El Gobierno aprobó ayer el calendario de fiestas laborales y abre plazo para establecer los festivos locales. Son jornadas festivas: el 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 1 de abril, Jueves Santo; 2 de abril, Viernes Santo y 1 de mayo, Fiesta del Trabajo. También el 16 de agosto es descanso laboral correspondiente a la festividad de la Asunción de la Virgen al coincidir en domingo el 15 de agosto; 12 de octubre, Fiesta Nacional; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y 25 de diciembre, Natividad del Señor. Fija, además, un día de carácter local y dos municipales, que estos deben ahora establecer. No se incluye el 30 de mayo, Día de Canarias, al coincidir con un domingo.