El Gobierno amplía los poderes de la Policía Canaria en la ley de seguridad
La nueva normativa regula varios órganos y planes para constituir un sistema de seguridad pública propio en las Islas

Redada de agentes de la Policía Canaria en los pasados carnavales de Santa Cruz de Tenerife. / Andrés Gutiérrez
El Gobierno canario multiplica los órganos y planes destinados a la seguridad en las Islas con el fin de desarrollar las competencias que prevé el Estatuto de Autonomía. El anteproyecto de ley de Seguridad Pública de Canarias supone un salto cualitativo para el Cuerpo General de la Policía Canaria que, pese a contar actualmente con apenas 300 efectivos sobre el terreno, tendrá en sus manos el control de las medidas que se desarrollan en la nueva normativa con la participación de las policías locales, a través de convenios de colaboración, y de los cuerpos policiales del Estado cuando se trate de materias que excedan el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma.
El nuevo sistema girará en torno al Plan General de Seguridad de Canarias, un documento que aprueba el Ejecutivo regional cada cinco años y que será remitido al Parlamento. Las prioridades del plan serán la seguridad ciudadana y la protección de las infraestructuras críticas e incluirá el análisis de las necesidades para combatir la criminalidad tradicional y la ciberdelincuencia, con protocolos de coordinación entre los diferentes cuerpos policiales y la seguridad privada. También se incluirán medidas de protección en edificios e instalaciones públicas, protocolos para proteger a autoridades y personalidades públicas que lo requieran y la planificación general en espectáculos y actividades recreativas.
En el caso de las infraestructuras que prestan servicios esenciales a la población y que son necesarias para garantizar la seguridad pública, el Gobierno canario se desmarca del Estado si éste no las incluye en el catálogo nacional de infraestructuras estratégicas, de tal forma que el Plan de seguridad pública de las Islas adoptará medidas propias para su preservación en caso necesario.
La nueva normativa desarrolla una serie de órganos e instancias en materia de seguridad. A la cabeza de las mismas se encuentran la Comisión Canaria de Seguridad Pública y el Consejo de Seguridad Pública de Canarias, el primero como órgano ejecutivo de las políticas de seguridad en el Archipiélago y el segundo para labores de asesoramiento. El Ejecutivo diferencia la comisión como máximo órgano autonómico en materia de seguridad de la Junta de Seguridad, ya que en el primero el Estado solo puede participar por invitación con voz pero sin voto, mientras que la coordinación entre ambas administraciones se regula en la junta, donde se pretende que la policía autonómica esté al mismo nivel que los cuerpos del Estado, mientras que estos tendrán información del Plan de Seguridad Pública de Canarias. La ley también prevé la creación de juntas insulares de seguridad, una por isla, y juntas locales e incluso comarcales en el caso de que sean necesarias.
Competencias
En la cascada de órganos, juntas y planes que se crean en la ley en materia de seguridad pública sobresale las competencias que asume el Consejo de Seguridad Pública de Canarias que, como entidad de asesoramiento, se le faculta a efectuar seguimientos de asuntos como el terrorismo, la violencia callejera y de grupos o fenómenos similares, la violencia de género, la homofobia y transfobia, la xenofobia o el racismo, y la ciberdelincuencia.
En la misma línea de las juntas de seguridad, al plan general de seguridad le siguen también los planes territoriales y los planes locales para incluir en los mismos a las policías locales y las necesidades específicas que puedan existir en cada municipio o comarca. Asimismo, los planes territoriales de seguridad deben tener en cuenta las previsiones contenidas en los planes de protección civil, tráfico y seguridad vial, seguridad en el deporte y espectáculos públicos y otros ámbitos materiales que puedan afectarlos.
La nueva norma introduce la creación de una oficina de información, evaluación y planificación controlada por la policía autonómica y en la que podrán participar otros cuerpos mediante convenios de colaboración. También se crea el Sistema de Información en Seguridad Pública, al objeto de recopilar los datos y la información relevante para la seguridad pública relativa a inmuebles, medios materiales y personales, y en el que se integra el Sistema de Información Policial de la Policía Autonómica. Este último tendrá también la información que suministran las policías locales.
En una disposición adicional, el texto establece que el Ejecutivo regional regulará la utilización y autorización de videocámaras por la policía autonómica y por las dependientes de las corporaciones locales, la custodia de las grabaciones, la responsabilidad sobre su ulterior destino y las peticiones de acceso y cancelación.
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