La Audiencia Provincial de Las Palmas absolvió a la sargento del Seprona de la Guardia Civil en Lanzarote, G.M.G., de falsedad y calumnias que le imputaban el fiscal -en referencia a la falsedad- y la acusación particular -de ambos tipos penales-, por denunciar internamente que un subordinado alertaba a los cazadores furtivos de pardela cenicienta en el islote de Alegranza.

El fiscal pedía cuatro años de prisión, y la acusación particular, dirigida por el subordinado aludido, seis años. La Sala declara probado que la acusada emitió el informe que señalaba a su subalterno como colaborador con los furtivos, pero entiende que este documento no puede ser constitutivo de delito. "Su contenido puede no ser certero, pero tampoco cabe tildarlo de inveraz", dice el Tribunal, "pues no existe base probatoria indicativa de esa necesaria discrepancia que debe existir entre la realidad y lo descrito o narrado. Se trata sin más del resultado de un quehacer profesional que bien puede resultar discutido, pero que en modo alguno puede servir de base para acreditar la transformación de la verdad, esencia objetiva del delito de falsedad". El fallo se puede recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Canarias.