Autorizan la indemnización a un acusado en Tenerife por error en el 'caso Palmer'

Jordi Gallart reclama compensación por los daños causados durante varios años al estar vinculado a la trama, entre ellos el veto a la alcadía de Arona en 2019

Varios acusados del 'caso Palmer' durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional.

Varios acusados del 'caso Palmer' durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional. / El Día

La Audiencia Nacional ha autorizado que se indemnice con 66.500 euros a Jordi Gallart, miembro de Izquierda Unida Canaria (IUC) que se iba a presentar en las listas de la confluencia de esta formación política junto con Sí Se Puede y Podemos en las elecciones de 2019 al Ayuntamiento de Arona y fue vetado por haber estado implicado durante 16 años de forma errónea con el 'caso Palmer'.

Esta trama se centraba en la supuesta comisión continuada de los delitos de asociación ilícita, tenencia ilícita de armas, blanqueo de capitales relacionada con el negocio del time-sharing en el sur de Tenerife, de la que el candidato de IUC quedó absuelto.

A continuación Gallart presentó una reclamación patrimonial por casi un millón de euros apelando a los daños que le causó permanecer en 2002 en prisión provisional durante 108 días, más otros tres de detención hasta que quedó libre tras presentar una fianza pero tener que comparecer cada semana al Juzgado.

El juicio tuvo lugar a principios de 2019 y durante el mismo el Ministerio Fiscal retiró la acusación contra Gallart al demostrarse que no tenía vinculación alguna con esta causa.

En total el exacusado pidió la indemnización apelando tanto por el tiempo que estuvo en cárcel como por tener que comparecer durante 16 años y 16 semanas un total de 848 veces en los Juzgados.

Los perjuicios ocasionados que alegó fueron la necesidad de vender su vivienda tasada en 457.800 euros, por un precio de 250.000 euros y pedir un préstamo hipotecario de 200.000 euros poniendo como garantía el inmueble. Todo ello dado que tras perder el trabajo y no poder hacer frente a las cuotas hipotecarias se vio obligado a deshacerse de la casa por un precio muy inferior al que había sido tasada.

Cuando ingresó en prisión ejercía como director general de un hotel del Sur en el que ganaba más de ocho mil euros mensuales, pero tras ser vinculado a esta trama no sólo perdió el puesto de trabajo sino que no pudo volver a ejercer un cargo similar por la falta de crédito y reputación ocasionada.

El recurrente estuvo en situación de desempleo desde 2002 a 2004 y desde 2005 a 2016, sus hijos tuvieron que dejar un colegio privado para matricularse en uno público, el mayor bajó sensiblemente el rendimiento escolar y fueron excluidos de actividades sociales por su implicación en esta trama.

Gallart cita también entre los perjuicios soportados que no pudo concurrir como número tres en la lista de la confluencia de izquierdas al Ayuntamiento de Arona, dado el veto que sufrió por parte de los demás socios.

En consecuencia, reclamó ante el Ministerio de Justicia 208.000 euros por el dinero perdido en la venta de su vivienda, 250.000 por lo que dejó de ingresar durante los 111 días de estancia en prisión, otros 192.500 que tampoco pudo percibir tras su puesta en libertad condicional, y 150.000 en cotizaciones a la Seguridad Social debido al estigma que provocó su estancia en prisión.

Reclamó también 85.000 euros por las 848 comparecencias semanales en el Juzgado y 300.000 euros por daños morales y no haber podido concurrir a las elecciones municipales, y en definitiva por todas las consecuencias que este caso le acarreó durante casi 16 años como fueron el fin de su carrera profesional, humillación y deshonra.

El Abogado del Estado sólo estaba dispuesto a conceder una indemnización de 3.000 euros tomando como referencia otros casos similares y considerar que la pérdida de honorabilidad está incluida en los daños morales.

En cuanto a la venta de la vivienda o cambio de colegio de los hijos, se indica que fueron realizados por su propia voluntad y no se encuentra una relación causal, sino que "como mucho habría que vincularla al funcionamiento anormal, no a la prisión".

Sobre las ganancias que dejó de percibir, el abogado estima que no se aportaron suficientes pruebas, no resultan indemnizables la falta de cotizaciones y las comparecencias son consideradas "daños que se tiene el deber de soportar".

Derecho

En sentido contrario se ha pronunciado la Audiencia Nacional desde donde se considera que el reclamante tiene derecho a recibir una compensación al encontrarse ante uno de los supuestos que recoge la ley para los casos en los que una persona sufre las consecuencias de haber sido acusado falsamente y haber permanecido en prisión.

Uno de los aspectos que se tienen en cuenta es el deshonor causado y las limitaciones que aparejó para ocupar cargos públicos, la preocupación e impacto en el entorno personal, profesional y familiar, al ser un padre con tres hijos pequeños, y la duración de más de tres meses de la prisión preventiva.

La Audiencia reconoce, por lo tanto, el derecho a ser compensado con 5.000 euros por los daños morales, otros casi 30.000 euros y otros 31.500 más intereses, lo que suma 66.500, a cargo del Ministerio de Justicia, aunque el fallo es ahora recurrible ante el Tribunal Supremo (TS).

Su abogado José Vicente López Olano, ya anunciado la intención de presentar la apelación al considerar que la cantidad ofrecida es "raquítica" dados los daños que sufrió su cliente en cuanto a perjuicios morales, descrédito y pérdidas económicas. Exigirá que se tomen en cuenta las dilaciones indebidas, reconocidas por la propia Audiencia, ya que el proceso se alargó durante 16 años.