El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) denegó ayer la preparación del recurso de casación del presidente del Gobierno canario, Fernando Clavijo, contra el auto que acordó remitir el caso Grúas al Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna. El nuevo escrito desestima, de nuevo, que el Alto Tribunal canario sea el competente en este procedimiento al perder Clavijo su condición de aforado con la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía de Canarias, el pasado 6 de noviembre, que suprime los aforamientos.

La Sala de lo Penal del TSJC resuelve que no cabe el recurso de casación, si bien indica que contra esta resolución se puede interponer un recurso de queja ante el Tribunal Supremo. Este auto vuelve a contar con el voto contrario del presidente del TSJC, Antonio Doreste, que considera que éste es el tribunal competente para llevar el caso Grúas, frente al criterio de sus dos compañeras de la Sala de lo Penal, Margarita Varona y Carla Bellini.

Doreste indica que los autos que resuelven cuestiones de competencia son recurribles en casación. Asimimo, expone que la Sala de lo Penal demoró la resolución de este caso, a la espera del informe del Ministerio Fiscal, lo que no era preceptivo, y que a la vista de la inminencia de la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía de Canarias que suprimía el aforamiento, "la Sala debió responder a la solicitud del aforado -el presidente del Gobierno- para no afectar a su derecho a la tutela judicial efectiva, máxime ante su solicitud expresa de resolución y la interposición de un recurso de reforma contra la providencia que le otorgó al Ministerio Fiscal un tercer plazo, especialmente innecesario, por lo que debió estimarse el recurso".

"El efecto de la falta de respuesta es aquí especial pues eventualmente podría afectar o, al menos, poner en riesgo el derecho del aforado a la tutela judicial efectiva", insiste Doreste. "No se trata de un traslado de competencia de un órgano judicial a otro sino que la supresión del aforamiento conlleva la evaporación del derecho de respuesta judicial por parte del TSJ sin sustitución de otro órgano judicial que resuelva en estos momentos y -dato de suma relevancia- cuando esta Sala habría tenido que resolver a tiempo".

Para el presidente del TSJC "con ello el aforado se ve privado de un derecho por el retraso de la Sala en resolver, persistente ésta en esperar la resolución del informe del Ministerio Fiscal cuando no tenía que esperar".

A su juicio, el hecho de que no se asuma la competencia puede afectar a los derechos constitucionales al juez predeterminado por la ley, como avala un informe del Consejo de Estado, y a la tutela judicial efectiva. El documento del Consejo de Estado del pasado 15 de noviembre analiza la eliminación de los aforamientos para parlamentarios y cargos políticos a solicitud del Gobierno de Pedro Sánchez. Concluye que el proceso se siga manteniendo en el TSJC, pues entiende que las causas ya abiertas deben continuar con la misma tramitación en caso de pérdida de esa condición.

Clavijo siempre ha defendido la legalidad de todas sus actuaciones en el caso Grúas ante la ciudadanía, una causa relativa a un préstamo de 120.000 euros concedido a una empresa del servicio de retirada de vehículos cuando era alcalde de La Laguna en 2014. Este préstamo se realizó para que no se suspendiera el servicio de recogida de vehículos y para garantizar la nómina de los trabajadores y fue devuelto dos meses después con intereses. Los grupos del Ayuntamiento apoyaron la operación por unanimidad. Para Clavijo es una denuncia "política" de dos partidos de la oposición Unid@s se puede y Por Tenerife-Nueva Canarias, para dañar su imagen. El presidente se presenta de nuevo como candidato de CC a la Presidencia del Gobierno en las elecciones de mayo.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) respondió ayer a la defensa de Fernando Clavijo que no puede entregarle el informe de la Fiscalía que abogaba por archivar el caso Grúas porque es un documento que no consta en la causa tramitada ante su Sala de lo Penal. "No ha lugar a la expedición de los mismos, puesto que, de existir, se trataría de documentos internos de la Fiscalía, ajenos a esta Sala y no constando en las actuaciones", argumenta la providencia de este tribunal. Los abogados del presidente reclamaron el pasado lunes al TSJC que remitiera al Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna la documentación de todas las actuaciones seguidas por el Alto Tribunal canario sobre el caso Grúas. Entre los escritos, la defensa de Clavijo solicitó el informe elaborado por el teniente fiscal de la Fiscalía Superior de Canarias, Demetrio Pintado - al que tuvo acceso este periódico- que se remitió en octubre de 2018 a la Fiscalía General del Estado, en el que no se aprecian indicios de presuntos delitos de malversación de fondos públicos y prevaricación en el procedimiento por lo que se propone el archivo de la causa. Este informe nunca vio la luz procesal porque la Fiscalía General del Estado esperó a la aprobación del Estatuto de Autonomía de Canarias, el pasado 6 de noviembre, que suprimía los aforamientos a los miembros del Gobierno, y dos días después el ministerio público emitió otro escrito que determinaba que el TSJC no era competente en la causa al perder Clavijo la condición de aforado. La propia Fiscalía General aclaró, vía comunicado, que había recomendado a la Fiscalía del TSJC abstenerse de valorar los hechos relatados en el caso Grúas porque en breves fechas Clavijo iba a perder la condición de aforado con el nuevo Estatuto y el caso volvería a ser competencia del juzgado ordinario de La Laguna que lo inició. El fiscal superior de Canarias, Vicente Garrido, no negó la existencia de este informe, pero precisó que en muchos casos el ministerio público maneja borradores con diferentes opciones, antes de tomar una decisión en un sentido u otro.