Empleo público

Unos 25.000 funcionarios, jueces y médicos podrán jubilarse con 72 años

La reforma de la Ley de Función Pública contempla alargar la vida laboral y también la jubilación parcial para garantizar el traspaso del conocimiento

Reciente concentración de médicos en Tenerife en protesta por la reforma del estatuto del personal facultativo.

Reciente concentración de médicos en Tenerife en protesta por la reforma del estatuto del personal facultativo. / EUROPA PRESS

Las Palmas de Gran Canaria

Unos 25.000 jueces, médicos, docentes universitarios y funcionarios que desarrollan su labor en Canarias podrán beneficiarse de las nuevas medidas de jubilación de los empleados públicos que el Gobierno central plantea introducir en la reforma de la Ley de Función Pública. Entre las enmiendas que se han presentado figura la ampliación en dos años de la jubilación forzosa, lo que supone que aquellos que lo deseen podrán seguir trabajando hasta los 72 años en vez de los 70 actuales.

Por otro lado, vuelve a regularse la jubilación parcial, una modalidad de retiro a la que pueden acogerse los trabajadores del sector privado e incluso el personal laboral que trabaja para la Administración, pero no así para los funcionarios de carrera, por lo que a este colectivo le permitiría compatibilizar su labor a tiempo parcial con el cobro de parte de la pensión.

En Canarias trabajan actualmente cerca de 300 jueces y magistrados, más de 3.000 docentes en las dos universidades públicas y hay unos 13.000 médicos colegiados. Actualmente, la jubilación o retiro forzoso de los funcionarios públicos se declara de oficio al cumplir 65 años de edad, con las excepciones de los cuerpos docentes universitarios que es a los 70 años, pudiendo optar por jubilarse a la finalización del curso académico en que hubieran cumplido dicha edad, y los magistrados, jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia que se pueden jubilar también a los 70 años.

Con esta nueva medida no solo estos cuerpos pueden ampliar la actividad laboral hasta los 72 años, sino que también los funcionarios de la Administración y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella podrán optar por la prolongación del servicio activo. En el caso de los médicos también supone que puedan ampliar su actividad laboral hasta esa edad.

En una primera fase los dos tipos de jubilaciones afectan directamente a los funcionarios que trabajan para la Administración del Estado. Después las comunidades autónomas las trasladarán a su legislación de Función Pública. En el caso de la Administración General de la Comunidad Autónoma hay unos 8.000 funcionarios que potencialmente podrían acogerse a estas modalidades de jubilación.

El retiro masivo de empleados públicos que se prevé en los próximos años por la jubilación de la generación boomer ha puesto sobre la mesa la necesidad de aprobar medidas para dar tiempo a traspasar el conocimiento acumulado de los que están a punto de retirarse a los que entran para que no se produzca un corte abrupto en la Administración, en el sector sanitario o en las universidades.

Por ello no solo se contempla la opción de que estos profesionales cualificados puedan retirarse más tarde si así lo solicitan, sino que se retoma la posibilidad de que los funcionarios de carrera puedan acogerse a la jubilación parcial de tal forma que combinarían la pensión con el trabajo hasta completar las cotizaciones. Las vacantes las irán ocupando progresivamente nuevo personal que suplirá las horas que no haga el jubilado parcial y que, por primera vez, tendrá que ser también funcionario de carrera.

Las últimas cifras ofrecidas desde la Dirección General de Función Pública evidencian que en tres años se jubilarán 800 funcionarios de la Administración General y que en una década se retirará hasta el 40% de la plantilla, mientras que los procesos selectivos que se convocan no son suficientes para ocupar las vacantes y que no se pierda la experiencia acumulada por estos profesionales.

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