Consejo de Gobierno

El Gobierno endurece los criterios para que sus empleados accedan al teletrabajo

El Ejecutivo exigirá controles del rendimiento, un plan personal de trabajo y cumplimiento de objetivos. Solo el 5% de la plantilla de la Administración se podrá acoger a esta modalidad laboral

Imagen del Consejo de Gobierno celebrado en la capital grancanaria.

Imagen del Consejo de Gobierno celebrado en la capital grancanaria. / E. D.

La Administración autonómica no se lo va a poner fácil a aquellos empleados públicos que soliciten teletrabajar. El decreto aprobado este jueves por el Consejo de Gobierno establece una serie de exigencias, planes y controles para realizar esta modalidad laboral, con el fin de determinar el rendimiento y los objetivos que se deben cumplir en el trabajo a distancia. El Ejecutivo calcula en poco más de 3.000 los trabajadores cuyos puestos permiten el teletrabajo, apenas el 5% de la plantilla total de la Comunidad Autónoma.

El Ejecutivo cumple con un retraso de tres años la legislación estatal y autonómica en la que se permite el teletrabajo en las administraciones públicas. Hasta ahora la regulación venía condicionada por la pandemia, que obligó a la práctica totalidad de los empleados públicos a trabajar desde sus casas, y a partir de ahora entra en vigor la nueva normativa en la que se establecen una serie de requisitos de carácter personal, organizativos y tecnológicos para poder acogerse a esta modalidad. La aplicación será gradual para evaluar el desarrollo y la organización del trabajo, de tal forma que será un día a la semana durante los primeros seis primeros meses; dos días, en el segundo semestre, y tres a partir del año de aplicación. Quienes estén desempeñando actualmente su labor a distancia perderán la autorización dada durante la pandemia en tres meses, y tendrán ese plazo para pedirla de nuevo con arreglo al nuevo sistema, precisó tras el Consejo de Gobierno el portavoz y consejero de Administraciones Públicas, Julio Pérez.

La nueva regulación recoge que el puesto de trabajo debe disponer de un sistema de objetivos e indicadores, o bien de un plan personal de trabajo, elaborado por el responsable del servicio, que permitan el control y la evaluación del rendimiento del empleado que no esté presente físicamente. Del mismo modo, el domicilio debe disponer de una serie de características, definidas en el decreto, para hacer posible ejercer la labor estipulada. Julio Pérez puntualizó que el teletrabajo no se dará de forma "automática" y que será "reversible" en función del mayor o menor cumplimiento de la evaluación por objetivos. El consejero admitió que la implantación del nuevo sistema "obligará a mejorar la coordinación" en la Administración.

Conocimientos suficientes

Otros requisitos son también la exigencia de tener los conocimientos teóricos y prácticos suficientes en la utilización de las tecnologías de la información y comunicación para el desempeño de la actividad profesional y los conocimientos necesarios sobre los procedimientos de trabajo para no requerir una supervisión directa continua. Tras el informe del Consejo Consultivo el Ejecutivo ha introducido algunas correcciones en el texto del decreto con el fin de aclarar que el teletrabajo no es una situación indefinida y que puede ser revocada si el responsable del servicio considera que el empleado que trabaja en remoto no cumple con el plan personal de trabajo y el rendimiento adecuado.

Pérez aclaró que los requisitos que se les exige a los funcionarios que trabajan a distancia también se les pide a los que acuden de forma presencial a su puesto y negó que se mantengan las discrepancias que habían en el seno del Ejecutivo sobre la implantación del teletrabajo, procedentes sobre todo de Nueva Canarias (NC) y ASG. Los sindicatos habían exigido que el decreto se aprobara antes de finalizar la legislatura y que el texto no fuera modificado en profundidad porque, en caso contrario, habría que negociarlo de nuevo.

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