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Alberto Rodríguez descarta dimitir tras ser condenado por agredir a un policía

Junta Electoral estudiará la próxima semana si el diputado tinerfeño debe dejar el escaño

Alberto Rodríguez sale del Tribunal Supremo tras declarar por agresión a un policía el pasado mes de septiembre. Europa Press

Futuro político incierto para el diputado canario de Unidas Podemos Alberto Rodríguez tras conocerse ayer la sentencia del Tribunal Supremo que le condena a 45 días de cárcel e inhabilitación para cargo electo por un delito de atentado a la autoridad por agredir a un policía durante una manifestación en 2014, antes de iniciar su carrera política. Aunque el diputado tinerfeño no tendrá que cumplir prisión porque la sentencia le conmuta la pena por una multa de 450 euros, quedan por despejar las dudas sobre si los términos de la misma conlleva la pérdida de su escaño en el Congreso. En todo caso, la dirección de Podemos descarta la dimisión del diputado pese a que el código ético de la formación morada obliga a ello cuando un cargo público es condenado por sentencia firme.

El también ex secretario de Organización de Podemos, diputado en el Congreso desde 2015 y persona respetada por sus compañeros en el trabajo parlamentario, anunció tras conocer la condena judicial que recurrirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y arremetió con dureza contra el tribunal sentenciador y contra el sistema judicial español. El dirigente canario sólo se expreso a través de un breve comentario en su cuenta de Twitter, señalando que ha sido condenado «sin ninguna prueba objetiva» sobre la agresión que se le imputa y recuerda que la sentencia ha tenido «dos votos particulares demoledores en contra», en referencia a las consideraciones al respecto realizada por los dos magistrados, de los siete que componen la sala que le ha juzgado, que apostaban por la absolución. Rodríguez añade en su comentario en la citada red social que «el derecho a manifestación (es) cada vez más pequeñito y el descrédito de la justicia española cada vez mayor», sosteniendo además que en el caso de que «hubiera robado cinco millones ahora estaría absuelto».

La condena de 45 días de cárcel del Tribunal Supremo es sustituible por una multa de 450 euros

La Sala de lo Penal del TS da por buena la versión del agente de Policía Nacional que formaba parte del dispositivo de seguridad el día de la manifestación contra la Lomce en la que ocurrieron los hechos mientras el entonces ministro de Educación, José Ignacio Wert, visitaba La Laguna. Los disturbios se produjeron en la puerta de la catedral cuando varios manifestantes quitaron las vallas de seguridad y se enfrentaron a los agentes antidisturbios. El Supremo entiende que Rodríguez sí estaba en esos disturbios y que pegó una patada al agente, mientras que el diputado negó en el juicio haber estado en el lugar de los incidentes en ese instante.

El tribunal sentenciador deberá ahora trasladar a la Junta Electoral Central el auto para que aplique la condena, pero distintas fuentes jurídicas y parlamentarias consultadas señalan que hay muchas dudas sobre el efecto práctico de la misma, entre otras cosas porque es la primera vez que una inhabilitación parcial afecta de esta manera a un miembro de la Cámara. Fuentes de la Junta Electoral confirman que el órgano se reunirá en cuanto le llegue la comunicación del Supremo, probablemente la próxima semana, y que deberán analizar si la condena está sometida a la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, o simplemente al Reglamento de la Cámara.

Diferencias de criterio

La inhabilitación para ejercer el sufragio pasivo a que se refiere la condena abre la puerta a que tenga que dejar su acta de diputado en el Congreso por Santa Cruz de Tenerife. En la Sala de lo Penal entienden que incurre en inelegibilidad sobrevenida, pero el artículo 21.2 del Reglamento del Congreso que le será aplicable en el ámbito parlamentario únicamente especifica que «el Diputado quedará suspendido en sus derechos, prerrogativas y deberes parlamentarios cuando una sentencia firme condenatoria lo comporte o cuando su cumplimiento implique la imposibilidad de ejercer la función parlamentaria». No podrá por tanto ni votar, ni desarrollar su actividad como diputado durante los 45 días establecidos en la condena, pero no queda claro si eso conlleva la pérdida de la condición de diputado, algo que, en todo caso, sería de manera definitiva y tendría que procederse a su sustitución por otra persona de la lista en la que Rodríguez resulto elegido en las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019. La Junta Electoral Central deberá decidir a qué tipo jurídico es aplicable la sentencia.

El dirigente morado anuncia que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

En todo caso, Podemos ha reaccionado en tromba defendiendo la inocencia de Rodríguez y arremetiendo contra el Supremo, descartando además la dimisión del tinerfeño y apelando a la conmutación de la pena de cárcel por una multa para considerar que la inhabilitación no debe ser completa.

Para los morados, la decisión evidencia que hay una justicia «corrupta» y al «servicio del poder», haciendo referencia al criterio favorable de los fiscales al cerrar la investigación al rey emérito, Juan Carlos I. El portavoz en el Congreso, Pablo Echenique, censuró que se declare «culpable» sin «ninguna prueba» a Rodríguez, diputado que «defiende a la gente trabajadora». «Una 'justicia' al servicio del poder. Una 'justicia' corrupta. Una 'justicia' que da miedo», sentenció también en un mensaje a través de las redes sociales.

«Criminalizar la protesta»

Desde la dirección de Podemos de Canarias se hace hincapié en los dos votos particulares «demoledores en contra» por parte de dos magistrados del TS y que se trata de una sentencia, «ocho años después, que debería alertarnos de la criminalización de la protesta». La coordinadora general de la formación en las Islas, Laura Fuentes, denuncia la, a su juicio, «doble moral de la (in)justicia» en España, señalando que «a cualquier persona la pueden condenar a ir a la cárcel con una única declaración de un policía que encima ha cambiado de versión durante el proceso y con la añadida indefensión a la que puede quedar cualquiera frente a un policía». «Los votos particulares dejan claro que no hay ni una sola prueba, más allá de la inconcreta y pobre testifical, del presunto damnificado», asegura Fuentes.

Pablo Echenique: «La decisión evidencia que hay una justicia corrupta y al servicio del poder»

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Según ella, «hay que dejar muy claro que no hay ninguna mención ni referencia a la inhabilitación en la condena, sino una mera referencia a que se pondrá en conocimiento de la Junta Electoral Central», destacando en este sentido «que la condena será recurrida y solicitada la suspensión de la misma, y que no ha lugar a una inhabilitación sobrevenida porque incluso la injusta pena impuesta es de menor duración que el mandato recibido». «Tenemos un problema con la politización de parte del Tribunal Supremo que se aleja de lo que queremos para nuestra justicia, con la no renovación del CGPJ, con la no renovación del TC, y un largo etcétera», recalca la dirigente isleña.

«No hay ninguna duda de que un juicio justo en Europa conllevará la absolución. Pero esa absolución no reparará la imagen de la justicia de este país, ni tampoco el daño causado a Alberto Rodríguez, ni tampoco la sensación de miedo y tristeza que puede generar entre la sociedad civil esta resolución. Todos los varapalos que nos están dando en Europa no son varapalos contra el Supremo sino contra España», resalta la formación morada.

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