El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central en contra del artículo 47.1 de la ley de presupuestos autonómicos de 2019 que regula el fondo de acción social para los empleados públicos de la Comunidad Autónoma. Se trata de una partida que restituyó el Ejecutivo regional la pasada legislatura y que elevó de tres a 9,2 millones de euros en un año, lo que, según el Estado, vulnera un precepto de la Carta Magna y la prohibición vigente desde el año pasado por decreto de incrementar los gastos de acción social del personal que trabaja para las administraciones públicas.

Pese a esta prohibición, la Dirección General de Función Pública mantiene en el anteproyecto de ley de presupuestos para 2020 la misma previsión de este año según el texto que les trasladó a los representantes sindicales que se sientan en la mesa general. Una buena parte del capítulo de personal de las cuentas autonómicas es similar al de este año y en el artículo 45 se mantiene idéntico con 9,2 millones de euros.

Las ayudas sociales para los funcionarios se suspendieron a raíz de los recortes que se realizaron durante la crisis económica. Después de varios años, el Ejecutivo presidido por Fernando Clavijo las restableció en 2018 con tres millones de euros. Después de negociar con los sindicatos, las cuentas de 2019 incrementó esta parte a cinco millones de euros, a los que hay que añadir 4,2 millones de euros para la póliza de seguro que cubre los riesgos de fallecimiento o invalidez permanente del personal autonómico.

La decisión del Tribunal Constitucional supone la suspensión de la vigencia y aplicación de este artículo al menos cinco meses, según fija la Constitución en el artículo 161.2: "El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses". No obstante, el órgano judicial abre un periodo de 15 días para que la Comunidad Autónoma pueda personarse en el proceso y formular alegaciones.

La suspensión llega cuando el Ejecutivo regional aún no ha distribuido los cinco millones de euros de las ayudas de acción social. De hecho, el año pasado la partida de tres millones que se consignó en el presupuesto de 2018 se repartió a finales del mes de octubre y fue publicada en el boletín oficial en noviembre después de las negociaciones entabladas con los sindicatos y en función de las peticiones de los empleados públicos.

Conciliación familiar

Las ayudas de acción social tienen por finalidad que la Comunidad Autónoma contribuya con sus empleados a los gastos en que éstos incurren para la conciliación de sus deberes personales y familiares con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su trabajo para la administración, configurándose por tanto esta ayuda como una medida de fomento económico de la conciliación. Se trata de ayudas para hijos en edad escolar, mayores en residencias, cuidados de personas discapacitadas a cargo del empleado y otro tipo de ayudas sociales.

La paralización dictaminada por el Tribunal Constitucional deja por lo pronto sin efecto las peticiones que se estaban tramitando hasta el órgano decida si sigue adelante con la paralización y da la razón al Estado o, por el contrario, da luz verde para que la Comunidad Autónoma mantenga el fondo.

Esta decisión llega también en plenas negociaciones del Ejecutivo con los diferentes sectores de cara a la aprobación de los presupuestos autonómicos de 2020. Ayer tocó el turno de presentar a las centrales sindicales las principales previsiones en materia de personal -capítulo I de las cuentas- y en el texto facilitado se mantiene el apartado destinado a la acción social y los premios de jubilación y permanencia. Las partidas son iguales, es decir, 4,2 millones para las pólizas de seguros concertadas y cinco millones de euros para abonar las ayudas de acción social.

Fuentes cercanas al Ejecutivo confirmaron que la Comunidad Autónoma presentará alegaciones ante el Constitucional y el Gobierno confía en que los fondos de este año se puedan repartir pese a la suspensión cautelar. Lo que no está claro aún es si la ley de presupuestos de 2020 mantendrá igual la partida y el texto ya que es un extremo que tendrán que analizar los servicios jurídicos en función de lo que se dictamine por el Tribunal Constitucional, ante el riesgo de que el Estado vuelva a impugnarlo el próximo año. Estas previsiones pueden cambiar si el Estado aprueba sus presupuestos el año que viene una vez que se constituya el Gobierno salido de las urnas el próximo 10 de noviembre o, al contrario, que se mantengan las previsiones sin cambios.

Plan para reducir la temporalidad

El Ejecutivo presentó ayer un texto a los sindicatos en el que, entre otras cuestiones, se recoge que se abordará un plan de estabilización del empleo temporal de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de reducir la tasa de interinidad hasta el 8%. Este objetivo es igual que lo previsto en la ley de presupuestos de este año pero que no se ha cumplido. Además, en el texto vigente se recogía realizar un proceso selectivo extraordinario para los empleados públicos mayores de 50 años, algo que fue criticado por los sindicatos e impugnado por el Estado, por lo que quedó sin validez. Canarias tiene una de las mayores tasas de interinidad en la Administración autonómica, con más de un 30% y en algunos departamentos incluso el 40%.