La Junta de Tratamiento de la prisión Las Palmas II tasó en un 5% el riesgo de fuga de Juan Francisco Mejías, el preso que cumplía condena en el centro por haber matado a su mujer y que está desaparecido desde el 27 de diciembre, cuando no regresó de un permiso de tres días.

En un comunicado, el presidente de la Audiencia de Las Palmas, Emilio Moya, recalca que así consta en el auto por el que este tribunal autorizó el permiso de Mejías, en contra del criterio del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que se lo había denegado. Moya explica que la Audiencia no tuvo en cuenta "informaciones oficiosas que no obran en el expediente", sino criterios objetivos.

Entre ellos, cita el informe de la Junta de Tratamiento (un cuerpo técnico de asesoramiento de la prisión formado por el director, dos subdirectores, un jefe de servicio, un jurista, un educador, un psicólogo y un asistente social), el hecho de que el penado había cumplido las tres cuartas partes de su condena de 22 años de cárcel y, "sobre todo", que el interno había disfrutado "de cuatro permisos anteriores sin incidencia alguna".

Por ello, añade, la sección sexta de la Audiencia no apreció ningún hecho nuevo que justificara la denegación del nuevo permiso.

El Juzgado sobre Violencia de la Mujer número 1 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria) ha decretado una orden de alejamiento de la actual pareja del condenado, después de que esta lo solicitase.

Mejías González, que cumplía una condena de 22 años de cárcel por el asesinato de su esposa en 2004 en Telde, también tiene órdenes de alejamiento de otras dos mujeres y todas ellas cuentan con medidas de protección especial.

En los archivos judiciales constan autorizados a Mejías cuatro permisos sin incidencias: un primero resuelto de forma positiva por el juez de Vigilancia Penitenciaria, que no fue recurrido por el Ministerio Fiscal; un segundo de seis días autorizado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Las Palmas; el tercero autorizado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 3 y ratificado por la Audiencia -desestimando el recurso de la Fiscalía- y el cuarto concedido de nuevo por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 3 por auto de 5 de junio de 2018, tampoco recurrido.

"En estas circunstancias", razonó la Audiencia de Las Palmas en su auto, "no existe obstáculo alguno para que le sea autorizado un nuevo permiso ordinario de tres días".

No obstante, el tribunal estableció como medida cautelar durante el disfrute del permiso que el penado debía personarse diariamente ante la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.