El Gobierno de Canarias ya ha anunciado una nueva reforma fiscal que se va a llevar a cabo en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2020, o sea, el año que viene.

De entre los aspectos a reformar, a los contribuyentes les tiene locos el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en tanto que solamente mantiene la bonificación casi integra a los descendientes y adoptados menores de 21 años, mientras que a los demás descendientes la bonificación es parcial, así como a cónyuges, demás adoptados, ascendientes y colaterales de segundo y tercer grado y afines.

Es decir, que, si uno dona o se muere antes del treinta y uno de diciembre de este año, lo que hereda sus hijos no pagan y si se muere el día uno de enero dependerá de la edad del hijo. En el caso de la donación uno puede elegir, pero en el caso de la sucesión, si lo normal es que ocurra lo que decía aquella esquela portuguesa, que "morreu contra a sua vontade", no es muy predecible. La cuota del impuesto, en el caso de los hijos, va estar en función del cumpleaños de los sucesores.

He leído en algún sitio alguna justificación que no deja de ser imaginativa que el impuesto sobre sucesiones tiene alguna relación con el tránsito de los principios medievales de la servidumbre a la edad moderna de la emancipación y por supuesto alcanzaría su cenit, me imagino, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Parece que se olvida de que nuestro sistema sucesorio proviene del Derecho Romano, casi todas las instituciones provienen de esa época y el impuesto se estableció en España originariamente como una fuente más de renta.

La justificación del impuesto y del incremento de la fiscalidad no es otra que la necesidad de que las administraciones, en este caso la Autonómica, tenga más dinero para gastar; lo que sucede es que, en mi opinión, esta reforma no deja de ser sorprendente en tanto que rectifica una corrección que se había hecho antes.

Me explico, el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tanto como en su modalidad mortis causa como intervivos, es un impuesto directo que grava la entrada de un flujo patrimonial en el nuestro propio, pero con la peculiaridad que grava un flujo que procede del ahorro, no de una actividad o de la materialización de un incremento latente, grava un ahorro generado por una persona, el causante o el donante y que al entrar en nuestro patrimonio genera un incremento de riqueza.

La cuestión que se me plantea es quién, desde el punto de vista social o económico, genera el ahorro, su titular o su núcleo familiar. Es decir, cuando fallece el padre o la madre, el ahorro generado lo ha producido él o ella, o el núcleo familiar que han tenido un consumo que ha permitido generar el ahorro. La respuesta es sencilla, decir que el ahorro en una familia es individual, aparte de la hucha, modalidad cerdito, es que no está en este mundo. Quien ahorra es porque no ha gastado y la unidad de gasto es la antiguamente denominada unidad familiar.

En este sentido tenía su lógica que cuando heredaba la familia cercana no tributara, porque realmente se compartía jurídicamente un ahorro familiar, pero ahora curiosamente solamente se produce con los descendientes y adoptados de menos de veintiún años. Qué pasa con los mayores y el cónyuge, ¿es que dejan de ser familia? Pues no, lo que sucede es que la recaudación es la recaudación. Pero además de muy poca intensidad, porque la recaudación por este concepto en Canarias es muy bajita, pero se produce en el peor de los momentos, en el momento del fallecimiento del causante, cualquiera que sea su género, y que en ocasiones se refiere a bienes que no tienen mercado.

Pero, por supuesto, grava a la clase media, ya que las clases altas ya han programado las transmisiones patrimoniales para evitar el pago del impuesto, y los que no tienen capacidad de ahorro lamentablemente no pueden dejar bienes en herencia y menos aún donar.

Este cambio en el tratamiento de las sucesiones y en el patrimonio lo que ha sucedido es que las Comunidades Autonomas lo han utilizado como sistema de competencia en la fiscalidad para atraer la localización de residentes y Canarias entró por la via de la justicia tributaria, lo que fue ciertamente acertado, ahora creo que el Gobierno deja de estarlo, en esta medida y en otras que merece la pena comentar.