El Gobierno de Canarias aprobó hoy, tras una deliberación que comenzó 24 horas atrás, las normas que regirán la entrada del Archipiélago en la nueva normalidad. El decreto recoge una detallada regulación pero hace descansar buena parte del éxito de las medidas en la "responsabilidad individual", sin perjuicio de la obligación de las administraciones competentes de ejercer labores de supervisión y control. "Es imposible poner un guardia al lado de cada mesa", dijo el presidente del Ejecutivo, Ángel Víctor Torres, en referencia, en concreto, al caso de las terrazas de los bares.

El decreto será publicado mañana, sábado, en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y entrará en vigor a las 00:00 horas del domingo. Las medidas serán de aplicación en todo el territorio canario, aunque los cabildos y ayuntamientos podrán adoptar otras adicionales y complementarias en sus respectivos ámbitos.

El texto limita a 1.000 personas el máximo de asistencia a espectáculos públicos que se desarrollen al aire libre y a 300 en aquellos que tengan lugar en recintos cerrados. Podrán hacerse excepciones, siempre autorizadas por la Comunidad Autónoma y si se justifican de forma adecuada.

Ni los locales de restauración ni los establecimientos turísticos tendrán aforo limitado, si bien siempre deberá respetarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. Bares y restaurantes no podrán usar cartas para menús y se propone reducir el uso de materiales textiles, como alfombras y manteles. También desaparecen los aforos en las actividades de turismo activo, que deberán establecer las medidas de seguridad necesarias.

En cuanto al comercio, los establecimientos no podrán sobrepasar el 75% de su capacidad y será obligatorio el empleo de mascarillas. Cines y teatros tampoco tendrán aforo, aunque las butacas deberán ser preasignadas y debe mantenerse siempre la distancia de seguridad. En estos recintos, como en los museos, se evitará la formación de colas para impedir las aglomeraciones.

En los lugares de culto la asistencia no superará el 75% del aforo, mientras que en los velatorios habrá un máximo de 50 personas en el exterior y de 20 en el exterior. En el caso de las bodas, sean religiosas o civiles, tampoco se podrá sobrepasar ese 75% y se autoriza un máximo de 250 personas en exteriores y de 150 en interiores.