Pedro Cabeza: “La solicitud es lícita”

Pedro Cabeza, administrador concursal del Tenerife CB SAD indicó a BASKETMANÍAestar informado de la actuación unilateral del consejo de administración, que es lícita al entender el despacho de abogados del club que hay razones para presentar la reclamación”, dijo Cabeza. «El presidente me hizo partícipe y creo que el club está en su obligación de solicitar lo que considere mejor para los intereses del mismo», añadió

“Pero si se decide llevar este asunto por la vía judicial entonces necesitarían la autorización mía, previo estudio en profundidad de la petición”, concretó Pedro Cabeza.

Según ha podido saber BASKETMANÍA, esta reclamación no saldrá adelante porque el equipo de juristas y los técnicos del Cabildo que han llevado todo el proceso del Convenio de Convergencia están lo suficientemente documentados para entender la situación actual de un proceso que en su día manifestó a los medios de comunicación la consejera María del Cristo Pérez y que pasamos a reproducir:

Rueda de prensa

Después de 14 meses de negociaciones se siguen manteniendo la mayoría de los incumplimientos

María del Cristo Pérez, consejera de Deportes del Cabildo de Tenerife, acudió en la mañana de hoy a la sala de prensa del Santiago Martín, con el fin de dar lectura al comunicado oficial de la Corporación en relación al Convenio de Convergencia. El texto íntegro dice así:

1.- El Cabildo ha aprobado el inicio de un nuevo procedimiento de resolución del expediente del convenio de convergencia del baloncesto de élite de la Isla tras declarar la caducidad del anterior procedimiento. De esta forma, se establece un trámite de audiencia de 15 días para que el Tenerife Club Baloncesto SAD, CB Canarias, CB Tacoronte y Cajasiete presenten las alegaciones y documentos que estimen oportunos.

2.- Después de 14 meses de negociaciones encaminadas a conseguir la modificación del convenio que posibilitara la convergencia, no sólo se siguen manteniendo la mayoría de los incumplimientos, sino que se han visto agravados con los acontecimientos sucedidos en los últimos meses en el seno del Tenerife Baloncesto.

3.- Las acciones y conducta de los dirigentes del Tenerife Baloncesto han sido obstruccionistas y dilatorias, esto es, contrarias al proceso de convergencia, por lo que resulta inviable conseguir los objetivos previstos por el mismo, que no eran otros que aprovechar la figura de la Sociedad Anónima Deportiva y el canon depositado en la ACB.

4.- La imposibilidad definitiva del cumplimiento del objetivo del convenio de convergencia viene determinada por la celebración de la Junta General de Accionistas del Tenerife Baloncesto, convocada judicialmente para el 10 de junio de 2013, lo que impide materialmente el cumplimiento del plazo otorgado por el Consejo Superior de Deportes al CB Canarias (28 de julio de 2013) para justificar su participación en la liga ACB durante la temporada 13-14 con el CIF del Tenerife Baloncesto.

5.- Como consecuencia de lo anterior, el Cabildo ha iniciado el procedimiento de resolución del convenio y, entre otras medidas, a la vista de la instrucción del procedimiento y de las alegaciones de las partes, emprenderá las acciones legales oportunas para el reintegro de la subvención aportada al Tenerife Baloncesto y, si procediera, a la sanción pertinente en virtud de la legislación vigente.