Seguridad
Fin a la estatura mínima y al peso máximo para ser policía local en Canarias
El nuevo reglamento para el acceso al cuerpo suprime la entrevista personal y la prueba de idiomas será voluntaria y no eliminatoria | El texto se ha negociado durante dos años

Agentes de la Policía Local en la capital grancanaria. / Andrés Cruz
El nuevo reglamento que regula los procedimientos de acceso, selección y promoción de los futuros efectivos de las policías locales de Canarias no exige estatura ni índice de corpulencia máxima ni mínima, elimina la entrevista personal de los requisitos y la prueba de idiomas será voluntaria y no eliminatoria. Después de dos años de negociaciones entre el Gobierno regional, los ayuntamientos, las asociaciones de jefes y los sindicatos se ha alcanzado un acuerdo para sacar adelante la disposición y homologar el acceso a los cuerpos policiales municipales con el resto de las fuerzas de seguridad. Algunos de los cambios introducidos son sustanciales con respecto al primer texto que se propuso por el Ejecutivo con el fin de flexibilizar algunos de los criterios de selección, agilizar los procesos selectivos y facilitar la movilidad de los agentes.
Los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado y la Policía Canaria ya habían eliminado la estatura como requisito para poder realizar las pruebas de acceso. En el reglamento pactado para las policías locales se recoge que "no será exigible estatura, ni índice de corpulencia, mínima ni máxima", además de que estas dos condiciones no pueden usarse "para justificar no poseer las condiciones físicas necesarias para poder superar todas las pruebas físicas incluidas en la convocatoria y las bases para el ingreso en la policía local".
El orden que se establece en la fase de oposición coloca en primer lugar a las pruebas físicas, después las pruebas psicotécnicas, en tercer lugar la prueba de conocimiento y de idiomas y, por último, el reconocimiento médico. Se trata de un cambio relevante ya que en el primer texto del reglamento se establecía un orden donde prevalecía la prueba de conocimiento y de idiomas y el reconocimiento médico, que ahora quedan relegados en favor de las pruebas físicas y psicotécnicas tras las negociaciones y las aportaciones realizadas en el proceso de información pública del reglamento.
Las pruebas físicas y psicotécnicas prevalecen sobre las de conocimiento y el certificado médico
El primer proyecto de reglamento recogía en el apartado de las pruebas psicotécnicas la posibilidad de realizar una entrevista personal para valorar aspectos como la socialización, la comunicación, el análisis de problemas y toma de decisiones, la capacidad de trabajo en equipo y el autocontrol emocional. En el nuevo texto se suprime este requisito y se establece que "la valoración de estas pruebas se limitará a la aptitud o no de la persona aspirante, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas que no sean consideradas aptas, cuya motivación se considerará confidencial". La decisión se tomará por personal asesor formado por tres profesionales de la psicología, que actuarán colegiadamente.
Conocimientos
En el ámbito de los conocimientos la prueba de idiomas será voluntaria y no eliminatoria y solo podrá aportar hasta un máximo del 15% de la puntuación máxima prevista en el resto de las pruebas de conocimiento. Las bases de la convocatoria establecería los idiomas de los que se pueden examinar aquellos opositores que lo deseen y que sean los adecuados en función del municipio al que se presenten.
La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Canarias debatió el texto tras un trabajo realizado a lo largo de los dos últimos años "para alcanzar un texto actualizado, técnicamente operable por parte de los técnicos municipales, huyendo, para ello, de complejidades innecesarias y carentes de eficacia", según destacó ayer la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad. Según el departamento que dirige Julio Pérez "entre las cuestiones a destacar dentro del texto del Reglamento -así se hace constar en el preámbulo del proyecto de decreto- está que se han ampliado las exigencias específicas de una estatura o índice de corpulencia determinado, siguiendo la tónica general del resto de normativa de las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, entendiendo que la superación de las pruebas físicas es el único criterio objetivo que puede limitar el acceso a la policía local".
El nuevo reglamento consolida el procedimiento ya iniciado para que los ayuntamientos puedan delegar en la Comunidad Autónoma la organización de los procesos selectivos y las pruebas a realizar por los aspirantes a policías locales. Las corporaciones municipales pueden delegar los actos de convocatoria y aprobación de las bases, el cobro de tasas, la selección y nombramiento del Tribunal de selección o Comisión de Evaluación, el desarrollo de las pruebas, la valoración de méritos y la propuesta de aprobados para su nombramiento como personal funcionario en prácticas.
Los ayuntamientos podrán delegar en el Ejecutivo la organización de los procesos selectivos
En relación con la movilidad, el reglamento facilita que los agentes de las policías locales puedan moverse a otros municipios si las plazas son de la misma categoría y escala y si tienen una antigüedad mínima de dos años. Los ayuntamientos podrán convocar anualmente hasta un máximo del 20% de los puestos vacantes de su policía local mediante concurso de traslado.
Una vez pasado el trámite de la Comisión de Coordinación el reglamento tendrá que ir a la Comisión de la Función Pública Canaria para que el Consejo de Gobierno apruebe el proyecto de decreto. Los servicios jurídicos autonómicos y el Consejo Consultivo tendrán que dar su conformidad para que el Ejecutivo regional lo apruebe definitivamente, algo que no sucederá al menos hasta los últimos meses del año, ya con el nuevo Gobierno.
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