales. Según las organizaciones sindicales esta oferta también tiene una caducidad inminente. Tanto el CSIF como el Sindicato de Empleados Públicos de Canarias (Sepca), las dos centrales mayoritarias en la Administración General autonómica, urgen a que Función Pública aclare la situación en la que quedan tanto los procesos selectivos de 2022 como algunos de 2021 que tampoco se han cerrado definitivamente para que no haya inseguridad jurídica por parte de los aspirantes que se han presentado a las pruebas.

El criterio general es que cuando una OPE no se ejecuta dentro del plazo legal –que con carácter general es de tres años desde su aprobación conforme al art. 70.1 del Estatuto del Empleado Público– queda sin efecto porque no pueden convocarse procesos selectivos amparados en esa OPE y cualquier convocatoria posterior basada en ella sería nula de pleno derecho o, como mínimo, anulable por falta de cobertura legal. Esta sentencia del Supremo refuerza la argumentación en el caso de impugnaciones y recursos.

El Ejecutivo autonómico presume de haber convocado un total de 1.549 plazas públicas entre las OPE de 2023, 2024 y 2025, y prevé iniciar la convocatoria de la primera de ellas (la de 2023) a comienzos de 2026, mientras que las de 2024 y 2025 se desarrollarán a lo largo de los próximos dos años. El Ejecutivo confía en ponerse al día en las ofertas de empleo público dentro del plazo legal de tres años para su ejecución, lo que permitirá convocar las plazas sin la acumulación de convocatorias pendientes. Sin embargo, la convocatoria de 2023 entra en su tercer año desde que se convocó, por lo que en 2026 se tendrán que realizar las pruebas y adjudicar los puestos tras la sentencia del Supremo.

El Ejecutivo mantiene que las ofertas de años anteriores se han ido completando en los últimos años, pero los sindicatos reiteran que hay plazas que no se han desarrollado en tiempo y forma, por lo que quedan en el aire y se tendrá que decidir si esas vacantes se amortizan o se ofertan en nuevas convocatorias. Las administraciones públicas se pueden enfrentar a problemas con los puestos que caducan y con el personal interino que los ocupan.

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