Tribunales | La Justicia libera de toda responsabilidad penal al expresidente de Canarias

El Supremo archiva la denuncia contra Fernando Clavijo del ‘caso Reparos’

Descarta indicios de prevaricación en la gestión del líder de CC cuando fue alcalde de La Laguna

Fernando Clavijo, líder de Coalición Canaria, durante una comparecencia en el Senado.

Fernando Clavijo, líder de Coalición Canaria, durante una comparecencia en el Senado. / EFE

Daniel Millet

Daniel Millet

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo archiva la denuncia contra Fernando Clavijo, senador por la Comunidad Autónoma y líder de Coalición Canaria, del caso Reparos. Los cinco magistrados de la Sala –Manuel Marchena, presidente, así como Antonio del Moral, Andrés Palomo, Pablo Llarena y Javier Hernández– descartan que Clavijo cometiera delito alguno al levantar los reparos del interventor a la prórroga de contratos municipales entre 2011 y 2014, firmados por el político nacionalista cuando era alcalde de La Laguna (de 2008 a 2015) para garantizar la continuidad de servicios fundamentales para el Ayuntamiento lagunero.

Es la segunda denuncia presentada por el mismo adversario político, Santiago Pérez, que ha regresado al PSOE, contra la gestión de Clavijo en el Ayuntamiento de La Laguna que archiva el Tribunal Supremo sin ni siquiera llegar a juicio. En junio de 2020, el alto tribunal descarta irregularidades de Clavijo en otro procedimiento, el caso Grúas, relacionado con la privatización del servicio de recogida de vehículos de las calles del municipio universitario. En ambos casos actuó en representación del ministerio público María Farnés, fiscal superior de Canarias desde el 21 de octubre de 2022, que llevó la acusación de los casos Reparos y Grúas como delegada de la Fiscalía Anticorrupción y que defendió la existencia de indicios de ilegalidades. Estos dos archivos liberan a Clavijo de investigaciones judiciales.

El sobreseimiento de estas causas pone fin a un enredo judicial de cinco años que ha provocado «graves perjuicios en lo personal y lo político» a Fernando Clavijo, tal y como subrayó ayer el candidato de CC a las elecciones del próximo 28 de mayo a la Presidencia del Gobierno de Canarias. Estas pesquisas judiciales se desarrollaron con posterioridad a sus cargos como concejal y alcalde de La Laguna, cuando fue presidente del Gobierno de Canarias (de 2015 a 2019) y en su actual cargo de senador por la Comunidad Autónoma. Al estar aforado por el ejercicio de estas responsabilidades, como manda el ordenamiento jurídico, fue el Tribunal Supremo el órgano judicial encargado de decidir si había indicios para investigarlo. En ninguno de los dos procedimientos, el alto tribunal encontró hechos que puedan suponer delitos.

Procedimiento enrevesado

El archivo de esta pieza separada del caso Reparos fue comunicado ayer por el Supremo tras un procedimiento enrevesado que se ha extendido más de cinco años, tiempo durante el cual Fernando Clavijo se ha quejado de desconocer su verdadera situación procesal, pues solo el Supremo tenía competencias para llamarlo a declarar como investigado. El alto tribunal da carpetazo sin necesidad de llegar a este extremo. Los cinco magistrados descartan que Clavijo cometiera el delito de prevaricación continuada que le atribuían María Farnés y Santiago Pérez.

La pieza separada de Clavijo fue remitida al Tribunal Supremo el 21 de junio de 2022 por el Juzgado de Instrucción Número 4 de La Laguna, que instruye la causa general del caso Reparos. Esta continúa su curso en el mencionado tribunal contra otros responsables municipales que también levantaron objeciones del interventor para prorrogar contratos o que participaron en estas decisiones. Permanecen como investigados, en una causa que instruye la jueza Ana Serrano-Jover, nueve cargos por presunta prevaricación: otro exalcalde de La Laguna por CC, José Alberto Díaz, cinco exediles del Gobierno lagunero –Atteneri Falero, Aymara Calero, Agustín Hernández (CC), Javier Abreu y Mónica Martín (PSOE)– y tres funcionarios –Asier Amador, Rosa García y Carlos Gómez–. El archivo de la pieza separada de Clavijo por parte del Supremo les abre a todos ellos la puerta a pedir también el sobreseimiento. Ayer confirmaron que lo van a hacer José Alberto Díaz y Javier Abreu.

En el proceso a Fernando Clavijo, los miembros de la Sala de lo Penal del Supremo rechazan que el nacionalista persiguiera intereses ilegítimos o espurios al levantar los reparos del interventor, uno de los principales fiscalizadores de la actividad municipal, a la hora de prorrogar contratos de servicios esenciales, como la conservación del alumbrado público, la ayuda a domicilio a personas dependientes, el mantenimiento de jardines o el arrendamiento de vehículos a órganos municipales como la Policía Local. Además, el levantamiento de reparos es una prerrogativa que pueden adoptar los responsables municipales precisamente para garantizar la prestación de este tipo de servicios públicos indispensables. Los magistrados aclaran que la explicación más razonable para estas decisiones es «el simple intento de subsanar o paliar las deficiencias de una administración desbordada o mal organizada».

Los cinco jueces del Supremo recuerdan, en el auto por el que sobreseen la parte del caso Reparos que afecta a Fernando Clavijo, que para que haya delito de prevaricación administrativa –autoridad o funcionario público que dicta una resolución a sabiendas de su injusticia– «se requiere que la resolución sea arbitraria, es decir, que roce lo groseramente ilegal por responder al mero capricho o voluntarismo de quien la dicta, a quien no importa su mayor o menor ajuste a una legalidad que desprecia».

Argumentos del Supremo

La Sala de lo Penal rechaza esta conducta en las resoluciones de Fernando Clavijo cuando fue alcalde de La Laguna. «Pueden ser irregulares, pero no groseramente ilegales o dictadas por intereses ajenos a los públicos o generales de una corporación y con desdén o indiferencia frente a la legalidad», matizan los magistrados, que concluyen: «Una decisión totalmente apartada del ordenamiento es prevaricación. Una resolución defendible de alguna forma y no arbitraria en el sentido de ser adoptada con cierta base y finalidades reconocibles y legítimas, aunque incurra en alguna irregularidad, no es prevaricación. Y la suma de muchas resoluciones de este tipo no las transforma en prevaricación».

El Supremo acepta los argumentos de los abogados que defienden a Fernando Clavijo, José Antonio Choclán y Javier Velasco, que argumentaron que el levantamiento de reparos es un derecho que tienen los responsables municipales para garantizar la prestación de servicios públicos esenciales y que estas prórrogas, a través de más de un centenar de decretos para el levantamiento de las objeciones del interventor, se ajustaron a ese espíritu y a la ley, mientras se resolvía la licitación de los concursos.

La defensa de Clavijo

Los integrantes del bufete de abogados Choclán aclararon que todas las prórrogas de los contratos estuvieron motivadas y justificadas por la necesidad de la continuidad de los servicios y se adoptaron sin perjudicar los intereses públicos del Ayuntamiento de La Laguna. También expusieron que influyeron en estas decisiones las medidas financieras de ajuste ordenadas por el Gobierno nacional en 2012, como consecuencia de la crisis, y la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local de 2013, que obligó a modificar muchas contrataciones a las administraciones locales. Ante esta resolución del Supremo solo cabe recurso de súplica a interponer en el plazo de tres días ante la misma Sala del Tribunal Supremo.

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Enero de 2018

Primera denuncia

Santiago Pérez, concejal de Nueva Canarias-XTF en el Ayuntamiento de La Laguna, presenta en enero de 2018 la primera denuncia contra los gobiernos laguneros liderados por CC por presuntas irregularidades en la prórroga de decenas de contratos municipales gracias al levantamiento de los reparos del interventor, uno de los principales fiscalizadores de la actividad municipal. Se le llama el caso Reparos. Un año antes, Pérez había presentado otra denuncia contra los gobiernos laguneros de CC, el caso Grúas. 

12 de febrero de 2018

Se abre la causa judicial

Ana Serrano-Jover, jueza del Juzgado de Instrucción Número 4 de La Laguna, abre la causa el 12 de febrero de 2018. Tanto los denunciantes como la fiscal de Anticorrupción en la provincia tinerfeña, María Farnés, observan indicios del delito continuado de prevaricación en más de un centenar de decretos de los responsables del Ayuntamiento lagunero en los que levantan los reparos del interventor para prorrogar contratos de servicios esenciales ya vencidos.

22 de septiembre de 2020

Empiezan las declaraciones

El 22 de septiembre de 2020 comienzan las declaraciones judiciales de los 9 investigados. Entre ellos no está el exalcalde de La Laguna Fernando Clavijo por CC, cuyo caso debe pasar al Tribunal Supremo al estar aforado como senador. Clavijo permanece en una especie de limbo judicial, sin saber cuándo podrá defenderse. Los llamados a declarar son otro exalcalde de La Laguna por CC, José Alberto Díaz; cinco exediles –Atteneri Falero, Aymara Calero, Agustín Hernández (CC), Javier Abreu y Mónica Martín (PSOE)– y tres funcionarios –Asier Amador, Rosa García y Carlos Gómez–. Aún siguen imputados por prevaricación.  

5 de noviembre de 2020

El denunciante denunciado

La fiscal María Farnés pide que se investigue a uno de los denunciantes del caso Reparos, Santiago Pérez, por presunto delito contra la administración de la justicia, al asegurar Javier Abreu ante la jueza que Pérez lo presionó para que «se portara bien» en su declaración a cambio de quedar fuera de la lista de imputados. El juez César Romero-Pamparacuatro, del Juzgado de Instrucción 1 de La Laguna, archiva la denuncia al no hallar irregularidades en junio de 2021.  

21 de junio de 2022

La pieza separada

La jueza Ana Serrano-Jover envía la pieza separada del caso Reparos, que afecta a Fernando Clavijo, al Tribunal Supremo.

8 de febrero de 2023

Archivo del Supremo

Ayer, 8 de febrero de 2023, el Tribunal Supremo archiva la pieza separada de Fernando Clavijo al no observar ningún indicio de delito en el líder de Coalición Canaria.

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