La denuncia de la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, contra su exempleada de hogar ha quedado en nada. Así lo determina el magistrado-juez Florencio Barrera, titular accidental del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria, para quien no existe rastro de los presuntos delitos de chantaje, coacciones y amenazas de los que la diputada nacional de Podemos acusó a la ciudadana boliviana Simona Chambí, que prestó servicios en su domicilio. La decisión admite recurso de reforma y puede ser apelada.

Los hechos se remontan al pasado verano, cuando una amiga abogada de Rosell informó a la pareja de esta, el periodista Carlos Sosa, de que el partido político Vox tenía en su poder documentos comprometedores contra la política. Dichos papeles aludían a la relación laboral que Rosell mantenía con Simona Chambí. La también juez en excedencia señaló desde un primer momento que nunca firmó nada al respecto, sino que era Sosa quien se encargaba de concretar esos asuntos.

Al día siguiente, este último recibió una papeleta de conciliación laboral en la que se le conminaba a abonar 1.587’16 euros en concepto de finiquito, 210 euros por vacaciones no disfrutadas, y otros 10.000 euros como indemnización por las tareas que Chambí realizó durante los meses de vacaciones (periodo 2015-2019) en los que Rosell y Sosa se ausentaban del domicilio. La empleada de hogar justificó esa cantidad por entender que las labores que se le encomendaban –dar de comer a los animales y regar plantas– “eran denigrantes para ella como mujer inmigrante, las realizó en sus períodos de descanso” y no se trataban “de horas extra”, según reza en el auto de archivo de diligencias fechado el martes.

Victoria Rosell acudió entonces a interponer la denuncia que el magistrado Barrera ha decidido archivar. La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género entendió que era objeto de un chantaje: o pagaba, o aparecería en los medios de comunicación “una noticia falsa sobre su persona”. Sin embargo, las diligencias previas han determinado la inexistencia de “indicio alguno sobre la perpetración de un supuesto delito de amenazas o de coacciones, que es lo que la denunciante viene a significar en su comparecencia policial”, señala el auto.

En opinión de Barrera, “no concurre en el presente caso ningún tipo de violencia o intimidación dirigidas a la denunciante o a su pareja para que abonen la cantidad de dinero que reclama a este último la denunciada, sino, simplemente, una aparentemente legítima reclamación extrajudicial previa a la interposición de la consiguiente y eventual demanda laboral en reclamación a unas cantidades a las que la denunciante cree tener derecho”.

Además, el magistrado-juez subraya que la conclusión a la que llegó Victoria Rosell sobre la existencia de una confabulación en su contra “no es más que una presunción”, lo que resulta insuficiente “para justificar la tramitación de una causa penal por los delitos examinados”. De hecho, no consta que Chambí o su abogado amenazaran con hacer público que la tuvieron trabajando sin contrato un tiempo o que la obligaban a hacer las tareas que ellas consideraba denigrantes.

El juez Florencio Barrera también entiende que si Vox conocía los hechos antes que Rosell, estos ya eran públicos, es decir, “no tiene mucho sentido concluir que la denunciada tuviera la intención de chantajear a la denunciante exigiéndole una importante cantidad de dinero para no divulgar el fondo de este asunto” cuando se trataba de una información que ya era, sin determinar en qué medida, de dominio público.