El Gobierno de Canarias aprobó ayer, tras una deliberación que había comenzado 24 horas atrás, las normas que regirán la entrada del Archipiélago en la nueva normalidad tras finalizar el estado de alarma declarado para frenar la propagación de la epidemia del nuevo coronavirus. La normativa recoge una detallada regulación sobre múltiples aspectos y actividades que incluye la desaparición de los aforos en los locales de restauración, fija en 1.000 personas el máximo de asistentes a espectáculos que se desarrollen al aire libre y en 300 el de los que se celebren en recintos cerrados y confirma que este será un verano atípico por la ausencia de fiestas populares.

Pese a lo prolijo de la normativa, el Gobierno hace descansar buena parte del éxito de las medidas en la "responsabilidad individual y colectiva", sin perjuicio de la obligación de las administraciones de ejercer labores de control. "Es imposible poner un guardia al lado de cada mesa", dijo el presidente del Ejecutivo, Ángel Víctor Torres, en referencia, en concreto, al caso de las terrazas de los bares y restaurantes. "Todos los ciudadanos -advierte el texto- deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad Covid-19, incluyendo el cumplimiento de las condiciones de aislamiento o cuarentena prescritas por un profesional sanitario, así como la propia exposición a dichos riesgos".

Esta regulación será publicada hoy en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y entrará en vigor a las 00:00 horas del domingo. Las medidas serán de aplicación en todo el territorio canario, aunque los cabildos y ayuntamientos podrán adoptar otras adicionales y complementarias en sus respectivos ámbitos.

A partir del domingo, Canarias estará casi como antes del 14 de marzo [fecha en la que se declaró el estado de alarma en España]", afirmó el presidente tras repasar los sucesos de los últimos tres meses, en cuyos primeros momentos hubo "momentos de desesperación" que obligaron a tomar "decisiones difíciles y dolorosas" -como la destitución de la consejera de Sanidad, Teresa Cruz- y a los que siguió una paulatina mejora de la situación que ha cristalizado en el levantamiento de la mayor parte de las restricciones impuestas para luchar contra la pandemia.

Las medidas contempladas en los decretos que publicará hoy el BOC mantendrán su vigencia hasta que el Gobierno de España dé por finalizada la situación de crisis sanitaria y podrán ser modificadas por el Ejecutivo regional si las circunstancias cambian.

Distancia de seguridad. Las normas aprobadas por el Ejecutivo prevén que deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público o, en su defecto, tomar medidas alternativas de protección física (mascarilla).

El aforo debe ser público. Los establecimientos, locales e instalaciones están obligados a exponer al público sus aforos, que deberán incluir también a los trabajadores. Asimismo, tendrán que asegurar que esta capacidad máxima se respeta, al igual que la distancia de seguridad interpersonal entre personas que no conviven. En su defecto, habrá que usar la mascarilla. También ha de garantizarse? la distancia de seguridad interpersonal en los momentos de entrada y salida o utilizarse? la mascarilla cuando no sea posible hacerlo.

Actividades de restauración. En bares, cafeterías y restaurantes desaparecen los aforos. Deberá, en todo caso, respetarse la separación de 1,5 metros entre las mesas. Estos establecimientos evitarán el uso de cartas para los menús, que deberán ser remplazadas por dispositivos electrónicos, pizarras, carteles, códigos QR u otros medios similares. El cliente no podrá ocupar una mesa sin que el personal del establecimiento lo acomode, y siempre después de limpiarla y desinfectarla.

Alojamientos turísticos. Serán los responsables de los hoteles, apartamentos y otros alojamientos quienes deban establecer el aforo de los espacios comunes. No se permitirá el uso compartido de unidades de alojamientos por personas no convivientes. En el caso de instalaciones deportivas dentro de los establecimientos, piscinas, gimnasios, spas y similares, se aplicarán las medidas establecidas específicamente para estas. Las normas proponen también la reducción de materiales textiles, como las alfombras, y de los objetos de decoración y comodidades diseñadas para los clientes. Las mantas y almohadas en los armarios deben encontrarse protegidas. En los bufés se emplatará individualmente, se dispensarán monodosis y se usarán pantallas protectoras.

Turismo activo. También se eliminan las restricciones al número de participantes en las actividades de turismo activo y de naturaleza, pero las empresas tendrán que determinar las medidas con las que garantizar que se mantenga la distancia interpersonal de seguridad.

Comercio. El sector comercial sí conserva, con carácter general, limitaciones de aforo, puesto que no podrán sobrepasar el 75% de su capacidad. Este tope no será de aplicación a los establecimientos comerciales considerados como servicios esenciales durante el estado de alarma, caso de los supermercados y otras tiendas de alimentación o de productos y bienes de primera necesidad y de las farmacias.

Discotecas y ocio nocturno. Las discotecas y otros establecimientos de ocio nocturno podrán abrir al público exclusivamente sus espacios al aire libre para el consumo en mesas. En todo caso, el aforo en terrazas será del 75% y habrá que mantener la distancia interpersonal o, en su defecto, el uso de mascarillas.

Fiestas populares. Este será, en principio, un verano sin fiestas populares, verbenas o romerías. Ya muchos ayuntamientos se habían adelantado suspendiendo sus festejos, en algunos casos para todo el año. De acuerdo a la normativa aprobada ayer por el gabinete de Ángel Víctor Torres, estos eventos populares, así como las atracciones de ferias, podrán reanudar su actividad si la evolución de la situación epidemiológica así lo aconseja y siempre con la autorización de la Administración autonómica.

Playas y zonas de baño. Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso y aforo máximo en las playas y zonas de año para facilitar que se mantenga la distancia de separación. También podrán imponer condiciones y restricciones para el acceso y la permanencia en estos espacios, en función de cómo evolucione la situación sanitaria. Para calcular el aforo permitido se considerará? que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será? la necesaria para respetar la distancia interpersonal de 1,5 metros. A los mismos efectos, la superficie de playa que corresponde a cada usuario será? de unos cuatro metros cuadrados.

Espectáculos. El texto limita a 1.000 personas el máximo de asistencia a espectáculos públicos que se desarrollen al aire libre y a 300 en aquellos que tengan lugar en recintos cerrados. Podrán hacerse excepciones, siempre autorizadas por Salud Pública y si se justifican de forma adecuada. En caso de que el permiso sea concedido será necesario elaborar un protocolo específico de seguridad sanitaria.

Bodas y celebraciones. En el caso de ceremonias religiosas o civiles, o sus celebraciones posteriores que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se fija un máximo de asistentes de 250 personas en espacios al aire libre o 150 en lugares cerrados.

Velatorios y entierros. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite de 50 personas en espacios al aire libre o 20 en recintos cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación del fallecido se limita a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados. Sin embargo, al acto de incineración o cremación podrán acceder, como mucho, cinco personas.

Lugares de culto. La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 75% por ciento del aforo. La capacidad máxima deberá publicarse en un lugar visible. La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por las corporaciones municipales.

Teatros, cines y auditorios. En las actividades culturales que acojan teatros, cines, auditorios y otros recintos, así como en espacios al aire libre, las butacas estarán? preasignadas y distribuidas por núcleos de convivencia. Se asegurará que el público permanece sentado y que se mantiene la distancia interpersonal. Los responsables de estos eventos deben evitar? la formación de grupos numerosos y de aglomeraciones, para lo que habrán de prestar especial atención a las zonas de acceso y sus inmediaciones.

Práctica deportiva. La práctica de actividad física al aire libre puede llevarse a cabo individual o colectivamente, hasta un máximo de 30 personas simultáneamente, siempre que se mantenga la distancia de seguridad. En las instalaciones cerradas y centros deportivos, las actividades pueden realizarse en grupos de hasta 25, asegurando que se mantiene la distancia de seguridad siempre que sea posible y siempre que no se excedan las dos terceras partes de la capacidad permitida. En cuanto a los deportes federados de ámbito insular y regional, su práctica podrá? llevarse a cabo individual o colectivamente, tratando de mantener la distancia de seguridad siempre que sea posible, con un tope de 25 personas.

Eventos deportivos. Los organizadores de eventos deportivos deberán elaborar un protocolo específico. El público no debe superar el 75% del aforo, con el citado tope de 1.000 personas al aire libre y 300 en espacios cerrados. Los espectadores deben permanecer sentado y mantener la distancia interpersonal mínima recomendada.

Asientos libres. En todas las actividades en las que los usuarios permanezcan sentados, se inhabilitarán los asientos que, de ser usados, impedirían cumplir con los criterios de distanciamiento físico entre personas que no convivan en el mismo domicilio.

Atención al ciudadano. La atención a la ciudadanía y a los usuarios en oficinas administrativas públicas y privadas se realizará preferentemente por medios telefónicos y electrónicos. Si resulta posible se tratará de establecer un sistema de cita previa.

Museos y bibliotecas. En los museos y salas de exposiciones se autorizan las visitas siempre y cuando los espacios permitan respetar la distancia de seguridad. En bibliotecas y salas de lectura será necesario respetar en todo momento la distancia interpersonal de 1,5 metros. Para ello, se deberán adaptar los espacios de lectura, actividades y estudio.

Parques infantiles. Los ayuntamientos se encargarán de decidir si se abren los parques infantiles atendiendo a sus condiciones higiénicas y sanitarias.

Campamentos y acampadas. El número de participantes en campamentos infantiles y juveniles se restringirá al 50% de la capacidad máxima habitual, con un tope de 200 participantes, incluyendo los monitores. No se permiten las acampadas, salvo en los espacios habilitados, con un máximo de 20 personas. Se delimitará la zona de acampada respetando la distancia de seguridad.

Limpieza y desinfección. Con carácter general, y sin perjuicio de las normas o protocolos específicos, serán de obligado cumplimiento para todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios y actividades públicos o de uso público las medidas de limpieza y desinfección. También deben realizarse tareas de ventilación periódica en las instalaciones. Se promoverá?la higiene frecuente de manos mediante agua, jabón o papel desechable o productos de base alcohólica por parte de usuarios y trabajadores, asegurando su disponibilidad y correcta reposición.

Pago con tarjeta. Según la normativa, se promoverá el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, así como la limpieza y desinfección de los equipos necesarios para ello.

Centros educativos. La Consejería de Educación aprobará los protocolos de prevención y organización para el desarrollo del próximo curso escolar y para las actividades extraescolares. En el ámbito universitario, cada universidad aprobará los protocolos que establezcan las medidas de prevención adecuadas para el retorno la actividad lectiva presencial.