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El tictac del cronómetro obliga a una ley electoral sin novedades

El Parlamento propone un texto que mantiene el sistema electoral pactado en 2019 | El reto es cumplir con el plazo de noviembre

El presidente del Parlamento, Gustavo Matos, en el hemiciclo de la Cámara. Rafa Avero

Canarias está en disposición de contar antes de acabar el año con su primera ley electoral desde que se inició la etapa autonómica de las Islas en los años 80 del siglo pasado. La propuesta legislativa realizada por la Mesa y los servicios jurídicos del Parlamento es un documento base en el que, a partir de la próxima semana, trabajarán los grupos parlamentarios y se limita a incluir la modificación del sistema electoral pactado la legislatura pasada para las elecciones de 2019 con la inclusión de una lista autonómica, la reducción de las barreras electorales y el incremento de escaños hasta 70. El resto es una actualización de la Ley 7/2003 de Elecciones al Parlamento de Canarias donde se regula la composición de la Junta Electoral, los gastos y subvenciones de los partidos, la organización de las candidaturas o los modelos de las papeletas, entre otras cuestiones.

La Mesa de la Cámara regional busca un consenso rápido para que la ley cumpla el plazo establecido por el Estatuto cuando entró en vigor su reforma en noviembre de 2018. El texto estatutario establece un periodo de tres años para que Canarias contara con ley electoral, plazo que se cumple el próximo mes de noviembre. El presidente de la Cámara, Gustavo Matos, se había comprometido a proponer un texto articulado que acaba de trasladarse a los grupos y será analizado en la Junta de Portavoces del próximo lunes para iniciar su tramitación parlamentaria.

A priori los miembros del órgano de gobierno del Parlamento ven factible que la ley pueda estar en tiempo y forma o, al menos, antes de finalizar el año. Tras el intenso debate que se generó en la legislatura pasada, los grupos no están por la labor de entrar de nuevo en nuevas reformas que vayan más allá de lo conseguido en 2019 porque las circunstancias actuales, condicionadas por la crisis del Covid, no lo aconsejan y por el temor a que puedan existir retrocesos en los cambios logrados hasta ahora. Por ello los letrados de la Cámara han incorporado un artículo, el 27bis, en el que se desarrolla el sistema electoral tal cual se pactó para las últimas elecciones autonómicas: 70 escaños, una circunscripción autonómica con nueve escaños y siete insulares a repartir entre las islas para el resto de los 61 escaños, una barreras electorales situadas en el 4% regional y 15% insular y dos papeletas en las urnas para distinguir las dos listas.

Los partidos están en principio por la labor de mantener las cosas como están. Los más proclives a nuevas reformas porque ahora no se dan las condiciones para seguir modificando el sistema electoral cuando solo han pasado dos años desde que se cambió el que estuvo vigente durante varias décadas. Los más reticentes a cambiar el sistema quieren que las cosas se queden así tras el intenso debate de la pasada legislatura porque partidos como CC y ASG rechazan cualquier intención de ampliar la lista autonómica en detrimento de las circunscripciones insulares.

Disposiciones

El resto del texto propuesto por el Parlamento es un compendio vinculado a la ley de 2003 que regula las elecciones autonómicas, proceso competencia de la Comunidad Autónoma, y las distintas disposiciones que han ido surgiendo para la confección y el modelo de papeletas, la composición de las mesas electorales o la actualización de la normativa electoral. En relación con los gastos y subvenciones electorales se mantienen las mismas bases que figuran en la norma de 2003. De hecho, la regulación de la responsabilidad y designación de los administradores electorales sigue siendo de los partidos y coaliciones que concurran a los comicios y responderán ante las juntas electorales tanto autonómica como provinciales.

Partidos como CC y ASG rechazan cualquier intención de ampliar la lista autonómica en detrimento de las circunscripciones insulares.

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En cuanto a los límites de los gastos electorales, ningún partido podrá realizar gastos electorales superiores a la cantidad que resulte de multiplicar por 50 céntimos de euro el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de la circunscripción donde aquellos presenten sus candidaturas. Las formaciones podrán realizar un gasto máximo de 5.442 euros por circunscripción si al aplicar la regla anterior no se llega a esa cantidad.

La Comunidad Autónoma subvencionará los gastos electorales de los partidos y coaliciones a razón de 17.484 euros por cada escaño obtenido y 0,65 euros por voto conseguido por cada candidatura que haya obtenido al menos un escaño. La fiscalización final de los gastos electoral corresponde a la Audiencia de Cuentas y al Tribunal de Cuentas como estipula la ley orgánica sobre Régimen Electoral General.

El texto de la ley electoral se verá el lunes en la Junta de Portavoces con el fin de iniciar el calendario para su tramitación, que se pretende que sea lo más ágil posible. Si los partidos solo plantean matices y ligeros cambios que no supongan cambiar los aspectos medulares de la ley ésta podrá estar en noviembre, tal y como establece el Estatuto. Fuentes de la Mesa de la Cámara aclaran que «lo importante es contar con una ley y sobre ella más adelante y cuando algún grupo lo solicite se podrán realizar modificaciones». Hasta ahora todo estaba supeditado a una disposición transitoria del Estatuto que era la que regía el sistema electoral en cada cita con las urnas incluida la de 2019, aunque ya con los cambios pactados.

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