Fiscalidad
La recaudación municipal por la plusvalía en Canarias cae a la mitad en cuatro años
Los ingresos de los ayuntamientos canarios pasan de 81 millones en 2021 a 43 millones. Hacienda cambió la base del cálculo obligada por el Constitucional

Carteles de una vivienda en venta en la capital grancanaria. / ANDRÉS CRUZ
La recaudación de los ayuntamientos canarios por la plusvalía se ha reducido a la mitad después de los cambios legales producidos a finales de 2021 como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que echó abajo el método de cálculo que utilizaban las corporaciones locales para liquidar este impuesto. Según las cifras oficiales de las liquidaciones de las entidades locales canarias, en 2021 los ingresos por la plusvalía supusieron para los ayuntamientos de las Islas más de 80 millones de euros, mientras que ahora se encuentran en torno a los 43 millones en base a los presupuestos aprobados por los consistorios.
La plusvalía es como se conoce al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se trata de un impuesto municipal que grava el incremento de valor de los terrenos urbanos en el momento en el que se transmiten a través de la venta de un inmueble, su donación, legado o herencia. Este tributo ha estado sujeto desde hace años a controversias legales y jurídicas con numerosos recursos ante los tribunales. En los últimos tiempos han sido varios los fallos del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional en relación con la plusvalía, aunque el más decisivo fue el que declaró inconstitucionales y nulos varios artículos de la Ley Reguladora de Haciendas Locales relativos a este impuesto.
Esta sentencia supuso un mazazo para los ingresos municipales. En 2021 los ayuntamientos canarios recaudaron por este gravamen 81,1 millones de euros a razón de 39,5 millones los ayuntamientos de la provincia de Las Palmas y 41,6 millones los de Santa Cruz de Tenerife. En 2022 los ingresos cayeron estrepitosamente a 13 y 6,9 millones, respectivamente. Hubo unos meses en los que los ayuntamientos se quedaron en un vacío legal para calcular la plusvalía al anularse la metodología.
El nuevo sistema desarrollado por el Ministerio de Hacienda en el Real Decreto Ley 26/2021, de 8 de noviembre, ha provocado que la nueva plusvalía reduzca una media de entre el 30 y el 40% los ingresos de las arcas municipales por este concepto. No solo se ha declarado inconstitucional la base de cálculo existente hasta ahora, sino que se han introducido nuevos elementos que reducen la carga impositiva sobre el ciudadano que compra un bien inmueble.
Incremento del valor
De hecho, una de las razones por las que se ha reducido la recaudación de este gravamen es porque hay un nuevo supuesto de no sujeción a plusvalía para los casos en que se constate, a instancia del interesado, que no se ha producido incremento del valor catastral del suelo donde se ha construido el inmueble que se transmite.
En medio de los recursos, impugnaciones y sentencias a los que ha estado sometida la plusvalía, los ingresos para las arcas municipales se han mantenido desde 2023 con una cuantía que supone la mitad de lo que recaudaba antes de la reforma legal obligada por el Constitucional. Después de la brusca caída de la liquidación del tributo en 2022, en el año 2023 se recuperaron los ingresos en cierta manera y los ayuntamiento de la provincia oriental recaudaron 14,4 millones por plusvalía, mientras que en la provincia occidental se alcanzaron los 27, 5 millones de euros.
En los presupuestos municipales de los años siguientes la tendencia es la misma. En las cuentas de los ayuntamientos de 2024, las últimas publicadas por el Ministerio de Hacienda, los ingresos estimados por este impuesto son de 19,7 millones por los ayuntamientos de las islas orientales y de 23,9 millones por las corporaciones occidentales, lo que supone alrededor de la mitad de lo que se ingresaba antes de la reforma legal: de 81,1 millones a 43,6 millones de euros.
En el actual escenario de las tesorerías municipales la bajada de la recaudación por las plusvalías de las compra venta de inmuebles urbanos no repercute excesivamente en las arcas públicas porque los ayuntamientos se están nutriendo del buen momento en la recaudación del IGIC, cuyo 52% va para cabildos y ayuntamientos, junto a los tributos propios y los procedentes del Estado. Sin embargo, puede suponer un problema mayor cuando haya más fluctuaciones de los ingresos tributarios por futuras crisis económicas.
No obstante, los ayuntamientos han solicitado del Estado tanto una compensación económica por la caída de ingresos en torno al impuesto de plusvalía municipal como el reconocimiento de su responsabilidad patrimonial por este asunto al no modificar la legislación cuando los tribunales estaban avisando de que la base imponible que se calculaba antes era inconstitucional.
La subida prevista en 2025 quedó sin efecto
En diciembre de 2024 el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 9/2024 que modificaba los coeficientes máximos aplicables al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, utilizando el método objetivo. Esta actualización suponía un fuerte incremento en el tributo, lo que generó preocupación entre los contribuyentes. Sin embargo, esta subida no llegó a entrar en vigor ya que el decreto ley no fue convalidado en el Congreso de los Diputados.
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