La aplicación de la Ley de Cadena Alimentaria camina a paso de tortuga. La lentitud en la puesta en marcha de la norma estatal en Canarias ha generado el malestar de los agricultores que creen que la consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca, Alicia Vanoostende, está haciendo una gestión pésima en desarrollar esta ley esencial para el sector, pues es una herramienta para cubrir los costes de producción. Han pasado dos años desde que se modificó la Ley en las Cortes y Canarias sigue sin aplicarla en su plenitud pese a las protestas de los agricultores y ganaderos.
El Consejo de Gobierno propone que la Viceconsejería del Sector Primario controle la directiva
Según la consejera, arrancar la norma «tiene mucha inercia», es decir, la puesta en marcha de la norma es costosa, pero considera que se ha avanzado bastante con la Ley de Cadena Alimentaria con respecto al año pasado. Afirma que hay ya un equipo formado para aplicar la norma que se «ha ido Cataluña» para ver cómo se desarrolla allí. Además, la Consejería está trabajando en el plan de este año, para realizar las visitas y las inspecciones que se empezaron a efectuar poco a poco el año pasado. Asimismo, han publicado los costes de producción de «muchos productos que están en la página de la consejería», expone, y han puesto en marcha una herramienta para que los ganaderos puedan calcular sus costes. Pero tanto para la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores de Canarias (COAG) como para la Asociación de Agricultores y Ganaderos (Asaga -Canarias-Asaja), la Ley de Cadena Alimentaria en dos años, tras su modificación, no ha experimentado prácticamente avances en las Islas. Y para ellos, esta herramienta es crucial.
El Consejo de Gobierno de ayer dio un paso importante pero tardío en el desarrollo de esta norma. El Ejecutivo propuso que la Viceconsejería del Sector Primario sea la autoridad competente para el cumplimiento de la normativa, una propuesta que elevó al Consejo Consultivo para su dictamen. Por tanto, será la Viceconsejería la que llevará a cabo el control necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Cadena Alimentaria, que tiene por objeto las relaciones comerciales que se produzcan entre los operadores que intervienen en la cadena alimentaria, desde la producción a la distribución de productos agrícolas o alimentarios.
Los funcionarios acreditados tendrán la condición de agentes de la autoridad
Las actuaciones de control tendrán como objetivos el examen, comprobación e investigación de las obligaciones impuestas a los operadores de la cadena alimentaria por la Ley, así como la determinación de la comisión de posibles infracciones en materia de contratación alimentaria tipificadas en la misma norma que pudieran dar lugar al correspondiente procedimiento sancionador. Dichas actuaciones se llevarán a cabo por personal funcionario debidamente acreditado por la autoridad de ejecución, que tendrán la condición de agentes de la autoridad.
El personal funcionario podrá acceder a cualquier local, terreno, instalación o medio de transporte utilizado por las personas operadoras sometidas a control; verificar las existencias de sus almacenes, los productos obtenidos, los procesos que aplican y las instalaciones, maquinaria y equipos utilizados; acceder a los libros y documentos relativos a la actividad; retener por un plazo máximo de cinco días los libros o documentos mencionados; precintar almacenes, instalaciones, vehículos, libros o documentos y demás bienes de la entidad durante el tiempo y en la medida que sea necesario para llevar a cabo el control; y levantar acta en la que se reflejen las actuaciones realizadas, la información requerida y la obtenida y los hechos constatados, entre otras competencias.