La Consejería de Obras Públicas, Transporte y Vivienda del Gobierno canario, a través del Instituto Canario de la Vivienda, publicó ayer en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la resolución por la que se requiere la subsanación o ampliación de la documentación necesaria de los solicitantes de la ayuda al alquiler del cupo general (mayores de 35 años). A esta convocatoria bianual de 2018-2019 se han presentado un total de 11.994 peticiones, de las que se requiere la modificación de 7.659 solicitudes que enmienden o completen su expediente en un plazo improrrogable de diez días hábiles.

Para ello, el Gobierno regional destina una partida de más de 13,7 millones de euros. Las ayudas, que serán otorgadas para sufragar el alquiler de los años 2018 y 2019, estarán repartidas en dos anualidades de 6.875.000 euros por ejercicio. Estas líneas de subvenciones forman parte del Convenio Bilateral con el Ministerio de Fomento en el ámbito del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

El consejero de Obras Públicas, Transporte y Vivienda del Gobierno de Canarias, Sebastián Franquis , subrayó el "importante esfuerzo" que se hace para impulsar este proceso para apoyar a los sectores "más vulnerables" de la población con el fin "de facilitarles el pago de los alquileres de sus casas". Con esto se impulsa un proceso para la concesión de ayudas a la población "más desfavorecida de las Islas que se inició hace un año y que ha sufrido algunos retrasos en el último año".

En cuanto al listado publicado está dividido por provincias, de las que 3.691 solicitudes corresponden a Santa Cruz de Tenerife y 3.968 a la de Las Palmas. Así, los solicitantes a los que se requiera para una subsanación, podrán entregar toda la documentación en los diferentes registros del Gobierno de Canarias y en los registros de otras administraciones públicas (cabildos y ayuntamientos) tanto de manera presencial como electrónicamente, y en las oficinas de Correos.

Respecto a las solicitudes que necesiten modificación, podrán ser consultadas a través de la publicación oficial en el BOC y la plataforma web del Instituto Canario de la Vivienda en la dirección.

El plazo de subsanación es de diez días hábiles, tras la publicación oficial en el BOC, por lo que finalizará el día 12 de septiembre, excepto en los municipios en los que haya algún día festivo en medio, como ocurre en el caso de los de la Isla de Gran Canaria, cuyo plazo finalizará el viernes, 13 de septiembre.

La consejería matiza que la inclusión en esta lista de solicitudes a subsanar "no implica" la concesión o denegación de estas ayudas, ya que la resolución provisional de la concesión de estas subvenciones se publicará en el BOC tras completar los requerimientos. En cuanto a los solicitantes que no figuren en este listado de personas requeridas para subsanar documentos deberán esperar a la resolución final que se publicará en el BOC, ya que su expediente se encuentra completo para evaluación.