Función Pública

Madrid y Canarias chocan en la regulación del empleo público

El Estado discrepa sobre el decreto ley autonómico porque considera que invade sus competencias de la legislación básica

Protesta de docentes interinos ante la sede de la Consejería de Educación en la capital grancanaria.

Protesta de docentes interinos ante la sede de la Consejería de Educación en la capital grancanaria. / Andrés Cruz

El Gobierno central discrepa de cuatro artículos y una disposición del decreto ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público aprobado por el pacto CC-PP. El Estado considera que en algunos de los contenidos de estos artículos la Comunidad Autónoma invade las competencias estatales de la legislación básica en materia de función pública que le corresponde, por lo que ve visos de inconstitucionalidad que tendrán que ser negociados entre ambas partes. Los reparos del Estado se centran en las delimitaciones impuestas por el Ejecutivo canario para el nombramiento del personal funcionario interino, las reglas para la contratación derivada de los procesos de estabilización, la permanencia en el servicio activo de los empleados públicos y las nuevas especialidades de igualdad de género y jurídica de la escala de los administradores generales.

Las administraciones públicas apuran los plazos incluidos en la ley estatal de 2021 para estabilizar a miles de empleados interinos que llevan años en abuso de temporalidad, con el fin de reducir la tasa de interinidad y evitar las sanciones de la Unión Europea (UE). La normativa pone como límite el próximo 31 de diciembre y uno de los objetivos que pretende el Gobierno regional con este decreto es poner coto a futuras interinidades para evitar repetir las elevadas cifras de temporalidad en la Administración. Sin embargo, el Gobierno central estima que la Comunidad Autónoma se extralimita en sus atribuciones. 

Recientemente se convocó la comisión bilateral de cooperación Estado-Canarias para analizar las discrepancias y se acordó iniciar las negociaciones entre ambos gobiernos en relación con los artículos 47, 50, 51 y 52 y la disposición transitoria primera del decreto ley autonómico. Con este fin, se ha designado a un grupo de trabajo que tendrá que proponer una solución y elevarla a la comisión bilateral de cooperación. El Tribunal Constitucional ha sido informado de estas negociaciones como prevé la ley, ya que es el paso previo al recurso de inconstitucionalidad en el caso de que no haya acuerdo.

El nombramiento de nuevo personal interino y la permanencia en el servicio activo, entre las diferencias

En el artículo 47, se regula la delimitación de la duración máxima del nombramiento de personal funcionario interino. Alude a que los interinos acogidos a la ejecución de programas de carácter temporal podrán prorrogar su trabajo si se prolongase el programa más allá de lo inicialmente previsto. La legislación básica del Estado establece que el periodo máximo de contratación de este tipo de personal es de cuatro años como máximo, si bien con la redacción del decreto ley este plazo podría ser superado.

En el artículo 50 se establecen las reglas para la contratación de empleados por la Administración una vez superados los procesos de estabilización, de tal forma que los interesados tendrán que elegir una plaza determinada en el caso de que se hayan presentado en más de un cuerpo o especialidad. La exclusión de otras convocatorias o puestos donde hayan desempeñado labores profesionales no dan derecho a compensación o indemnización económica. La legislación básica del Estado defiende el acceso en condiciones de igualdad al empleo público.

En el artículo 51 se obliga a los que empleados que hayan estabilizado su puesto como funcionario de carrera o personal laboral fijo a permanecer en su plaza un mínimo de dos años, por lo que no podrán pedir excedencia durante este periodo. El artículo 52 tiene un contenido similar, pero haciendo referencia a los funcionarios que superen unas oposiciones de turno libre o de promoción interna, que tendrán que permanece obligatoriamente durante dos años en sus puestos «a fin de garantizar el efectivo desempeño del puesto y evitar la cobertura temporal de éste», según el texto del decreto ley. 

Discrepancias «normales»

La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas considera dentro de lo «normal» que el Estado manifieste discrepancias y disparidad de criterios cuando se trata de asuntos donde el Gobierno central tiene también competencias. En los próximos días, el grupo de trabajo iniciará los contactos con la idea de que los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma defiendan los criterios del decreto ley a fin de alcanzar un acuerdo de interpretación del texto. Sin embargo, también es algo habitual que finalmente se modifique alguno de los contenidos de los preceptos donde hay discrepancias con el fin de evitar la impugnación de la norma ante el Tribunal Constitucional. 

El Ejecutivo regional espera que haya acuerdo para evitar la impugnación ante el Tribunal Constitucional

Junto al decreto ley de medidas urgentes sobre el empleo público, la comisión bilateral también abordó las discrepancias del Estado en los dos decretos leyes para la reconstrucción de la isla de La Palma después de la erupción volcánica, tanto en materia de vivienda como en lo referido al desarrollo del sector primario. El Gobierno central cuestiona cinco artículos y dos disposiciones adicionales del decreto de reconstrucción de La Palma en materia de vivienda, y cuatro artículos y una disposición adicional del relativo al ámbito agrario. En estos casos, también se han constituido sendos grupos de trabajo para resolver las discrepancias.  

Las diferencias surgidas desde la Administración estatal hacen referencia al lugar donde se llevarán a cabo las actuaciones, a la declaración de interés general de las mismas, a la ausencia de evaluación ambiental, a las personas beneficiarias, a la forma de adjudicación de las viviendas protegidas que se construyan, así como a la adquisición de inmuebles en el Valle de Aridane de forma directa por el Instituto Canario de la Vivienda. 

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