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Rodríguez pide al Constitucional el escaño que le arrebató Batet

El exdiputado sostiene que la presidenta del Congreso se inventó una causa no prevista en la Ley y actuó de forma «irresponsable»

Alberto Rodríguez a su llegada tras serle retirada el acta de diputado. María Pisaca

Alberto Rodríguez no tira la toalla. El exdiputado de Podemos presentó ayer en el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de amparo contra la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de despojarle del escaño tras la condena del Tribunal Supremo (TS). Rodríguez reclama al TC que, mientras se resuelve el recurso, suspenda cautelarmente la decisión de Batet y le permita continuar como diputado. El objetivo es evitar el «perjuicio irreparable» si se le diera la razón dentro de un año y medio –plazo medio de resolución de un asunto así– con la legislatura ya prácticamente concluida.

La defensa de Rodríguez acusa a la presidenta del Parlamento de «inventarse» una sanción no prevista en el ordenamiento jurídico y de atribuirse de manera «irresponsable» una competencia «de la que carece» que ha generado una inseguridad jurídica en el tinerfeño. En el texto se llega a calificar la decisión de «unilateral, infundada y arbitraria» y se reclama la celebración de una vista pública ante el TC, algo poco habitual.

La sentencia del TS impuso a Rodríguez el 7 de octubre una pena de 45 días de cárcel (sustituida por una multa de 540 euros) e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por haber pateado a un policía durante una manifestación en La Laguna (Tenerife) en diciembre de 2014.

El exparlamentario condenado por el TS asegura que luchará «hasta el final» para que se haga justicia

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La sentencia provocó un tenso debate sobre la forma en cómo la presidenta del Congreso debía ejecutar la inhabilitación impuesta. Los servicios jurídicos de la Cámara baja interpretaron en su momento que Rodríguez no perdía la condición de diputado al haberse conmutado la pena de prisión por la multa, ni tampoco por la «inhabilitación especial para sufragio pasivo» que establece la sentencia, ya que entendían que iba vinculada a un periodo electoral y no al momento actual, en la que ya era diputado electo. Pero finalmente Batet optó por retirarle el acta tras recibir la nota aclaratoria del Tribunal Supremo en la que Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Supremo, insistía en que la pena que se le impuso por atentado a la autoridad implica su «obligada» inhabilitación. Rodríguez incluso reclamó, hace tan solo una semana, que Batet le devolviera el acta tras finalizar su condena, pero la presidenta del Congreso se mantuvo firme al rechazar la petición alegando que «aunque la pena de cárcel se haya extinguido, la inhabilitación sigue vigente».

Rodríguez acude al Constitucional porque considera que la presidenta del Congreso ha vulnerado sus derechos fundamentales, y entiende que se debe dilucidar «la proporcionalidad o desproporcionalidad» existente entre una condena de 45 días de prisión, –con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo–, y las consecuencias «extrapenales» que derivaron en la pérdida del escaño. La defensa insiste en que el TC debe estudiar si la medida tomada por Batet supone un «quebrantamiento constitucional», ya que la presidenta del Congreso no tiene entre sus potestades el privar a un miembro del Congreso de su condición de diputado. El recurso subraya que la privación del escaño resulta «más severa» y de mucho mayor duración que la pena impuesta en la jurisdicción penal, y sostienen que esto afecta a los derechos constitucionalmente garantizados a Rodríguez.

Trato discriminatorio

En el escrito dirigido al TC, los abogados de Rodríguez apuntan que en este caso se da «una diferencia de trato discriminatoria evidente por razón de la ideología y la significación política», y recuerdan que el tinerfeño era miembro del Congreso de los Diputados «en representación de más de 64.000 electores pertenecientes a una minoría como es la canaria».

El recurso de amparo de Rodríguez va más allá y en él se afirma que Batet se inventó una causa, no prevista en la Ley, para arrebatar el escaño al exdiputado de Unidas Podemos. Para ello se apoya en el artículo 6 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, sobre las causas de inelegibilidad para el cargo de diputado, que señala que no son elegibles los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad en el período que dure la pena; y los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado. La defensa utiliza este artículo para subrayar que «se trata de un precepto amplio» que regula supuestos distintos al de su representado.

La defensa concluye que el caso de Rodríguez no cumple con ningún supuesto que conlleve la pérdida de su escaño e insiste en que la de Batet fue única y exclusivamente una decisión personal.

Lo que está claro es que Rodríguez no está dispuesto a tirar la toalla fácilmente y así lo expone en una carta publicada junto al recurso de amparo. «Llegaré hasta el final y si hace falta acudiré al Tribunal Europeo de Derechos Humanos», añade. Y mientras continúa su batalla está dispuesto a enfrentarse con quien haga falta. Su último objetivo ha sido el portavoz parlamentario del PSOE, Héctor Gómez, quien rechazó públicamente la petición de Rodríguez de recuperar el escaño. El exdiputado utilizó Twitter para criticar la postura del socialista y para preguntar a Unidas Podemos si esto «quedará impune».

Con todo esto, la formación morada, y por ende la coalición de Gobierno en el Estado, cuentan desde octubre, con un escaño y un voto menos de lo que sumaron el día de la elecciones y tras el posterior pacto de legislatura.

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