El Defensor del Pueblo recomienda al Gobierno canario reformar su Ley de Renovación Turística de 2013 en varios artículos, en particular en los que prohíben al propietario de un apartamento de un complejo turístico residir en él y le obligan a ceder su explotación a un mismo gestor.

La Plataforma de Afectados por la Ley Turística de Canarias hizo pública ayer la respuesta que el Defensor del Pueblo dio a su queja contra la Ley de Renovación Turística de 2013, una norma que ha generado en los últimos años mucha controversia, por los límites al derecho a la propiedad que impone a quienes poseen una vivienda en un complejo de apartamentos turísticos.

Dar indemnizaciones

"Si la Administración de Canarias, en su función de regular la utilización del suelo de acuerdo con el interés general, considera necesario prohibir el uso residencial en unidades alojativas, debe entonces indemnizar a los titulares afectados (propietarios, residentes), conforme exige el artículo 33.3 de la Constitución", dispone Francisco Fernández Marugán, en una recomendación firmada el pasado 7 de octubre y dada a conocer esta tarde.

La plataforma de afectados cuya queja atiende ahora el Defensor del Pueblo tiene su sede en Maspalomas, en San Bartolomé de Tirajana, uno de los principales municipios turísticos de España. En ese municipio, hay localidades turísticas como Playa del Inglés, Maspalomas o San Agustín con mucho peso de los apartamentos turísticos en la oferta alojativa y una historia en las últimas décadas que ha hecho que la propiedad de esos inmuebles se haya ido atomizando y que, en muchos de ellos, algunos copropietarios hayan optado por explotar su apartamento por su cuenta, al no ver ventaja alguna en la unidad de explotación, o por vivir en él.