Las expulsiones de 88 inmigrantes a Mauritania, entre ellos 72 malíes que cruzaron la frontera que separa su país de la república islámica huyendo del hambre y la guerra, no solo han hecho coincidir en la crítica a partidos del Gobierno y de la oposición, sino que también han despertado recelos en el ámbito académico y jurídico. La presencia de súbditos de Mali entre las personas devueltas a Mauritania a bordo de aviones que salieron de Canarias (la Delegación del Gobierno y el Defensor del Pueblo aún no se han puesto de acuerdo sobre el número exacto de vuelos y de inmigrantes repatriados) de algún modo ha agravado el desprecio que despierta el acuerdo de repatriación de España y Mauritania. La crítica compartida es que toda repatriación o devolución de personas a un país determinado tiene que partir de la premisa de que el país en cuestión es seguro, algo que difícilmente podría cumplirse en un Estado en el que, como Mauritania, un 1% de la población aún vive en situación de esclavitud, según denunció Amnistía Internacional en 2018. Si además se tiene en cuenta que la gran mayoría de expulsados son en realidad malíes, la situación de vulnerabilidad en que quedan estas personas una vez pisan suelo mauritano resulta más que evidente.

"La cuestión es la siguiente: ¿es Mauritania un país seguro?, porque solo se puede devolver a una persona si esta va a recibir un trato correcto, y yo dudo muchísimo, es más, cuestiono abiertamente, que Mauritania sea un país seguro, menos aún a efectos del tratamiento a los refugiados", explica Nicolás Navarro, profesor de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (Ulpgc) y experto en Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. La postura del doctor en Derecho es la misma que sostiene la letrada Vanessa Hernández Delgado, vicepresidenta de la comisión de Extranjería del Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife. Hernández Delgado pone énfasis en que efectivamente España toma como referencia el lugar de salida de la patera o cayuco (en este caso Mauritania) como el territorio al que devolver a los inmigrantes irregulares, que es la justificación que dio el delegado del Gobierno en Canarias, Juan Salvador León, a la deportación de los ciudadanos malíes. Sin embargo, insiste la abogada, Mauritania "no es un país seguro" y, de hecho, "vulnera los derechos humanos".

Pero, además, la también doctora en Derecho Carmen Estévez, colega de Nicolás Navarro en la Ulpgc, pone énfasis en que en el caso concreto de esos 72 malíes expulsados de vuelta a Mauritania, las dudas legales van un paso más allá por las singulares circunstancias de estas personas. "Incluso desde el punto de vista jurídico tiene difícil encaje legal", subraya la profesora universitaria, que hace hincapié en que los malíes reúnen todos los requisitos para contar con protección subsidiaria. La protección subsidiaria se les concede a quienes sin reunir todas las condiciones para acogerse al Estatuto de los Refugiados están expuestos a sufrir graves daños en caso de regresar a sus países de origen, y cabe insistir en que Mali es la principal víctima de la guerra del Sahel. El delegado del Gobierno aseguró que "perfectamente" pudieron solicitar el asilo, con lo que si fueron repatriados es que no lo hicieron, dijo, un argumento que en cualquier caso no ha disipado las dudas.

¿Y la solicitud de asilo?

De hecho, a Vanessa Hernández Delgado le llama poderosamente la atención que los malíes no presentaran la solicitud de asilo. La letrada expone que hay un convenio redactado, que no suscrito, entre el Colegio de Abogados y el Ministerio del Interior para prestar asistencia jurídica a los alojados, en este caso, en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Hoya Fría, en Tenerife. Pero falta que ambas partes firmen ese acuerdo. "No acaba de concretarse y no sabemos muy bien por qué; y esto me resulta extraño, ya que el propio decano de forma pública confirmó que estaba para firmar hace cinco meses", ahonda la representante del colegio profesional.

Su compañero Roberto García Fernández, que conoce bien el trabajo de defensa de los inmigrantes, admite que "en unos expedientes de estas características los abogados tenemos muy difícil poder actuar". Recuerda que se trata de documentos que llevan una rápida tramitación, con un límite de tiempo y que, además, se basan en un convenio avalado por la Unión Europea. En cualquier caso, manifiesta que "nos fastidia que no se garantice el acceso al proceso".

El abogado incide también en otro escollo, y es que el letrado que presta la asistencia inicial al inmigrante pierde después el contacto con este y no puede hacer un seguimiento del caso. "Echamos en falta que se cumpla el reglamento de los Centros de Internamiento de Extranjeros, que permite que los internos dispongan de asesoramiento jurídico", enfatiza García Fernández.