El magistrado de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Joaquín Astor Landete, ha dictado un auto por el que obliga a la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna, María Celia Blanco, a llamar a declarar a tres testigos que fueron propuestos por la Fiscalía Anticorrupción como ampliación de diligencias y avanzar en la averiguación de los hechos que se han denunciado en el caso Grúas. La juez, mediante una providencia dictada el 13 de mayo, desoía la petición de la representante del Ministerio Público en este procedimiento, quien recurrió dicha decisión al órgano inmediatamente superior y que le da la razón.

La fiscal Anticorrupción María Farnés Martínez-Frigola interesaba que se practicara el interrogatorio de antiguos trabajadores de la empresa de grúas que realizaba el servicio municipal en La Laguna como parte necesaria para esclarecer los hechos denunciados. En este sentido, la fiscal solicitó que fueran llamados a declarar José Padilla González, antiguo titular del concesionario de Autogrúas Poli; José Luis Tacoronte Moreno, actual propietario de dicha concesión municipal, y uno de los antiguos empleados, Francisco Javier Ramos Pages.

La Fiscalía, en su recurso de apelación contra la citada providencia, señala que "la motivación de la resolución judicial es manifiestamente insuficiente e incluso omite pronunciarse sobre una diligencia que pedía la declaración de un testigo propuesta por la acusación". Dicho argumento es avalado íntegramente por los magistrados de la Audiencia Provincial que le dan la razón y obligan a la juez instructora a tomar declaración a los testigos que propone la Fiscalía y las acusaciones populares personadas en nombre de las formaciones políticas Unid@s se puede y XTF-NC.

Contra el recurso de la Fiscalía se opuso la defensa del presidente en funciones del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, quien al igual que el exalcalde de La Laguna José Alberto Díaz, forman parte de la causa en calidad de investigados.

La defensa de Clavijo señaló en su recurso que la pretensión de interrogar a los tres testigos "son diligencias interesadas son irrelevantes, innecesarias e inútiles que parecen tener como finalidad la de mantener viva una causa sobre la base de una injusta imputación".

La fiscal Anticorrupción, por su parte, sostiene en sus alegaciones que "los hechos que se investigan podrían constituir delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias". En este sentido, alega como el principal de sus argumentos que "las declaraciones que hubieran podido realizar en las actuaciones las personas antes citadas se realizaron en sede policial, sin presencia de las partes, por lo que excluiría cualquier validez a lo declarado".

De igual manera, en otro auto de la misma Sección Segunda de la Audiencia Provincial, hecho público también ayer, desestima el recurso de apelación presentado por el exalcalde José Alberto Díaz contra un auto de la juez María Celia Blanco con fecha de 2 de mayo pasado en el que denegaba la petición de acceder al documento interno del teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Demetrio Pintado, que hacía referencia a las posibles instrucciones que habría dado la Fiscalía General del Estado para demorar la instrucción del caso Grúas hasta la entrada en vigor del nuevo Estatuto de Autonomía que elimina el aforamiento de los diputados y miembros del Gobierno regional, así como sus conclusiones sobre el procedimiento del que interesaba una propuesta de sobreseimiento y archivo provisional.

Astor Landete recuerda que José Alberto Díaz era alcalde en la fecha de instrucción de la causa y, por tanto, "no disfrutaba de aforamiento", por lo que "no le afecta la determinación de la competencia para la instrucción y enjuiciamiento". Además, desestima el recurso porque "de tal hipotético documento no existen indicios de su existencia" y porque "carece de toda relevancia para acreditar los hechos de defensa".