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El Tribunal Supremo rechaza rectificar la condena de Alberto Rodríguez

La Mesa del Congreso y la Junta Electoral examinan si conlleva la pérdida del escaño

El diputado tinerfeño de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, en el Congreso. Europa Press

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición del diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez de rectificar su pena de mes y medio de inhabilitación y la responsabilidad civil de 50 euros por lesiones en su condena. El tribunal que juzgó al parlamentario ha dictado un auto en el que rechaza la petición de Rodríguez de aclaración de la sentencia que le condenó a un mes y 15 días de prisión, sustituido por multa de 540 euros, por un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

Rodríguez solicitaba la rectificación de lo que consideraba errores materiales en dos aspectos de la misma: la inhabilitación y la responsabilidad civil correspondiente al delito leve de lesiones. En su auto, el tribunal destaca que no procede ninguna rectificación de la pena ya que está explicado «con suficiente claridad todo lo relativo a la imposición de la pena de prisión y su accesoria», por lo que no se aprecia el error material que se alega.

Y respecto de la aclaración sobre la responsabilidad civil que la sentencia fija en 50 euros por un delito leve de lesiones del que fue absuelto, la Sala indica que la cuestión resulta perfectamente inteligible en la propia sentencia, por lo que se da por reiterada. La resolución explica que la reforma de 2015 despenalizó este delito, si bien estableció la continuación de la tramitación de las responsabilidades civiles correspondientes. Precisamente el Supremo remitió el pasado jueves al Congreso y a la Junta Electoral la sentencia a los efectos de su posible suspensión temporal o pérdida de condición de parlamentario.

Retirar el acta

El PP remitió ayer un escrito a la Mesa del Congreso en el que ha pedido que haga efectiva la sentencia que el Tribunal Supremo impuso al diputado de Unidas Podemos y proceda a retirarle el acta tras ser inhabilitado para el derecho de sufragio pasivo durante el mes y medio de prisión al que ha sido condenado.

La portavoz del Grupo Popular en la Cámara, Cuca Gamarra, defiende en el escrito el argumento del Alto Tribunal de que sustituir la pena de un mes y quince días de prisión por una multa «no afecta a la pena accesoria de la pena de prisión», es decir, a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.

El PP recuerda el concepto de inelegibilidad sobrevenida y el caso del exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña, Oriol Junqueras, quien no pudo recoger su acta de eurodiputado tras ser condenado por el Tribunal Supremo. En este sentido, la formación liderada por Pablo Casado destaca la jurisprudencia del Alto Tribunal, que en sentencia de 28 de abril de 2021 estableció que «todas las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad» lo que deriva en el cese, «de modo que aquellos, proclamados y aún elegidos, que han quedado posteriormente afectados». El propio presidente del Supremo, Carlos Lesmes, remitió la sentencia a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, y a la Junta Electoral Central (JEC) el jueves, el mismo día en que el diputado condenado informó a su vez al órgano de gobierno de la Cámara Baja que había abonado la multa de 540. El PP asegura que lo que busca Rodríguez con esa comunicación es que el órgano rector del Congreso considere cumplida la sentencia tras documentar que ha efectuado el pago de la multa que sustituye la prisión. «Se deduce claramente que el diputado de Podemos pretende maniobrar para eludir la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo que conlleva esa pena principal, pues la multa no conlleva en ningún caso inhabilitación», señala.

La Junta Electoral Central y la Mesa del Congreso deben examinar las consecuencias de la condena para determinar si conlleva la pérdida del escaño o si bastaría con una suspensión temporal de sus funciones y derechos.

Alberto Rodríguez fue condenado por dar una patada a un policía nacional en La Laguna (Tenerife) en una protesta en 2014 de rechazo a la Lomce con motivo de una visita del entonces ministro de Educación, José Ignacio Wert.

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