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El Supremo da trámite al incidente de nulidad de la causa contra Alba

El abogado del magistrado alega la vulneración del derecho a la tutela efectiva y a la defensa y denuncia que se admita grabar a un juez en su despacho

Salvador Alba en el Palacio de Justicia donde se celebró el juicio. | | ANDRÉS CRUZ

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite un incidente extraordinario de nulidad de las actuaciones contra el magistrado Salvador Alba y que dieron lugar a una sentencia que le condenó a seis años y medio de prisión y 18 de inhabilitación por prevaricación, falsedad documental y cohecho. 

En concreto, la representación legal de Alba alega que ha habido una vulneración del derecho de tutela judicial efectiva y del derecho de defensa. Esto debido a que considera que la sentencia omitió pronunciarse sobre varias «cuestiones de especial significación y trascendencia».

Entre esas omisiones cita la inexistencia de una resolución judicial que autorice la extracción de los archivos en los que aparecen las conversaciones entre el magistrado y el empresario Miguel Ángel Ramírez en lo que hablan de manipular una instrucción contra la jueza Victoria Rosell y que dieron lugar al inicio de la causa. Otro de los aspectos a los que hace referencia el incidente de nulidad presentado por Salvador Alba y admitido ahora a trámite por el Tribunal Supremo es la falta de garantías de autenticidad e integridad del archivo de audio y de su validez como medio de prueba. 

El documento recalca que, más allá de la carencia de la resolución judicial que otorgase cobertura jurídica a la extracción del archivo, tampoco realiza alguna consideración respecto a la inserción del audio en una carpeta que estuvo en un dispositivo informático anteriormente. Algo que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias reconoció «incontestable», pero que estimó «no relevante».

La defensa también argumenta que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha omitido pronunciarse sobre el hecho de que esos audios que dieron comienzo al procedimiento estuvieran editados y no fueran originales.

La representación legal reclama la suspensión de la ejecución de la sentencia

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En este contexto explica que de los tres audios, dos fueron entregados voluntariamente por el empresario, pero que el otro fue extraído por la Guardia Civil de la grabadora a requerimiento del TSJC y que, ante esto, los agentes solicitaron a la instructora del caso que dictase un auto para volcar y extraer el contenido del dispositivo, resolución que, denuncia esta parte, nunca se dictó.

El escrito sostiene que la sentencia que se trata de anular por parte del condenado omite la denuncia respecto a que la actual Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, resolviera tres recursos de reforma y suspendiese las diligencias que debía practicar el magistrado que la sustituía mientras estaba apartada del caso y las consecuencias procesales que eso traería. Y es que ante «este hecho sin precedentes», según la defensa de Alba, la Sala resolvió que pudo ser un error de la jueza pese a que la Fiscalía Provincial de Las Palmas le había «advertido» que debía «abstenerse de dictar resoluciones e intervenir en el procedimiento». 

Otra de las omisiones que la representación legal del magistrado considera que no han sido atendidas a lo largo de la causa contra su defendido hacen referencia a las declaraciones durante el juicio oral de Héctor de Armas que era «mano derecha del empresario denunciante» (Miguel Ángel Ramírez). En ese testimonio De Armas manifestaba que fue testigo de la manipulación de la grabación y destacó durante el plenario su conocimiento directo de esto. Una testifical que fue aportada por la defensa de Alba y que no fue analizada, a juicio del abogado del juez, para determinar la verosimilitud de dicho testimonio, que estima «trascendental».

Resalta, a su vez, que la sentencia no hace referencia a un «acontecimiento esencial» y es la venta de una licencia de radio que Carlos Sosa, pareja de Rosell, vendió a Miguel Ángel Ramírez mientras éste último estaba siendo investigado por ella cuando era la magistrada del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria. Se refiere a que el fallo judicial aludía a que el magistrado tenía un malévolo afán de causar perjuicio a su colega de profesión cuando éste se preocupó por las relaciones comerciales anteriormente descritas.

La Sala ha dado traslado a la Fiscalía y a las partes para que presenten sus alegaciones

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La defensa destaca que presentó documentación consistente en mensajes vía WhatsApp en los que, supuestamente, Carlos Sosa y Héctor de Armas evidencian la «connivencia» de las acusaciones particular y popular con Miguel Ángel Ramírez a la hora de fabricar esos archivos de audio. Sin embargo, los órganos judiciales no se pronuncian ante estos extremos pese a la «grave vulneración», a juicio de la defensa, de los derechos del magistrado. El escrito cree que el empresario actuó con «desprecio» hacia la independencia judicial al grabar al juez en su despacho, y que el hecho de esto sea admisible ante los tribunales significa, para la representación legal de Alba, un «ataque a la dignidad de la magistratura». 

La representación legal del juez requiere la nulidad de las actuaciones y de la expulsión de la carrera judicial, así como que se suspenda la ejecución de la sentencia hasta que haya una resolución sobre este incidente. El magistrado presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, el canario Manuel Marchena, ha resuelto dar traslado al Ministerio Fiscal y a las partes. Asimismo, pone de manifiesto que ante esta resolución cabe interponer un recurso de reposición en el plazo de tres días. 

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