El jurado de la Audiencia de Las Palmas ha considerado probado que el exdirector de Infecar y de ferias y eventos de Las Palmas de Gran Canaria, R. S., y el responsable de Hérgora Catering, C. O., cometieron un delito de malversación al cargar al Cabildo de Gran Canaria la factura del cáterin que se sirvió en el congreso que celebró el CCN en diciembre de 2011 en el recinto ferial.

El tribunal del jurado dio en la tarde de ayer lectura a su veredicto, aprobado por mayoría de siete. En su decisión ha acordado por unanimidad que se suspenda la ejecución de la pena de prisión que se imponga a los acusados, aunque se ha mostrado contrario a que puedan beneficiarse de un indulto.

La fiscal y la acusación particular, ejercida por el Cabildo de Gran Canaria, mantuvieron su petición de condena de un año y nueve meses de prisión para los dos acusados y de tres años de inhabilitación para trabajar en la administración, si bien no se oponen a que se suspenda la ejecución de la pena. Las defensas de R. S. y de C. O. han pedido que se les imponga la pena mínima y que se tenga en cuenta el atenuante de dilaciones indebidas y de haber respondido a la responsabilidad civil exigida. Ambos representantes de los acusados se han mostrado favorables a la suspensión de la pena, al margen de que recurran la sentencia una vez que se dicte.

El jurado ha considerado por mayoría que C. O. puso como concepto en la factura del cáterin que se trataba de un taller infantil de comida saludable por indicación de R. S., sabiendo los dos procesados que no se correspondía con ningún servicio prestado por la citada empresa con cargo a Infecar. La factura fue pagada por el Cabildo con la subvención de 100.000 euros que destinaba a la Feria de la Infancia y Juventud que se celebró una semana después del congreso del CCN (Centro Canario Nacionalista), ya que el taller formaba parte del programa, un hecho que ha sido aprobado por unanimidad.

El jurado no ha creído la versión de los hechos de los acusados pero sí la de la entonces directora del Palacio de Congresos de Infecar, M. G., quien en el testimonio que prestó en el juicio afirmó que C. O., en una conversación telefónica, le dijo que había cambiado el concepto de la factura por orden de R. S.. Así mismo, ha dado validez al testimonio de M. G. y de otros empleados de Infecar que señalaron que C. O. era el único interlocutor de Hérgora, frente a lo sostenido por el acusado de que se limitaba al control de los alimentos porque era director de calidad y formación. Por unanimidad se ha entendido también como probado que el CCN no pagó el cáterin porque era un partido moroso, ya que así lo declaró el coordinador del grupo mixto del Cabildo y miembro de la formación, Juan Francisco Herrera.