Queda menos de un mes para las elecciones generales del 10 de noviembre y la ciudadanía se enfrenta a la tercera votación en menos de ocho meses. El futuro del país está en el aire, pero para muchos existe una mayor preocupación: recibir la notificación para ser miembro de una mesa electoral. Todo está en manos del azar. En Canarias, 8.454 personas serán las encargadas de controlar las votaciones y desempeñar las tareas de recuento. Hoy comienza el plazo para que los ayuntamientos realicen los sorteos que determinan quiénes serán los elegidos. Los consistorios tienen hasta el día 23 para realizar la gestión. En Las Palmas de Gran Canaria será hoy y en Santa Cruz de Tenerife, mañana.

A los afortunados se les notificará en un plazo de tres días desde que tenga lugar el sorteo. Junto al aviso, a los miembros de las mesas electorales se les entregará un manual de instrucciones, supervisado por la Junta Electoral Central, que detalla sus funciones.

Cada mesa la integran un presidente y dos vocales. Además de ellos, se seleccionará a dos suplentes por cada cargo. Los elegidos saldrán de entre todas las personas censadas en cada sección que tengan menos de 70 años. El presidente debe tener el título de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado.

Obligado presentarse

El ciudadano puede elegir no votar, pero no puede evadirse tan fácilmente de esta responsabilidad democrática. Es obligado presentarse para los designados presidentes o vocales. No hacerlo conlleva una sanción. Los que hayan sido llamados y no acudan -incluidos los suplentes- "incurrirán en una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses", según indica la Ley Orgánica del Régimen Electoral.

Aunque son más habituales las multas, la normativa también contempla la prisión, especialmente en el caso de que el infractor ya tenga antecedentes penales. No existen cuantías concretas, dependerá de las circunstancias, pero en el pasado las sanciones han llegado a superar los 4.000 euros. Cometer este delito conlleva una macha en el certificado de penales del infractor. Los suplentes quedarán exentos de la obligación si todos los titulares se presentan a las ocho de la mañana en el colegio electoral.

Una dieta de 65 euros

Pero no todo es negativo. Los elegidos percibirán una dieta de 65 euros por su labor. Además, los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios podrán pedir un permiso retribuido de jornada completa durante el día de votación, si es laboral, y tendrán derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día posterior a las elecciones.

Hay una serie de casos excepcionales que pueden librarse de la responsabilidad una vez han sido seleccionados. Existe un plazo de siete días para justificar documentalmente ante la Junta Central la ausencia. Ser mayor de 65 años, la situación de discapacidad, la incapacidad permanente o temporal, un embarazo de más de seis meses, el internamiento en centros penitenciarios u hospitales, la previsión de una intervención quirúrgica, o la pertenencia a comunidades religiosas de clausura, son solo algunas de las causas que la ley acepta como excusas para eludir la responsabilidad en la jornada electoral.

Hoy, además, salen también publicadas las candidaturas definitivas para el 10 N y algunas formaciones como el Partido Demócrata Social de Jubilados Europeos (Pdsje) apuraron hasta ayer a última hora para realizar modificaciones en las listas.

MESAS ELECTORALES

¿Quiénes las conforman?

Cada mesa electoral está constituida por un presidente y dos vocales. Además, cada cargo contará con dos suplentes que tendrán que acudir desde primera hora a la convocatoria por si algún titular no se presenta.

¿Cuál es la sanción por no presentarse? Los cargos son obligatorios, por lo que no presentarse conlleva una sanción. Incurrirían en una pena de prisión de tres meses a un año o multas de seis a veinticuatro meses. Lo habitual, si no existen antecedentes penales, es que la pena sea una sanción económica.

¿En qué casos se puede justificar la ausencia? ¿Cuánto tiempo hay para presentar la justificación? Ser mayor de 65 años, estar embarazada de más de seis meses, estar incapacitado, tener una discapacidad, estar internado en un centro penitenciario o en un hospital, son solo algunas de las causas para poder justificar la ausencia. Hay un plazo de siete días desde la notificación.

¿Qué compensación reciben los integrantes de la mesa? Los elegidos percibirán una dieta de 65 euros por su labor. Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios podrán pedir un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación.

24.708 canarios reniegan de la propaganda electoral

Un total de 810.367 personas, 24.708 en Canarias, han pedido en el Instituto Nacional de Estadística (INE), en ayuntamientos y consulados españoles que no se les envíe propaganda electoral de cara a las elecciones generales del próximo 10 de noviembre. Esas 810.367 personas que han pedido que se les excluya del censo que se reparte a los partidos y que estos utilizan para buzonear propaganda electoral, es el número hasta el pasado 7 de octubre, la fecha tope para pedirlo y que fuera efectivo para el 10 N. Las peticiones que se reciban a partir de esa fecha no se aplicarán en estos comicios pero sí en los siguientes. De la cantidad general, 808.493 corresponde al censo de españoles residentes (CER) y 1.874, al de los españoles que están residiendo fuera de España, los residentes ausentes (CERA). En el caso de Canarias, por provincias, en Las Palmas 25 de las peticiones corresponde a residentes en el exterior y en Santa Cruz de Tenerife son 14. Tras este trámite, el elector no volverá a recibir propaganda electoral mientras no se manifieste en sentido contrario e, igual que para darse de baja, deberá hacerlo también a través del INE.